La Corte invalidó el aumento en las tarifas del gas oficializado por el Gobierno de Mauricio Macri en abril. Los jueces consideraron que el Ejecutivo debió someter la medida a consulta pública antes de aprobarla.
La Corte Suprema de Justicia anuló el incremento de las tarifas de gas en todo el país para usuarios residenciales y determinó que para modificar el cuadro tarifario es obligatorio realizar la audiencia pública con entidades que representan a consumidores.
El fallo firmado por unanimidad por el maximo tribunal confirma la sentencia de la Cámara Federal de La Plata.
Los ítems de la decisión son los siguientes:
• Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
• Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.
• La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
• Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
• Se mantiene la tarifa social.
• Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
• Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.
El fallo completo de la Corte Suprema de Justicia: