Unificando mis comentrios de la foto 6146,reitero los mismos:
La Ordenanza del 22-9-1932 dice:
Artículo 1°- Créase en esta Ciudad una Escuela Normal Municipal, para cuyo funcionamiento se solicitará de las autoridades respectivas la cesión gratuita de una o dos aulas en el local de la Escuela Número 1. Artículo 2°-Dicha Escuela funcionará ajustándose a los programas de las Escuelas Normales Nacionales.
Artículo 3°-Una vez completada la inscripción corrspondiente al año en curso,que se limitará a dos divisiones de primer año con un maximun de 40 alumnos,cada una, por intermedio del D. E.se solicitará del Ministro de Instrucción Pública de la Nación,la incorporación de esta Escuela a la Normal Nacional mas próxima a esta ciudad.
Artículo 4°-El ingreso a la misma será llenando los requisitos exigidos para las Escuelas Normales Nacionales y por Concurso.
Artículo 5°-El nombramiento del personal docente será hecho por el D. E.,tratando en todos los casos de que estos recaigan en personal diplomado en instituciones similares o universidades nacionales.
Artículo 6°-La Municipalidad de General Pueyrredón contribuirá al sostenimiento de dicha Escuela con una subvención mensual de 400 $ m/n cubriéndose los demás gastos con una cuota mensual que abonarán los alumnos y que no podrá exceder de 10 $ m/n, hasta tanto las finanzas Municipalles permitan tomar a su cargo el pago íntegro de los gastos. Mientras en el Presupuesto General de Gastos de la Administracción, no se incluya una partida especialmente destinada al sosteniminto de esta Institución, la subvención de $ 400m/n mensuales que se establece en este artículo, se imputará a la partida Ordenanzas Especiales (inciso 23)del presupuesto vigente.
Artículo 7°-El D.E. reglamentará en su oportunidad esta Ordenanza estableciendo los plazos para inscripción etc., a fin de que dicho establecimiento pueda empezar a funcionar en un plazo breve que permita al alumnado aprovechar el año en curso.
Al año siguiente de la creación de la Escuela Normal Municipal, por Ordenanza del 22-9-32, se crea el Decreto Reglamentario,con fecha 7-2-933,el cual dice:
Artículo 1°-Créase en esta Ciudad una Escuela Normal Municipal de acuerdo con lo establecido en la misma.
Artículo 2°-Para su funcionamiento diríjase nota al Consejo Escolar solicitando la cesión de dos aulas en la Escuela 1.
Artículo 3°-A los efectos de su organización interna, desígnase Rector de la misma al Maestro Normal Nacional e Inspector de Escuelas, jubilado de la Provincia, don Dardo Moya.
Artículo 4°-Para la provisión de cátedras, llámase a concurso por el término de cinco días y por publicaciones de diarios locales,debiendo los candidatos, de acuerdo con los reglamentos vigentes en las Escuelas Normales Nacionales, reunir los siguientes requisitos:
a) Ser domiciliado en esta ciudad.
b)Poseer título de Maestro o Profesor Normal Nacional u otro universitario que lo habilite para el desempeño del cargo.
c)Los aspirantes a Maestros acompañarán a su solicitud, si la tuvieran, la calificación obtenida por la Inspección en su actuación docente.
Artículo 5°-El rector designado, recibirá las solicitudes de aspirantes a cátedras, que deberán ser hechas por escrito, elevándolas dentro de los 3 días de vencido el plazo del concurso, al Sr.Intendente Municipal con el informe correspondiente a fin de que este proceda a su designación.
Artículo 6°-Hasta tanto la Escuela,ya sea por contribución municipal mayor que la asignada por la referida Ordenanza,por sus medios propios, por la cooperación de la Sociedad Cooperadora que al efecto se creeará oportunamente, o por donación, pueda arbitrar un mayor ingreso de fondos que el calculado en la Ordenanza de referencia que le permita retribuir al profesorado sus servicios con sueldos equivalentes a los de las Escuelas Normales Nacionales,el profesorado que se designe deberá prestar sus servicios en las dos divisiones a crearse (siempre que la inscripción así lo permita)percibiendo sus emolumentos de acuerdo con la escala establecida, considerándose en consecuencia al trabajo como si se tratará de una sola división.
Artículo 7°-Verificada la designación del Profesorado se procederá de inmediato a la apertura de la inscripción de alumnos los que deberán presentar sus solicitudes y comprobantes, de acuerdo con lo establecido en los Reglamentos vigentes de las Escuelas Normales,procediéndose de inmediato y dentro del término que el cuerpo de profesores en unión con el rector fije, al concurso que establece el Artículo 4° de la Ordenanza.
Artículo 8°-Hecha la designación del Profesorado diríjase a S. E. el Sr.Ministro de Instrucción Pública de la Nación la solicitud de incorporación correspondiente.
Artículo 9° -A los efectos de la Administración desígnase una Comisión que actuará unicamente en el carácter de tal,compuesto por el Señor Rector designado,un miembro del H.Concejo Deliberante que será designado por el mismo,un miembro del Consejo Escolar del Distrito, designado también dentro del mismo, y dos vecinos de la localidad que oportunamente serán nombrados por ésta Intendencia.Dicha Comisión tendrá a su cargo la parte administrtiva de la Escuela y funcionará con quórum legal con la presencia de tres de sus miembros, debiendo sus resoluciones para tener validez ser tomadas por mayoría de votos.
El Decreto del 31 de marzo de 1934,dice:
Artículo 1°-Declárase en comisión al profesorado de la Escuela Normal Municipal,dándosele la gracias por su actuación.
Artículo 2°-Confírmase en la designación de Rector al Maestro Nacional e Inspector de Escuelas Jubilado, don Dardo Moya.
Artículo 3°-Llámase a concurso para la provisión de cátedras de acuerdo a la reglamentación de febrero 7 de 1933 y el artículo 183 del Reglamnento para las Escuelas Normales, abriéndose al mismo tiempo, la inscripción de alumnos.
Artpiculo 4°-Amplíanse las facultades ortorgadas a la Comisión Administradora en el sentido de que a requerimiento del Rector,coopere con el mismo para el mejor funcionameinto de dicha Escuela.
Programas de Estudios Ordenanza del 30-4-934-
Artpiculo 1°-Modifícase el Artículo 2° de la Ordenanza de fecha 22-9-1932.que creó la Escuela Normal Municipal en la siguiente forma: “La escuela funcionará ajustándose a los programas confeccionados por la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires para el exámen de aspirantes libres y regulares al título de maestro”.
Ordenanza del 4 -6-34 Becas Escuela Normal.
Artículo 1°- Autorízase al D.E. para que acuerde becas para cursar estudios en la Escuela Normal Municipal hasta la cantidad de seis por año y por un valor de no mas de 10 pesos m/n cada una mensualmente y durante el año escolar, previo informe de la comisión Administradora de este establecimiento de enseñanza.
Concesión de becas Decreto del 10-7-934:
Artículo 1°-Hágase saber a la Comisión Administradora de la Escuela Normal Municipal,que la concesión de la becas acordadas por la Ordenanza del 4 de junio del año en curso,se hará por el D. E. previo informe de la citada Comisión respecto a los alumnos que justifiquen necesitar este beneficio y en orden de méritos.
