Policiales

Una empresa de micros deberá pagar a una mujer por una caída

La Cámara en lo Civil confirmó que tendrá que indemnizar a una pasajera a la que un chofer la hizo caer del micro y luego abandonó.

Una empresa de colectivos deberá indemnizar a una pasajera que cayó de una de las unidades por impericia del chofer quien luego la dejó tirada en la calle y continuó con su recorrido.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, confirmó el fallo de primera instancia en el que se obliga a la empresa a abonar una cifra importante a una mujer por no solo por “el accidente propiamente dicho: no es la caída en sí lo que justifica la sanción, sino el conjunto de comportamientos posteriores que siguieron a ese desgraciado hecho inicial”.

Todo se inició al mediodía del 22 de diciembre de 2017 cuando la mujer viajaba en el interno 118 de la línea 543 y al descender de la unidad en Camusso y Ayolas se cayó al pavimento. Para la Justicia, la pérdida de equilibrio fue producida por la reanudación prematura de la marcha por parte del chofer cuando la mujer no había terminado de bajar.

De acuerdo al relato de distintos testigos, el colectivero no hizo nada para auxiliar a la mujer y en primera instancia el juez interviniente concluyó en que la “abandonó en el lugar”. Un hombre asistió a la mujer durante más de media hora, por una lesión evidente en una muñeca, la que a primera vista se observaba hinchada.

Un elemento agravante para la conducta del chofer es que la mujer descendió por la puerta delantera, es decir que en línea directa con su campo de visión y no tuvo que utilizar espejos o “sortear alguna dificultad para verificar si la pasajera había terminado o no de descender”.

Para la Justicia, “además de ocasionar el accidente con motivo del actuar culpable de su dependiente, de abandonar a la pasajera a su suerte luego de la caída, de no brindarle a la consumidora ningún tipo de asistencia e información que permita paliar su situación (e.g., llevarla a un centro de salud, decirle dónde puede concurrir para que le sean realizadas las curaciones necesarias, darle datos de un seguro para formular reclamos, etcétera) ni ofrecer reparaciones que permitan evitar instancias judiciales, la demandada sometió a la mujer a un pleito completamente evitable que lleva hoy más de tres años y en el que se limitó a afirmar que lo que la pasajera dice es mentira, no produjo absolutamente ninguna prueba ni tampoco colaboró arrojando alguna luz sobre los múltiples tópicos que resultaron controvertidos”

 

Te puede interesar

Cargando...
Cargando...
Cargando...