Por Claudio Romero (*)
Hace dos décadas el registro del desarrollo y el crecimiento de los hijos quedaba a resguardo en un simple álbum familiar, con fotos en papel, ordenadas cronológicamente para dar cuenta de su extraordinaria evolución.
Los tiempos cambiaron demasiado desde que comenzó el siglo XXI por el estallido de una revolución tecnológica que le dio un empuje potente a la humanidad en cuanto a la producción y los descubrimientos científicos, pero también trajo aparejadas ciertas dificultades que afectaron la vida cotidiana.
Es el caso de la exposición exagerada de los menores a través de las redes sociales, para divulgar sus acciones, gestos y expresiones típicas. Quizás, sin darse cuenta, los mismos padres impulsan esa “instalación” por Facebook e Instragram, y sin el consentimiento de los menores.
El problema muestra su gravedad cuando se accede a estadísticas que señalan que el 50 por ciento de las fotos que circulan en sitios pedófilos salen de posteos ingenuos de los propios padres, como señala un estudio de la Oficina del Comisionado de Seguridad Electrónica de Australia.
Esos padres suben fotos de sus hijos desnudos, los sobreexponen contra su voluntad, toda vez que un menor de un año, un poco menos o más, carece de posibilidades para oponerse y reclamar su “derecho a la privacidad”. La cuestión escala en la adolescencia al admitirse, o ignorar, la exposición del o la menor en poses adultas y despojados de vestimentas y en el relacionamiento con desconocidos.
Por esos hechos, que escapan a la consciencia de resguardo de los menores en la era de la sociedad del conocimiento y la información, surge el “sharenting”. El término es una asociación en el idioma inglés que une “share”, compartir, con “parenting”, crianza.
El “sharenting” promueve el debate y la reflexión sobre las prácticas de padres y madres de sobreexponer a sus hijos en las redes sociales, comunicando información, ofreciendo registros fotográficos o videos de los niños sin ninguna prevención. La obsesión paternal se refleja en otra investigación global que demuestra que al cumplir los 5 años de edad ya existen más de mil fotografías del niño/a circulando por la web.
La tecnología plantea el dilema de evitar no solo la exhibición pública de los menores sino, al mismo tiempo, preservarlos de la orfandad digital. Será inútil oponerse al progreso, tanto como negarles a los hijos el uso de esas nuevas herramientas que son tan propias de su generación.
No cabe otra solución más que la de la responsabilidad parental por un lado, y la ayuda, asistencia y control cuidadoso de la relación que los hijos, cuando crecen, establecen a través de esos nuevos medios de comunicación.
Se ponen en juego deseos personales y derechos; por un lado los deseos de los padres o tutores de publicar de buena fe la vida de sus hijos para compartir el crecimiento, por el otro el derecho a la privacidad de menores y adultos. La exposición pública puede resultar satisfactoria, o en su defecto perniciosa, según las respuestas que promueva.
El Nuevo Código Civil y Comercial de nuestro país afortunadamente contiene la figura de la “Responsabilidad parental “, práctica desconocida por un gran número de personas, para proteger los derechos de los menores y evitar que el porcentaje de niños expuestos no llegue a niveles como en los Estados Unidos donde el 92% de los menores de dos años tienen presencia en las redes y un tercio debuta con su primera publicación antes de culminar el primer día de vida.
En el mundo, el 70% de los mayores ignora que la tecnología digital funciona también como un medio para cometer delitos, como lo hacen los pedófilos al capturar imágenes de niños desnudos y usarlas para fines perversos. La imagen o posteo puede derivar en el ciberbullying (maltrato y discriminación hacia menores), el grooming (acoso sexual desde la web), la suplantación de la identidad, el robo de datos, la inseguridad (secuestros a través de información brindada por la red), entre otros.
Según la Universidad de Michigan, el 56% de los padres suele subir fotos vergonzosas de sus hijos sin su consentimiento, dando lugar a que en la adolescencia padezcan de “ciberacoso o ciberbullying” en base a esos posteos humillantes.
En la Argentina todavía no se considera un delito el secuestro de imágenes, y ésa es una deuda legislativa; y aunque el robo de datos sí está considerado es preciso que los adultos preserven los nombres completos y la ubicación real de sus hijos para que ellos no aparezcan en los motores de búsqueda.
(*) Legislador porteño por Vamos Juntos. Participó de un encuentro con el relator especial de la ONU sobre el derecho a la privacidad, Joe Cannataci, sobre delitos cibernéticos y derecho a la privacidad.