Decreto del 20-2-35-Amplíase la Comisión Administradora:
Artículo 1°-Amplíase con un vecino de la localidad, la Comisión Administradora de la Escuela Normal Municipal,a que se refiere el Articulo 9° del Decreto de fecha 7-2-933, designando a tal efecto al Sr. Mauricio J. Rizzo.
Adquisición del inmueble para la Escuela -Decreto del 20-2-1935:
Artículo 1°-Apruébase el contrato de compra-venta de fecha 6 del corriente mes,por el cual la comuna obtiene en compra del Club Mar del Plata, la propiedad ubicada en las calles 25 de Mayo y Catamarca, edificada en,los solares 9 y 10 de la manzana número 6 del plano General de esta Ciudad.
Artículo 2°-Para el pago de la propiedad mencionada,destínanse los 50 títulos denominados ”Certificados de la Deuda Municipal” número 701 a 750 inclusive, que forman el excedente de títulos habidos dentro de la emisión autorizada.
Artículo 3°-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza de fecha 29-7-934-Artículo 12°-se destina el inmueble a Institutos de Cultura Popular sin que ellos sea una obligación a contraer ante el vendedor en la escritura de compra-venta.
Artículo 4°-Impútese los gastos originados por la escritura de Ordenanzas Epeciales, inciso 30 ítem 1° del Presupuesto en vigencia hasta la suma de un mil pesos m/n.
Resolución Consejo General de Educación del 21 de marzo de 1934:
Establece que una vez expedido los primeros títulos de la Escuela Normal Municipal y con los necesarios informes,resolverá sobre el rec
onocimiento y validez de los mismos.
Expediente 11.034-E-37-Reconocimientos de los Títulos-Resolución del Consejo General de Educación del 22 de marzo de 1938.
1°-Equiparar el título de maestro normal elemental los títulos de maestro que expida la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata a sus egresados,los que quedarán habilitados para desempeñar las funciones docentes que establece la Ley de Escalafón del Magisterio,siempre que, como hasta ahora,la fiscalización técnica de ese Establecimiento como los exámenes finales y pruebas comprobatorias,se encuentren en manos de la Dirección General de Escuelas,la que elevará mensualmente su informe al Consejo General de Educación para aprobación de cada uno de los títulos.
2°-El Consejo General de Educación dispondrá de las modificaciones de los programas y planes de estudio de la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata de acuerdo con las nuevas corrientes pedagógicas y con los fundamentos de la Reforma Escolar Bonaerense,cuando ésta se establezca en forma definitiva.
3°-Invitar a las autoridades de la Escuela Normmal Municipal de Mar del Plata a ampliar en un año mas,los estudios de los actuales egresados a fin de que en ese curso se puedan desarrollar los siguientes puntos:
a) El problema de la Educación,sus elementos,concepto de la Educación, como proceso humano;Antinomias de la Educación.
b)El sujeto,los fines y los medios de la Educación.Pedagogía y filosofía: concepto y relación entre ambas.
c)Educación integral: moral religiosa,intelectual,física y estética. La Cultura y sus valores.
d)La escuela primaria bonaerense.Legislación escolar de la Provincia.La reforma educacional.
e)Función de la escuela primaria. El pre-aprendizaje general: concepto y fines.El trabajo manual educativo.
4°-El quinto año que se invita a crear por el artículo anterior, funcionaría independientemente del curso normal y el título que se extendería sería el de Maestro Normal Especializado, cuyo valor es de 6 puntos de la Ley del Escalafón.Los docentes en actividad aunque no fuesen egresados de la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata, podrán seguir dicho curso acumulando hasta 6 puntos de título profesional para la escala de valores que computa la Ley del Escalafón.
5°-La Dirección General de Escuelas por intermedio de sus elementos técnicos,fiscalizará, permanentemente, el funcionmiento de la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata procurando la unidad y orientación didáctica.
El Patrimonio Municipal de 1940,estaba dividido en:
Bienes Inmuebles Públicos
Bienes Inmuebles Privados
En estos últimos encontramos La Escuela Normal Municipal,de la cual dice:
“Edificio antiguo en la calle Catamarca esquina 25 de Mayo,construído en los solares 9 y 10 de la Manzana 6,que mide metros 34,64 frente a Catamarca por metros 43,30 frente a 25 de Mayo, lo que hace una superficie total de metros cuadrados 1.500.
Fué adquirido con fecha 8 de junio de 1935 al Club Mar del Plata.
Con respecto a la construcción de la Biblioteca,fue promovida por el entonces comisionado Mario Roberto Russak,tiene entrada por Catamarca y una rampa usada para discapacitados por 25 de Mayo, consta de 3 plantas y también tiene un café.En el subsuelo están las salas A y B , usadas como,teatro, conferencias etc.,también hay depósitos,y la parte técnica.En planta baja hay distintas oficinas de la administración, sala de novelas,de infantiles, oficinas de prensa de cultura,y el denominado P. T.(procesos técnicos)etc En el primer piso hay salas de lectura y textos. Desde su inaguración,a la actualidad le fueron agregando o quitando algunas secciónes o oficinas.
Con respecto a la Biblioteca,transcribiré los comentarios de las fotos 6298/99 para unificar todo el contenido.
Creación de la Biblioteca Municipal Pública-Ordenanza del 2-7-1934.-
Artículo 1°-
Créase una Biblioteca Municipal Pública que deberá instalarse en el Palacio Municipal con acceso libre y gratuito.
Artículo 2°.-
Créase una Comisión Honoraria de siete miembros,integrada por el Intendente Municipal,en representación de la Municipalidad y por seis representantes de los dos Centros Culturales de Mar del Plata,“Ateneo” y “Del Magisterio”,en igual proporción de tres miembros por cada Centro.
Al disolverse uno de los Centros, el restante, tendrá la representación íntegra de los seis miembros.(Modificado por Ordenanza del 10-8-936).-
Artículo 3°-
La comisión será responsable de la Biblioteca y tendrá a su cargo:
a) Organizar,dirigir,reglamentar y administrar la Biblioteca.
b) Recibir subsidios en dinero.
c) Aceptar donaciones y contribuciones de adherentes protectores o simpatizantes.
d) Crear el anexo Museo Histórico de Mar del Plata,reuniendo el material histórico del origen y de hechos notables de nuestra ciudad.
e) Crear una Sección Infantil,reuniendo libros que en forma sencilla divulguen conocimientos sobre educación,historia,moral,higiene, deportes,y tiendan a desarrollar el carácter y fortificar la voluntad.
f) Crear una Sección Especial reuniendo libros atrayentes y útiles para ser proporcionados a los niños internados en el Hospital,en Asilos, en Colonias y reglamentando la faz sanitaria del servicio.
g) Organizar conferencias,exhibiciones cinematográficas y actos de carácter cultural.
h) Nombrar sub-comisiones para aumentar el patrimonio de la Biblioteca,lograr asiduidad y mantener latente su actividad.
i)Presentar anualmente al Concejo Deliberante,una memoria de los trabajos efectuados.
Artículo 4°-
Facúltase al D.E. para invertir hasta la suma de un mil pesos moneda nacional($ 1.000 m/n) en la instalación de la Biblioteca Municipál Pública.
Artículo 5°-
destínase en concepto de subvención a la Biblioteca Municipal Pública,la cantidad de doscientos cincuenta pesos moneda nacional ($ 250 m/n)mensual desde la fecha de apertura al público,para gastos y adquisición de material bibliográfico.
