Policiales

Un caso de “gatillo fácil” que 9 años después tendrá un condenado

Un policía de esta ciudad mató de un disparo a un menor de 16 años en 2010. Pese a que el fiscal retiró la acusación y un tribunal lo absolvió, Casación decidió en 2012 condenarlo. Recién este viernes se hizo la audiencia para fijarle la pena. La familia del adolescente pidió 4 años y 6 meses de prisión para el policía.

El 19 de junio de 2010 el menor Joel Minaberrigaray (16) recibió un disparo en la espalda cuando escapaba de la policía junto a dos amigos, en un sector próximo al actual Hospital Houssay (ex Emhsa) de esta ciudad. El proyectil, de calibre 9 milímetro y alto poder destructivo, había salido de la pistola reglamentaria del oficial Marcos Grebol y causó la muerte casi instantánea del adolescente. Junto al cuerpo de Minaberrigaray la policía encontró un revólver sin sistema percutor, de modo que era un arma que no estaba para el disparo.

Un año y medio después de aquella fatídica noche un Tribunal se reunió de manera extraordinaria para juzgar a Grebol pese a que la fiscalía de entonces había retirado la acusación. Y el Tribunal, en un fallo dividido, apoyó la postura del fiscal y absolvió al policía. Luego llegaría el Tribunal de Casación, en 2012, para aceptar la apelación, y condenar. Pero los tiempos de la Justicia son laxos en ocasiones y recién nueve años más tarde se llevó a cabo la audiencia de cesura tendiente a definir el monto de la pena que le corresponderá a Grebol.

Este viernes, con la ausencia de un fiscal que acuse, la familia de Minaberrigaray estuvo representada por el abogado Wenceslao Méndez que exigió una condena de 4 años y 6 meses de prisión para Grebol, por considerarlo responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma con exceso de la legítima defensa. Y además pidió la inmediata detención por tratarse de una pena de efectivo cumplimiento.

Ahora el tribunal integrado por los jueces Marcelo Riquert, Mariana Irianni y Facundo Gómez Urso deberá deliberar y el próximo 27 de diciembre dará a conocer su resolución.

Debido a que Casación ya resolvió que el hecho existió, que el autor fue Grebol y que tiene que calificarse como homicidio agravado por exceso de la legítima defensa, al tribunal solo le resta evaluar agravantes, atenuantes y determinar la pena.

La muerte de Minaberrigaray estuvo rodeada de un halo de controversia desde el primer minuto, tal como sucede en muchos de los episodios –no todos- en los que la policía mata a un presunto delincuente.

La historia se inició pasadas las 19.30 en Sáenz Peña y Juan B. Justo cuando una mujer se sintió en riesgo ante la presencia de tres jóvenes. Le resultaron sospechosos y, atemorizada, corrió hasta su casa. Entre esos jóvenes estaba Minaberrigaray, un menor con conflictos con la ley penal y otros dos amigos de 18 años. Estos le habían dado a Minaberrigaray un revólver calibre 32 sin capacidad de disparo y se lo habían dado por su condición de menor.

Según consta en el expediente la mujer tras ingresar a su casa llamó a la policía y un patrullero de la comisaría tercera, en recorrida por la zona, avistó a los tres jóvenes. Lo que siguió luego fue aquello que se discutió en la instrucción hecha por el fiscal Rodolfo Moure y su par Daniel Vicente: que los policías persiguieron a Minaberrigaray, que éste empuñaba un arma y corría, y que Grebol disparó. La fiscalía entendió que hubo justificación fáctica en el policía para accionar su arma porque el menor lo apuntó en un par de ocasiones.

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3, integrado por los jueces Eduardo O. Alemano, Alexis Simaz y Juan Manuel Sueyro, falló en disidencia y lo absolvió. Solo Alemano contempló el escenario de un exceso en la legítima defensa.

Esa sentencia de 2011 llegó apelada a Casación, que directamente anuló el fallo de primera instancia y condenó a Grebol, aunque fijó una audiencia para que establecer el monto de la pena.

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