Lo resolvió la Sala II del Tribunal de Casación Penal. La última condena que tuvo fue en 2017 a 22 años de prisión, por el abuso sexual de una joven en Playa Los Lobos, a quien había atacado luego de haber sido excarcelado antes de tiempo mientras cumplía otra sentencia por violación. Por la pandemia había solicitado el beneficio de la prisión domiciliaria.
La Sala II del Tribunal de Casación Penal resolvió unificar las penas al violador reincidente Rubén Galera, el hombre que abusó de una mujer en Playa Lobos a los pocos meses de haber sido excarcelado por otro delito sexual, a una única condena de 36 años y 10 meses de prisión.
Galera había sido condenado por primera vez el 14 de diciembre de 2004 a una pena de 17 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por su comisión con arma y grave daño en la salud mental de la víctima; aunque luego esa pena fuera reducida a 16 años y 6 meses. El 22 de julio de 2014 fue condenado a 1 años y 6 meses de prisión por abuso sexual en grado de tentativa y, finalmente, el 24 de noviembre de 2017 fue condenado, nuevamente por una violación, a 22 años de prisión.
Con estos antecedentes de reincidencia y a pesar de la apelación de la defensa, los jueces Fernando Luis María Mancini, María Florencia Budiño y Carlos Ángel Natiello unificaron todas estas condenas y si bien para una suma aritmética lineal el momento tendría que haber sido de 40 años, los magistrados resolvieron que la pena a cumplir fuera de 36 años y 10 meses de prisión.
La defensa de Galera había apelado a que la unificación de penas superara los 25 años de prisión e incluso destacó que a los 35 años un condenado a prisión perpetua podría pedir la libertad condicional, un tiempo menor a la pena impuesta a Galera por el Tribunal de Casación Penal. Es que, para la defensa, el monto “atenta contra la reinserción social de Galera”, quien, cabe recordar, violó a una mujer tras haber sido excarcelado en el marco de una condena por otra violación.
Los jueces del Tribunal explicaron que “al existir múltiples condenas que Galera debía cumplir de manera simultánea, correspondía unificarlas, que es el paso previo para determinar la fecha en que se agotara” y agregaron: “Para la unificación se debe tomar la totalidad de las penas y no el tiempo que resta por cumplir ello a los fines de proteger la integridad que poseen las sentencias con autoridad de cosa juzgada. Ello, claro está, sin perjuicio de las decisiones propias de la etapa de ejecución de sentencia como es el cómputo de pena, paso que es lógica y jurídicamente posterior, puesto que es una de las consecuencias de la determinación de pena única”.
Violador reincidente
La primera víctima de violación de Galera por la que fue condenado fue una mujer en Miramar y, de los 16 años y 6 meses que debía cumplir en prisión, estuvo poco más de 11 años, hasta que a fines de 2015 el juez Juan Galarreta le concedió la libertad de manera anticipada.
En un traslado al Hospital Regional, Galera atacó a una radióloga e intentó violarla. Por este hecho fue condenado a 1 año 6 meses de prisión y considerado un violador “reincidente”.
Esa libertad adelantada con que Galarreta lo benefició, le permitió a Galera volver a abusar el 5 de mayo de 2016 de una joven de 22 años, a quien interceptó en la parada de colectivos que se encuentra en la intersección de calles 5 y Ruta 11 del Barrio Playa Los Lobos. En esa oportunidad el Galera amenazó con un cuchillo a la víctima, la violó y luego le sustrajo 1200 pesos, un celular y otras pertenencias.
Casi dos semanas después de la violación, el 18 de mayo, Galera fue detenido por personal de la DDI, que lo arrestó mientras se encontraba en una parada de colectivos ubicada en calle 202 y 31 (bis) del barrio Don Emilio. En su declaración indagatoria el hombre negó los hechos, pero la víctima lo reconoció “sin lugar a dudas”.
En 2017, los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°3, Fabián Riquert, Juan Manuel Sueyro y Mariana Irianni, condenaron a 22 años de prisión al violador reincidente Rubén Galera, tal como lo había solicitado la fiscal Andrea Gómez, por encontrarlo culpable de los delitos “robo agravado por el uso de arma blanca en concurso real con abuso sexual con acceso carnal“ con el agravante de ser reincidente en delitos contra la integridad sexual de mujeres.
Pedido de prisión domiciliaria en pandemia
La defensa del violador reincidente Rubén Galera, había solicitado en julio que se le concediera la libertad asistida por considerar que integra los grupos de riesgo en el marco de la pandemia del coronavirus.
Este pedido, repudiado por gran parte de la sociedad, fue negado por el juez de Ejecución Penal, Ricardo Perdichizzi.
La defensa de Galera había solicitado que el hombre de 39 años obtuviera la prisión domiciliaria, ya que considera que pertenece a los grupos de riesgo ante el coronavirus, por poseer problemas de presión arterial, lo que “lo pone en riesgo en caso de permanecer en una dependencia carcelaria”.
La defensa del violador reincidente argumentó que “se encuentra probada la crítica situación de las cárceles bonaerenses, en las que el hacinamiento impide garantizar condiciones de detención acordes a los estándares requeridos por la Constitución Nacional y las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos”.
Como en cada pedido de libertad asistida presentado en el contexto de pandemia, la defensa remarcó las “conocidas falencias que existen para garantizar el derecho a la salud de las personas privadas de su libertad” y por eso la “necesidad” de reducir la población carcelaria.