En 1912 es fundada la Sociedad Pro Educación Bartolomé Mitre,siendo presidenta de la misma,la Señora Isabel Alió de Francheri.
Esta entidad solicitó material bibliográfico a la antigua biblioteca, para habilitar una de carácter público.Esta sociedad dos años después, el 24 de mayo de 1914, funda la Biblioteca Popular Rivadavia, que llegó a tener 90 socios protectores y 1177 volúmenes.
La Sociedad Pro Educación Bartolomé Mitre,se disuelve en 1915, y devuelve los libros a la Municipalidad,el Intendente Florencio Martinez de Hoz,hace entrega de los volúmenes al Comisionado Escolar del Partido de General Pueyrredón,Escribano Julio Cérsar Gascón,dicho material fue conservado en el recinto del Concejo Deliberante.
En 1929 El Comisionado Emilio N. Grau, dispone por Decreto del 5 de diciembre la creación de un Instituto de Cultura Popular.
En 1930, el 30 de enero se realiza en el Consejo Escolar, una reunión de vecinos,convocada por el Comisionado Municipal,para fundar una institución cultural, el resultado es la creación del “Ateneo Mar del Plata”,siendo sus primeras autoriadades:
Presidente: Emilio N. Grau
Vice: Julio C. Gascón
Secretarios: Francisco P.Eyto y Juan Néstor Guerra
Tesorero: Felix L.Aragone
Vocales: Dr.Antonio Mir;Enrique Orlandini;Horacio J. Abásolo y Rodolfo C. Moisano.
También en 1930 el 25 de mayo el Ateneo Mdp inagura su Biblioteca Pública,siendo su director Enrique Orlandini, quien catalogó el material bibliográfica propio y el anexado de la ex Biblioteca Popular.Poco tiempo después la biblioteca fué trasladada del Ateneo al edificio del Club Pueyrredón en San Luis y San Martín.
El 26 de mayo de 1934 el Intendente Camusso elevó un mensaje al Concejo Deliberante,el cual entre otros pedidos solicitó la necesidad de la creación de una biblioteca pública. La Comisión Honoraria,estaba integrada por:
José Camusso,como Presidente
Enrique Orlandini,Vice
César I. Barroso,Secretrio
Diotinio Aller,Tesorero
Alejandro Barontini,Justo F.Copes y Juan Carlos Pugliese,Vocales,
y por renuncia de este último,fue nombrado el Señor Ismael Salvador.
En septiembe de 1934 el Ateneo MdP pone a disposición de la Comisión,los muebles y libros de su propia biblioteca de 1124 volúmenes y 209 folletos;en este mismo año se reciben obras donadas por la Sociedad Sarmiento, Protectora de Animales y otras adquiridas por la Municipalidad de Generalral Pueyrredón.
El 31 de diciembre de 1934,se sanciona el reglamento Interno de la Biblioteca,y se reconocen como socios activos a los miembros del Ateneo MdP y los del Centro Cultural del Magisterio de MdP.
El 2 de enero de 1935, se procede a librar al público la Biblioteca, a cargo del Prof. Orlandini, ubicada en el local anexo a la Municipalidad (ex Comisaría).
Primeros Adherentes:
José María Fernandez
Absalón G. Barros
Juan Gorostegui
Juan Trotta
Alberto A.Tonetti
Alberto A. Tetamenti
Serafín Rodriguez
Floral A. Pascarelli
Raúl Perticari
José Olavarrieta
Raúl A. Martinez
Juan A. Massa, etc.
Primeros socios lectores:
Roberto O. del Valle
Rafael de Diego
Raúl Balado
Alberto Lagrange
Alberto Mutoni
Félix Fares Taie
Raúl Benavente
Floreal Fernandez
Juan Cavo, etc.
El 24 de septiembre de 1935 se recibió un gran aporte de libros entregados por la Asociación de Maestros de la Provincia de Buenos Aires,al año siguiente se confeccionó un triple fichero: por autores, por títulos y por temas.
Reglamento Interno dictado por la Comisión al crearse la Biblioteca Municipal en 1934:
Los que concurren a la Biblioteca y los que soliciten libros, estarán sujetos a las disposiciones siguientes:
Artículo 1°-La entrada a la sala,será libre en las horas reglamentarias.
Artículo 2°-Los asistentes que soliciten libros,deberán llenar un boleto que pedirán al bibliotecario,y una vez llenado,esperarán que se les llame para recibir el libro.-
Artículo 3°-No se podrán pedir mas de 3 volúmeness a la vez.-
Artículo 4°-Está prohibido hacer anotaciones en los libros,doblar sus hojas o causar otros deterioros.-
Artículo 5°-La persona que estropee un libro,estará obligada a reemplazarlo o pagar su importe.-
Artículo 6°-Si se tratara de una obra de mas de un volúmen, deberá reemplazar el volúmen deteriorado,o en su defecto toda la obra,o pagar el importe total de ésta.
Artículo 7°-Está prohibido conversar en la sala de lectura,en voz alta, o hacer cualquier otro acto que moleste a los lectores.-
Artículo 8°-El que solicite un libro y note que esté deteriorado, o que le falten hojas, debe poner el hecho en conocimiento de bibliotecario, para eximirse de responsabilidad.-
Artículo 9°-Los adherentes que paguen una cuota mensual,tienen derecho a llevar libros a domicilio.-
Artículo 10°-El pedido deberá hacerse por escrito,y el solicitante firmará un recibo con especificación de la obra que lleva.-
Artículo 11-En los préstamos de libros a domicilio, serán aplicables las disposiciones de los artículos 4,5,6, y 8.
Artículo 12°-No se podrán llevar a domicilio mas de 2 volúmenes, y no se facilitarán otros sin la devolución previa de aquellos.-
Artículo 13°-Los adherentes que adeuden mas de 2 mensualidades,no podrán llevar libros a domicilio,mientras no se pongan al día con las cuotas.-
Artículo 14°-Los libros deben ser devueltos dentro del término de 15 días,y, para tenerlos mayor término,debe solicitarse,por escrito, renovación de éste.-
Artículo 15°-El adherente que se niegue a devolver un libro,en el término,no podrá retirar otro,sin perjucio de la acción que corresponde por retención indebida.-
Artículo 16°-El concurrente o adherente que se niegue a pagar el libro deteriorado,o reemplazarlo con otro igual, no podrá retirar libros en adelante.-
Artículo 17°-Quedan excluídas del préstamo a domicilio, las siguientes obras: Diccionarios o Enciclopédicos,obras raras o agotadas,obras de estudio o texto de colegio,o escuelas,atlas geográficos,grabados, revistas,diarios,periódicos y mapas.-
Artículo 18°-El bibliotecario es el Jefe de la Biblioteca,y los asistentes o adherentes están obligados a acatar sus resoluciones contrra las cuales se podrán reclamar ante el Presidente de la Institución, sin perjucio de cumplir, por lo pronto, lo resuelto.-
La Biblioteca comienza a funcionar el 2 de enero de 1935, en un local anexo a la Municipalidad por la calle San Juan (actual H. Yrigoyen)donde funcionó la primera Comisaría de MdP,luego al demolerse el antiguo edificio de la Intendencia,se la traslada a un entrepiso del inmueble perteneciente al Club Español,inmediato al primitivo local.La Biblioteca comienza a ser llevada al 3er. piso del nuevo edificio, el 6 de diciembre de 1938, completando la mudanza el 31 de diciembre del mismo año.Y si bien el Intendente Luis Nuncio Fabrizio,inagura el nuevo edificio el 10 de julio de 1982,es el 2 de agosto del mismo año, cuando se abren las puertas al público para las nuevas instalaciones que fueron:
Sala de Lectura
Sala de Conferencias
Auditorium
Oficina de Préstamos de Libros
Dependencias Administrativas
En 1939,se da a conocer una estadística que dice que en los últimos 5 años concurrieron 26.020 lectores a la Biblioteca.
