El ministro de Seguridad bonaerense destacó que se trata de “un instrumento más que acentúa la lucha contra los robos y asesinatos cometidos por delincuentes que utilizan la moto como vehículo”.
El ministro de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, Cristian Ritondo, celebró la ley dictada recientemente para combatir el delito en moto y destacó que se trata de un “instrumento más que acentúa la lucha” contra los “motochorros”.
“La aprobación de esta ley implica que cuando trabajamos juntos y enserio se consiguen buenos resultados, ésta ley es producto del consenso entre diputados y senadores que representan cada uno distintos municipios”, expresó Ritondo, quien impulsó la ley a través de los diputados Matías Ranzini, además presidente de la Comisión de Seguridad, y Carolina Píparo.
“Quiero que quede claro que esta ley no busca desalentar el uso de la moto como vehículo o pasatiempo, ya que “un motociclista no es un motochorro”, agregó el ministro de Seguridad.
Además, Ritondo resaltó: “En ésta gestión los operativos contra el delito en moto se intensificaron”, y resaltó la importancia de la aprobación de la Ley para acompañar el trabajo que se viene realizando desde su cartera, ya que la calificó como “fundamental” y “un instrumento más que acentúa la lucha contra los robos y asesinatos cometidos por delincuentes que utilizan la moto como vehículo”.
“Cómo lo vengo diciendo, queremos que los bonaerenses no sientan más miedo cuando una moto pasa por su lado”, resaltó el ministro.
Por su parte, el diputado Zarateño, Matías Ranzini sostuvo: “Esta ley profundiza la política de seguridad del gobierno y nos acerca a los intendentes” y enfatizó: “Moto que se encuentra en infracción, moto que será secuestrada” .
Además, Ranzini dijo: “Los motociclistas individuales no tienen de qué preocuparse, sólo será en determinadas áreas y enfocado en el posible acompañante”.
Los puntos más importantes del proyecto
El primer punto importante de resaltar es que la provincia y el municipio deben ponerse de acuerdo para definir la zona de exclusión de acuerdo al índice de este tipo de delito.
Sólo el acompañante deberá llevar chaleco con identificación refractaria en la zona de exclusión. Y ambos deben usar casco con la identificación del registro dominal de la moto. En la zona de exclusión se puede dar que se prohíba el doble acompañante, esto dependerá de lo que acuerden Provincia y Municipio.
Es importante destacar que para no afectar de inicio la autonomía municipal, y porque cada uno de los 135 municipios tiene una particularidad distinta, cada municipio tiene un plazo de hasta 45 días para enviar al Ministerio de Seguridad el diseño geográfico y horarios donde son obligatorios el uso de los chalecos reglamentarios y el casco reglamentario. En caso de no hacerlo será el mismo Poder Ejecutivo Provincial quien determine esas zonas y horarios.
Además, es imperativo que el gobierno provincial y los distintos municipios estén en constante relación promoviendo la costumbre del uso del chaleco y casco reglamentario. También deberán exigir que el expendio de combustible se realice sólo a quienes cumplan con la ley.
Si la fuerza policial detecta una infracción, automáticamente se le retiene la moto, y el dueño tiene un máximo de 80 días de corridos para retirarla, de lo contrario va a compactación o donación.