El 26 de septiembre de 1941 la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares,la inscribe como de Primera Categoría.
En 1942 al entrar en vigencia la Ley 4688 de la Provincia de Buenos Aires,que creó la Dirección General de Bibliotecas Populares,le asigna la Categoría A.
En 1944,visita la Biblioteca la Inspectora María Josefa Antelo, y debido a su informe,La Dirección de Bibliotecas Populares de la Provincia la confirma como de Primera Categoría.
En 1945,el 26 de febrero, el Interventor Federal Juan A. Bramuglia, ratifica la Categoría adjudicada en 1942.
En 1946, se retira el Profesor Enrique Orlandini, dejando vacante el cargo de Director,luego de 11 años de trabajo. Es designado en su reemplazo el delegado del Ateneo Mar del Plata y bibliotecario efectivo, el Sr. Nolberto Pezzati.
En 1948, el 12 de noviembre, es ampliado a 2 años el mandato de los Delegados del Ateneo de MdP y de la Asociación de Maestros de la Provincia de Buenos Aires-Decreto 465-.En este mismo año se preparó un proyecto para un Edificio de la Cultura, en el cual se reservarían dependencias destinadas a la Biblioteca; además el Sr. Pezzati concurre al Primer Congreso Nacional de Bibliotecas Populares,relizado en Córdoba.
En 1949 en el Congreso de Bibliotecas Populares de Buenos Aires que se realiza en la Plata del 15 al 18 de diciembre,representa a la Biblioteca Municipal Pública su director,el Sr. Nolberto Pezzati,quien además desempeño el cargo de Secretario de Actas y presidió la 4ta. Comisión,presentando además el proyecto sobre clasificación en categorías.
En 1950 el inventario registra 20.594 volúmenes y 883 folletos.
Con motivo del año Sanmartiniano se elabora una bibliografía que se pone a disposición de investigadores y estudiantes.
También en este año se inagura la Sección Discoteca,con un equipo amplificador y 200 discos
En 1951 La Dirección de la Biblioteca, participa en las Jornadas Bibliotecarias Argentinas,organizadas por el Museo Social Argentino, el Sr. Pezzati desempeña la vicepresidencia del comité de Bibliotecas Públicas.
Ese mismo año se incorpora el régimen de Seguro Colectivo en calidad de Repartición Autártica y el personal quedó comprendico en el beneficio de la Ley 5424, Decreto reglamentario 31.575/48.
En 1952 es designado padrino de la Biblioteca el escritor periodista Josué Quesada.
En 1969,El diario La Prensa, el 6 de diciembre dedica un artículo titulado:
La Bliblioteca Municipal de Mdp facilita desde 1934,el acceso a la cultura,señala además que en el 68, había 50 mil obras y que concurrieron 116.257 lectores.Cuatro días después el mismo diario publica un comentario especial en su editorial que titula:
“Treinta y cinco años al servicio de la cultura”.
En 1974 se propone la idea de constituir una comisión de apoyo y estímulo a la acción cultural (La Asociación Amigos de la Biblioteca).
En 1975 La Sra. Marta González Girod, asume la jefatura de departamento y debido a su idoneidad,se le confían tareas de organización .
En 1980 se concretan las convocaciones destinadas a formar la Asociación Amigos de la Biblioteca.
En 1981, se inica la construcción de un edificio propio, donde funcionara la ESCUELA NORMAL MUNNICIPAL DE GENERAL PUEYRREDÓN.
El año pasado funcionó la Escuela Normal en el local de la Escuela N° 1,sin conseguir lugar la incorporación oficial anhelada por el vecindario.
Todas las gestiones emprendidas fracasaron;las autoridades de la instrucción Pública se mostraron irreductibles.Y así perdieron el año los alumnos concurrentes.
Los gestores de la oficialización erraron lamentablemente el camino, de ahí el fracaso de sus esfuerzos.No se duda de la buena voluntad que desplegaron,pero no tuvieron en cuenta muchas disposiciones de orden técnico y administrativo que obstaculizaban acceder al pedido,pero que no eran insalvables.Conociéndolas y Orillándolas,se hubiera logrado obtener la oficialización.
Hoy el fracaso de las gestiones,cierra,desgraciadamente el camino a nuevas iniciativas.
Por eso las gestiones se dirigieron este año hacia la Provincia de Buenos Aires,obtenéndose que la Dirección General de Escuelas,reconozcan los estudios que se efectúen en la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata,pero la solución hallada,no puede ser definitiva,sino que es transitoria.No satisface los deseos y las necesidades de la ciudad.
El reconocimiento obtenido de la Dirección de Escuelas,no otorga títulos de maestros normales nacionales, solo pueden ejercer en escuelas dependientes de la citada repartición y se encuentran,los diplomados en inferioridad de condiciones respecto a los graduados en escuelas normales nacionales.Además en cualquier momentro la Dirección Generasl de Escuelas,puede retirar ese reconocimiento,con la secuela de perjuicios que es fácil de comprender.Por eso dijimos ya en otra oportunidad que lo conseguido,no era una solución, sino un remiendo.
Este año,logrado el reconocimiento de sus estudios,por parte de la Provincia,se sucitó otro incoveniente: la falta de local para funcionar.
En el Edificio de la Escuela N° 1, no podrá hacerlo por falta de comodidad,en el local del colegio Nacional se le puso inconvenientes,sin causa alguna justificada,porque ese establecimiento funciona por la mañana y tiene todas sus aulas libres por la tarde.
Después de clases de la Escuela N° 1,se encontraban que el Ateneo, ocupaba todas las aulas,razón por la cual, a pesar de toda la buena voluntad de esa institución,no se pudo facilitarle el local.
Felizmente ahora ha obtenido del Club Mar del Plata,el permiso correspondiente para usar el edificio que esa entidad posee en las calles 25 de Mayo y Catamarca,que resulta muy adecuado para establecimiento de enseñanza, como que primitivamente se elevantó con ese objeto.
De modo que han cesado las vicisitudes de la Escuela en ese sentido, pero ultimamente se han hecho oír quejas,relativas a la forma que se llevaron a cabo los concursos para la provisión de las cátedras,sin que la comisión administrativa,hasta el momento,haya levantado los cargos.En defensa del prestigio de ese establecimiento de educación, convendría que se aclare esa situación.
(Fuente: Diario Mar del Plata-Año I N° 19 del lunes 23-4-34-página 1)
Unificando mis comentrios de la foto 6146,reitero los mismos:
La Ordenanza del 22-9-1932 dice:
Artículo 1°- Créase en esta Ciudad una Escuela Normal Municipal, para cuyo funcionamiento se solicitará de las autoridades respectivas la cesión gratuita de una o dos aulas en el local de la Escuela Número 1. Artículo 2°-Dicha Escuela funcionará ajustándose a los programas de las Escuelas Normales Nacionales.
Artículo 3°-Una vez completada la inscripción corrspondiente al año en curso,que se limitará a dos divisiones de primer año con un maximun de 40 alumnos,cada una, por intermedio del D. E.se solicitará del Ministro de Instrucción Pública de la Nación,la incorporación de esta Escuela a la Normal Nacional mas próxima a esta ciudad.
Artículo 4°-El ingreso a la misma será llenando los requisitos exigidos para las Escuelas Normales Nacionales y por Concurso.
Artículo 5°-El nombramiento del personal docente será hecho por el D. E.,tratando en todos los casos de que estos recaigan en personal diplomado en instituciones similares o universidades nacionales.
Artículo 6°-La Municipalidad de General Pueyrredón contribuirá al sostenimiento de dicha Escuela con una subvención mensual de 400 $ m/n cubriéndose los demás gastos con una cuota mensual que abonarán los alumnos y que no podrá exceder de 10 $ m/n, hasta tanto las finanzas Municipalles permitan tomar a su cargo el pago íntegro de los gastos. Mientras en el Presupuesto General de Gastos de la Administracción, no se incluya una partida especialmente destinada al sosteniminto de esta Institución, la subvención de $ 400m/n mensuales que se establece en este artículo, se imputará a la partida Ordenanzas Especiales (inciso 23)del presupuesto vigente.
Artículo 7°-El D.E. reglamentará en su oportunidad esta Ordenanza estableciendo los plazos para inscripción etc., a fin de que dicho establecimiento pueda empezar a funcionar en un plazo breve que permita al alumnado aprovechar el año en curso.
Al año siguiente de la creación de la Escuela Normal Municipal, por Ordenanza del 22-9-32, se crea el Decreto Reglamentario,con fecha 7-2-933,el cual dice:
Artículo 1°-Créase en esta Ciudad una Escuela Normal Municipal de acuerdo con lo establecido en la misma.
Artículo 2°-Para su funcionamiento diríjase nota al Consejo Escolar solicitando la cesión de dos aulas en la Escuela 1.
Artículo 3°-A los efectos de su organización interna, desígnase Rector de la misma al Maestro Normal Nacional e Inspector de Escuelas, jubilado de la Provincia, don Dardo Moya.
Artículo 4°-Para la provisión de cátedras, llámase a concurso por el término de cinco días y por publicaciones de diarios locales,debiendo los candidatos, de acuerdo con los reglamentos vigentes en las Escuelas Normales Nacionales, reunir los siguientes requisitos:
a) Ser domiciliado en esta ciudad.
b)Poseer título de Maestro o Profesor Normal Nacional u otro universitario que lo habilite para el desempeño del cargo.
c)Los aspirantes a Maestros acompañarán a su solicitud, si la tuvieran, la calificación obtenida por la Inspección en su actuación docente.
Artículo 5°-El rector designado, recibirá las solicitudes de aspirantes a cátedras, que deberán ser hechas por escrito, elevándolas dentro de los 3 días de vencido el plazo del concurso, al Sr.Intendente Municipal con el informe correspondiente a fin de que este proceda a su designación.
Artículo 6°-Hasta tanto la Escuela,ya sea por contribución municipal mayor que la asignada por la referida Ordenanza,por sus medios propios, por la cooperación de la Sociedad Cooperadora que al efecto se creeará oportunamente, o por donación, pueda arbitrar un mayor ingreso de fondos que el calculado en la Ordenanza de referencia que le permita retribuir al profesorado sus servicios con sueldos equivalentes a los de las Escuelas Normales Nacionales,el profesorado que se designe deberá prestar sus servicios en las dos divisiones a crearse (siempre que la inscripción así lo permita)percibiendo sus emolumentos de acuerdo con la escala establecida, considerándose en consecuencia al trabajo como si se tratará de una sola división.
Artículo 7°-Verificada la designación del Profesorado se procederá de inmediato a la apertura de la inscripción de alumnos los que deberán presentar sus solicitudes y comprobantes, de acuerdo con lo establecido en los Reglamentos vigentes de las Escuelas Normales,procediéndose de inmediato y dentro del término que el cuerpo de profesores en unión con el rector fije, al concurso que establece el Artículo 4° de la Ordenanza.
Artículo 8°-Hecha la designación del Profesorado diríjase a S. E. el Sr.Ministro de Instrucción Pública de la Nación la solicitud de incorporación correspondiente.
Artículo 9° -A los efectos de la Administración desígnase una Comisión que actuará unicamente en el carácter de tal,compuesto por el Señor Rector designado,un miembro del H.Concejo Deliberante que será designado por el mismo,un miembro del Consejo Escolar del Distrito, designado también dentro del mismo, y dos vecinos de la localidad que oportunamente serán nombrados por ésta Intendencia.Dicha Comisión tendrá a su cargo la parte administrtiva de la Escuela y funcionará con quórum legal con la presencia de tres de sus miembros, debiendo sus resoluciones para tener validez ser tomadas por mayoría de votos.
El Decreto del 31 de marzo de 1934,dice:
Artículo 1°-Declárase en comisión al profesorado de la Escuela Normal Municipal,dándosele la gracias por su actuación.
Artículo 2°-Confírmase en la designación de Rector al Maestro Nacional e Inspector de Escuelas Jubilado, don Dardo Moya.
Artículo 3°-Llámase a concurso para la provisión de cátedras de acuerdo a la reglamentación de febrero 7 de 1933 y el artículo 183 del Reglamnento para las Escuelas Normales, abriéndose al mismo tiempo, la inscripción de alumnos.
Artpiculo 4°-Amplíanse las facultades ortorgadas a la Comisión Administradora en el sentido de que a requerimiento del Rector,coopere con el mismo para el mejor funcionameinto de dicha Escuela.
Programas de Estudios Ordenanza del 30-4-934-
Artpiculo 1°-Modifícase el Artículo 2° de la Ordenanza de fecha 22-9-1932.que creó la Escuela Normal Municipal en la siguiente forma: “La escuela funcionará ajustándose a los programas confeccionados por la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires para el exámen de aspirantes libres y regulares al título de maestro”.
Ordenanza del 4 -6-34 Becas Escuela Normal.
Artículo 1°- Autorízase al D.E. para que acuerde becas para cursar estudios en la Escuela Normal Municipal hasta la cantidad de seis por año y por un valor de no mas de 10 pesos m/n cada una mensualmente y durante el año escolar, previo informe de la comisión Administradora de este establecimiento de enseñanza.
Concesión de becas Decreto del 10-7-934:
Artículo 1°-Hágase saber a la Comisión Administradora de la Escuela Normal Municipal,que la concesión de la becas acordadas por la Ordenanza del 4 de junio del año en curso,se hará por el D. E. previo informe de la citada Comisión respecto a los alumnos que justifiquen necesitar este beneficio y en orden de méritos.
Decreto del 20-2-35-Amplíase la Comisión Administradora:
Artículo 1°-Amplíase con un vecino de la localidad, la Comisión Administradora de la Escuela Normal Municipal,a que se refiere el Articulo 9° del Decreto de fecha 7-2-933, designando a tal efecto al Sr. Mauricio J. Rizzo.
Adquisición del inmueble para la Escuela -Decreto del 20-2-1935:
Artículo 1°-Apruébase el contrato de compra-venta de fecha 6 del corriente mes,por el cual la comuna obtiene en compra del Club Mar del Plata, la propiedad ubicada en las calles 25 de Mayo y Catamarca, edificada en,los solares 9 y 10 de la manzana número 6 del plano General de esta Ciudad.
Artículo 2°-Para el pago de la propiedad mencionada,destínanse los 50 títulos denominados ”Certificados de la Deuda Municipal” número 701 a 750 inclusive, que forman el excedente de títulos habidos dentro de la emisión autorizada.
Artículo 3°-En cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza de fecha 29-7-934-Artículo 12°-se destina el inmueble a Institutos de Cultura Popular sin que ellos sea una obligación a contraer ante el vendedor en la escritura de compra-venta.
Artículo 4°-Impútese los gastos originados por la escritura de Ordenanzas Epeciales, inciso 30 ítem 1° del Presupuesto en vigencia hasta la suma de un mil pesos m/n.
Resolución Consejo General de Educación del 21 de marzo de 1934:
Establece que una vez expedido los primeros títulos de la Escuela Normal Municipal y con los necesarios informes,resolverá sobre el rec
onocimiento y validez de los mismos.
Expediente 11.034-E-37-Reconocimientos de los Títulos-Resolución del Consejo General de Educación del 22 de marzo de 1938.
1°-Equiparar el título de maestro normal elemental los títulos de maestro que expida la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata a sus egresados,los que quedarán habilitados para desempeñar las funciones docentes que establece la Ley de Escalafón del Magisterio,siempre que, como hasta ahora,la fiscalización técnica de ese Establecimiento como los exámenes finales y pruebas comprobatorias,se encuentren en manos de la Dirección General de Escuelas,la que elevará mensualmente su informe al Consejo General de Educación para aprobación de cada uno de los títulos.
2°-El Consejo General de Educación dispondrá de las modificaciones de los programas y planes de estudio de la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata de acuerdo con las nuevas corrientes pedagógicas y con los fundamentos de la Reforma Escolar Bonaerense,cuando ésta se establezca en forma definitiva.
3°-Invitar a las autoridades de la Escuela Normmal Municipal de Mar del Plata a ampliar en un año mas,los estudios de los actuales egresados a fin de que en ese curso se puedan desarrollar los siguientes puntos:
a) El problema de la Educación,sus elementos,concepto de la Educación, como proceso humano;Antinomias de la Educación.
b)El sujeto,los fines y los medios de la Educación.Pedagogía y filosofía: concepto y relación entre ambas.
c)Educación integral: moral religiosa,intelectual,física y estética. La Cultura y sus valores.
d)La escuela primaria bonaerense.Legislación escolar de la Provincia.La reforma educacional.
e)Función de la escuela primaria. El pre-aprendizaje general: concepto y fines.El trabajo manual educativo.
4°-El quinto año que se invita a crear por el artículo anterior, funcionaría independientemente del curso normal y el título que se extendería sería el de Maestro Normal Especializado, cuyo valor es de 6 puntos de la Ley del Escalafón.Los docentes en actividad aunque no fuesen egresados de la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata, podrán seguir dicho curso acumulando hasta 6 puntos de título profesional para la escala de valores que computa la Ley del Escalafón.
5°-La Dirección General de Escuelas por intermedio de sus elementos técnicos,fiscalizará, permanentemente, el funcionmiento de la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata procurando la unidad y orientación didáctica.
El Patrimonio Municipal de 1940,estaba dividido en:
Bienes Inmuebles Públicos
Bienes Inmuebles Privados
En estos últimos encontramos La Escuela Normal Municipal,de la cual dice:
“Edificio antiguo en la calle Catamarca esquina 25 de Mayo,construído en los solares 9 y 10 de la Manzana 6,que mide metros 34,64 frente a Catamarca por metros 43,30 frente a 25 de Mayo, lo que hace una superficie total de metros cuadrados 1.500.
Fué adquirido con fecha 8 de junio de 1935 al Club Mar del Plata.
Con respecto a la construcción de la Biblioteca,fue promovida por el entonces comisionado Mario Roberto Russak,tiene entrada por Catamarca y una rampa usada para discapacitados por 25 de Mayo, consta de 3 plantas y también tiene un café.En el subsuelo están las salas A y B , usadas como,teatro, conferencias etc.,también hay depósitos,y la parte técnica.En planta baja hay distintas oficinas de la administración, sala de novelas,de infantiles, oficinas de prensa de cultura,y el denominado P. T.(procesos técnicos)etc En el primer piso hay salas de lectura y textos. Desde su inaguración,a la actualidad le fueron agregando o quitando algunas secciónes o oficinas.
Con respecto a la Biblioteca,transcribiré los comentarios de las fotos 6298/99 para unificar todo el contenido.
Creación de la Biblioteca Municipal Pública-Ordenanza del 2-7-1934.-
Artículo 1°-
Créase una Biblioteca Municipal Pública que deberá instalarse en el Palacio Municipal con acceso libre y gratuito.
Artículo 2°.-
Créase una Comisión Honoraria de siete miembros,integrada por el Intendente Municipal,en representación de la Municipalidad y por seis representantes de los dos Centros Culturales de Mar del Plata,“Ateneo” y “Del Magisterio”,en igual proporción de tres miembros por cada Centro.
Al disolverse uno de los Centros, el restante, tendrá la representación íntegra de los seis miembros.(Modificado por Ordenanza del 10-8-936).-
Artículo 3°-
La comisión será responsable de la Biblioteca y tendrá a su cargo:
a) Organizar,dirigir,reglamentar y administrar la Biblioteca.
b) Recibir subsidios en dinero.
c) Aceptar donaciones y contribuciones de adherentes protectores o simpatizantes.
d) Crear el anexo Museo Histórico de Mar del Plata,reuniendo el material histórico del origen y de hechos notables de nuestra ciudad.
e) Crear una Sección Infantil,reuniendo libros que en forma sencilla divulguen conocimientos sobre educación,historia,moral,higiene, deportes,y tiendan a desarrollar el carácter y fortificar la voluntad.
f) Crear una Sección Especial reuniendo libros atrayentes y útiles para ser proporcionados a los niños internados en el Hospital,en Asilos, en Colonias y reglamentando la faz sanitaria del servicio.
g) Organizar conferencias,exhibiciones cinematográficas y actos de carácter cultural.
h) Nombrar sub-comisiones para aumentar el patrimonio de la Biblioteca,lograr asiduidad y mantener latente su actividad.
i)Presentar anualmente al Concejo Deliberante,una memoria de los trabajos efectuados.
Artículo 4°-
Facúltase al D.E. para invertir hasta la suma de un mil pesos moneda nacional($ 1.000 m/n) en la instalación de la Biblioteca Municipál Pública.
Artículo 5°-
destínase en concepto de subvención a la Biblioteca Municipal Pública,la cantidad de doscientos cincuenta pesos moneda nacional ($ 250 m/n)mensual desde la fecha de apertura al público,para gastos y adquisición de material bibliográfico.
En 1912 es fundada la Sociedad Pro Educación Bartolomé Mitre,siendo presidenta de la misma,la Señora Isabel Alió de Francheri.
Esta entidad solicitó material bibliográfico a la antigua biblioteca, para habilitar una de carácter público.Esta sociedad dos años después, el 24 de mayo de 1914, funda la Biblioteca Popular Rivadavia, que llegó a tener 90 socios protectores y 1177 volúmenes.
La Sociedad Pro Educación Bartolomé Mitre,se disuelve en 1915, y devuelve los libros a la Municipalidad,el Intendente Florencio Martinez de Hoz,hace entrega de los volúmenes al Comisionado Escolar del Partido de General Pueyrredón,Escribano Julio Cérsar Gascón,dicho material fue conservado en el recinto del Concejo Deliberante.
En 1929 El Comisionado Emilio N. Grau, dispone por Decreto del 5 de diciembre la creación de un Instituto de Cultura Popular.
En 1930, el 30 de enero se realiza en el Consejo Escolar, una reunión de vecinos,convocada por el Comisionado Municipal,para fundar una institución cultural, el resultado es la creación del “Ateneo Mar del Plata”,siendo sus primeras autoriadades:
Presidente: Emilio N. Grau
Vice: Julio C. Gascón
Secretarios: Francisco P.Eyto y Juan Néstor Guerra
Tesorero: Felix L.Aragone
Vocales: Dr.Antonio Mir;Enrique Orlandini;Horacio J. Abásolo y Rodolfo C. Moisano.
También en 1930 el 25 de mayo el Ateneo Mdp inagura su Biblioteca Pública,siendo su director Enrique Orlandini, quien catalogó el material bibliográfica propio y el anexado de la ex Biblioteca Popular.Poco tiempo después la biblioteca fué trasladada del Ateneo al edificio del Club Pueyrredón en San Luis y San Martín.
El 26 de mayo de 1934 el Intendente Camusso elevó un mensaje al Concejo Deliberante,el cual entre otros pedidos solicitó la necesidad de la creación de una biblioteca pública. La Comisión Honoraria,estaba integrada por:
José Camusso,como Presidente
Enrique Orlandini,Vice
César I. Barroso,Secretrio
Diotinio Aller,Tesorero
Alejandro Barontini,Justo F.Copes y Juan Carlos Pugliese,Vocales,
y por renuncia de este último,fue nombrado el Señor Ismael Salvador.
En septiembe de 1934 el Ateneo MdP pone a disposición de la Comisión,los muebles y libros de su propia biblioteca de 1124 volúmenes y 209 folletos;en este mismo año se reciben obras donadas por la Sociedad Sarmiento, Protectora de Animales y otras adquiridas por la Municipalidad de Generalral Pueyrredón.
El 31 de diciembre de 1934,se sanciona el reglamento Interno de la Biblioteca,y se reconocen como socios activos a los miembros del Ateneo MdP y los del Centro Cultural del Magisterio de MdP.
El 2 de enero de 1935, se procede a librar al público la Biblioteca, a cargo del Prof. Orlandini, ubicada en el local anexo a la Municipalidad (ex Comisaría).
Primeros Adherentes:
José María Fernandez
Absalón G. Barros
Juan Gorostegui
Juan Trotta
Alberto A.Tonetti
Alberto A. Tetamenti
Serafín Rodriguez
Floral A. Pascarelli
Raúl Perticari
José Olavarrieta
Raúl A. Martinez
Juan A. Massa, etc.
Primeros socios lectores:
Roberto O. del Valle
Rafael de Diego
Raúl Balado
Alberto Lagrange
Alberto Mutoni
Félix Fares Taie
Raúl Benavente
Floreal Fernandez
Juan Cavo, etc.
El 24 de septiembre de 1935 se recibió un gran aporte de libros entregados por la Asociación de Maestros de la Provincia de Buenos Aires,al año siguiente se confeccionó un triple fichero: por autores, por títulos y por temas.
Reglamento Interno dictado por la Comisión al crearse la Biblioteca Municipal en 1934:
Los que concurren a la Biblioteca y los que soliciten libros, estarán sujetos a las disposiciones siguientes:
Artículo 1°-La entrada a la sala,será libre en las horas reglamentarias.
Artículo 2°-Los asistentes que soliciten libros,deberán llenar un boleto que pedirán al bibliotecario,y una vez llenado,esperarán que se les llame para recibir el libro.-
Artículo 3°-No se podrán pedir mas de 3 volúmeness a la vez.-
Artículo 4°-Está prohibido hacer anotaciones en los libros,doblar sus hojas o causar otros deterioros.-
Artículo 5°-La persona que estropee un libro,estará obligada a reemplazarlo o pagar su importe.-
Artículo 6°-Si se tratara de una obra de mas de un volúmen, deberá reemplazar el volúmen deteriorado,o en su defecto toda la obra,o pagar el importe total de ésta.
Artículo 7°-Está prohibido conversar en la sala de lectura,en voz alta, o hacer cualquier otro acto que moleste a los lectores.-
Artículo 8°-El que solicite un libro y note que esté deteriorado, o que le falten hojas, debe poner el hecho en conocimiento de bibliotecario, para eximirse de responsabilidad.-
Artículo 9°-Los adherentes que paguen una cuota mensual,tienen derecho a llevar libros a domicilio.-
Artículo 10°-El pedido deberá hacerse por escrito,y el solicitante firmará un recibo con especificación de la obra que lleva.-
Artículo 11-En los préstamos de libros a domicilio, serán aplicables las disposiciones de los artículos 4,5,6, y 8.
Artículo 12°-No se podrán llevar a domicilio mas de 2 volúmenes, y no se facilitarán otros sin la devolución previa de aquellos.-
Artículo 13°-Los adherentes que adeuden mas de 2 mensualidades,no podrán llevar libros a domicilio,mientras no se pongan al día con las cuotas.-
Artículo 14°-Los libros deben ser devueltos dentro del término de 15 días,y, para tenerlos mayor término,debe solicitarse,por escrito, renovación de éste.-
Artículo 15°-El adherente que se niegue a devolver un libro,en el término,no podrá retirar otro,sin perjucio de la acción que corresponde por retención indebida.-
Artículo 16°-El concurrente o adherente que se niegue a pagar el libro deteriorado,o reemplazarlo con otro igual, no podrá retirar libros en adelante.-
Artículo 17°-Quedan excluídas del préstamo a domicilio, las siguientes obras: Diccionarios o Enciclopédicos,obras raras o agotadas,obras de estudio o texto de colegio,o escuelas,atlas geográficos,grabados, revistas,diarios,periódicos y mapas.-
Artículo 18°-El bibliotecario es el Jefe de la Biblioteca,y los asistentes o adherentes están obligados a acatar sus resoluciones contrra las cuales se podrán reclamar ante el Presidente de la Institución, sin perjucio de cumplir, por lo pronto, lo resuelto.-
La Biblioteca comienza a funcionar el 2 de enero de 1935, en un local anexo a la Municipalidad por la calle San Juan (actual H. Yrigoyen)donde funcionó la primera Comisaría de MdP,luego al demolerse el antiguo edificio de la Intendencia,se la traslada a un entrepiso del inmueble perteneciente al Club Español,inmediato al primitivo local.La Biblioteca comienza a ser llevada al 3er. piso del nuevo edificio, el 6 de diciembre de 1938, completando la mudanza el 31 de diciembre del mismo año.Y si bien el Intendente Luis Nuncio Fabrizio,inagura el nuevo edificio el 10 de julio de 1982,es el 2 de agosto del mismo año, cuando se abren las puertas al público para las nuevas instalaciones que fueron:
Sala de Lectura
Sala de Conferencias
Auditorium
Oficina de Préstamos de Libros
Dependencias Administrativas
En 1939,se da a conocer una estadística que dice que en los últimos 5 años concurrieron 26.020 lectores a la Biblioteca.
El 26 de septiembre de 1941 la Comisión Protectora de Bibliotecas Populares,la inscribe como de Primera Categoría.
En 1942 al entrar en vigencia la Ley 4688 de la Provincia de Buenos Aires,que creó la Dirección General de Bibliotecas Populares,le asigna la Categoría A.
En 1944,visita la Biblioteca la Inspectora María Josefa Antelo, y debido a su informe,La Dirección de Bibliotecas Populares de la Provincia la confirma como de Primera Categoría.
En 1945,el 26 de febrero, el Interventor Federal Juan A. Bramuglia, ratifica la Categoría adjudicada en 1942.
En 1946, se retira el Profesor Enrique Orlandini, dejando vacante el cargo de Director,luego de 11 años de trabajo. Es designado en su reemplazo el delegado del Ateneo Mar del Plata y bibliotecario efectivo, el Sr. Nolberto Pezzati.
En 1948, el 12 de noviembre, es ampliado a 2 años el mandato de los Delegados del Ateneo de MdP y de la Asociación de Maestros de la Provincia de Buenos Aires-Decreto 465-.En este mismo año se preparó un proyecto para un Edificio de la Cultura, en el cual se reservarían dependencias destinadas a la Biblioteca; además el Sr. Pezzati concurre al Primer Congreso Nacional de Bibliotecas Populares,relizado en Córdoba.
En 1949 en el Congreso de Bibliotecas Populares de Buenos Aires que se realiza en la Plata del 15 al 18 de diciembre,representa a la Biblioteca Municipal Pública su director,el Sr. Nolberto Pezzati,quien además desempeño el cargo de Secretario de Actas y presidió la 4ta. Comisión,presentando además el proyecto sobre clasificación en categorías.
En 1950 el inventario registra 20.594 volúmenes y 883 folletos.
Con motivo del año Sanmartiniano se elabora una bibliografía que se pone a disposición de investigadores y estudiantes.
También en este año se inagura la Sección Discoteca,con un equipo amplificador y 200 discos
En 1951 La Dirección de la Biblioteca, participa en las Jornadas Bibliotecarias Argentinas,organizadas por el Museo Social Argentino, el Sr. Pezzati desempeña la vicepresidencia del comité de Bibliotecas Públicas.
Ese mismo año se incorpora el régimen de Seguro Colectivo en calidad de Repartición Autártica y el personal quedó comprendico en el beneficio de la Ley 5424, Decreto reglamentario 31.575/48.
En 1952 es designado padrino de la Biblioteca el escritor periodista Josué Quesada.
En 1969,El diario La Prensa, el 6 de diciembre dedica un artículo titulado:
La Bliblioteca Municipal de Mdp facilita desde 1934,el acceso a la cultura,señala además que en el 68, había 50 mil obras y que concurrieron 116.257 lectores.Cuatro días después el mismo diario publica un comentario especial en su editorial que titula:
“Treinta y cinco años al servicio de la cultura”.
En 1974 se propone la idea de constituir una comisión de apoyo y estímulo a la acción cultural (La Asociación Amigos de la Biblioteca).
En 1975 La Sra. Marta González Girod, asume la jefatura de departamento y debido a su idoneidad,se le confían tareas de organización .
En 1980 se concretan las convocaciones destinadas a formar la Asociación Amigos de la Biblioteca.
En 1981, se inica la construcción de un edificio propio, donde funcionara la ESCUELA NORMAL MUNNICIPAL DE GENERAL PUEYRREDÓN.
Se pueden ver otros comentarios de esta escuela en le link:
http://www.lacapitalmdp.com/contenidos/fotosfamilia/fotos/4362
y que hacen también mención a la historia de quienes pasaron por ella y propios de la misma.
Cordialmente
Eduardo
-LA ESCUELA NORMAL FUNCIONARA EN LOCAL PROPIO-
El año pasado funcionó la Escuela Normal en el local de la Escuela N° 1,sin conseguir lugar la incorporación oficial anhelada por el vecindario.
Todas las gestiones emprendidas fracasaron;las autoridades de la instrucción Pública se mostraron irreductibles.Y así perdieron el año los alumnos concurrentes.
Los gestores de la oficialización erraron lamentablemente el camino, de ahí el fracaso de sus esfuerzos.No se duda de la buena voluntad que desplegaron,pero no tuvieron en cuenta muchas disposiciones de orden técnico y administrativo que obstaculizaban acceder al pedido,pero que no eran insalvables.Conociéndolas y Orillándolas,se hubiera logrado obtener la oficialización.
Hoy el fracaso de las gestiones,cierra,desgraciadamente el camino a nuevas iniciativas.
Por eso las gestiones se dirigieron este año hacia la Provincia de Buenos Aires,obtenéndose que la Dirección General de Escuelas,reconozcan los estudios que se efectúen en la Escuela Normal Municipal de Mar del Plata,pero la solución hallada,no puede ser definitiva,sino que es transitoria.No satisface los deseos y las necesidades de la ciudad.
El reconocimiento obtenido de la Dirección de Escuelas,no otorga títulos de maestros normales nacionales, solo pueden ejercer en escuelas dependientes de la citada repartición y se encuentran,los diplomados en inferioridad de condiciones respecto a los graduados en escuelas normales nacionales.Además en cualquier momentro la Dirección Generasl de Escuelas,puede retirar ese reconocimiento,con la secuela de perjuicios que es fácil de comprender.Por eso dijimos ya en otra oportunidad que lo conseguido,no era una solución, sino un remiendo.
Este año,logrado el reconocimiento de sus estudios,por parte de la Provincia,se sucitó otro incoveniente: la falta de local para funcionar.
En el Edificio de la Escuela N° 1, no podrá hacerlo por falta de comodidad,en el local del colegio Nacional se le puso inconvenientes,sin causa alguna justificada,porque ese establecimiento funciona por la mañana y tiene todas sus aulas libres por la tarde.
Después de clases de la Escuela N° 1,se encontraban que el Ateneo, ocupaba todas las aulas,razón por la cual, a pesar de toda la buena voluntad de esa institución,no se pudo facilitarle el local.
Felizmente ahora ha obtenido del Club Mar del Plata,el permiso correspondiente para usar el edificio que esa entidad posee en las calles 25 de Mayo y Catamarca,que resulta muy adecuado para establecimiento de enseñanza, como que primitivamente se elevantó con ese objeto.
De modo que han cesado las vicisitudes de la Escuela en ese sentido, pero ultimamente se han hecho oír quejas,relativas a la forma que se llevaron a cabo los concursos para la provisión de las cátedras,sin que la comisión administrativa,hasta el momento,haya levantado los cargos.En defensa del prestigio de ese establecimiento de educación, convendría que se aclare esa situación.
(Fuente: Diario Mar del Plata-Año I N° 19 del lunes 23-4-34-página 1)