Fue luego de que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires apartara al juez Roberto Gallardo.
El juez federal Ariel Lijo resultó sorteado hoy para intervenir en una denuncia presentada por el juez de primera instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires, Roberto Gallardo, por posible violación a la ley de Inteligencia por parte de autoridades del Gobierno porteño, en el marco de la utilización del sistema de reconocimiento facial de prófugos (SRFP).
Lijo quedó a cargo de la denuncia que presentó anoche por vía electrónica Gallardo contra Marcelo D´Alessandro, Ministro de Justicia y Seguridad de la CABA; y Gastón Leopoldo Navarro, subsecretario de Tecnología e Informática del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA, informaron fuentes judiciales.
También contra Cecilia Inés Amigo (coordinadora del Plan Integral de Videovigilancia de la CABA, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA); y Mariano Córdoba (Jefe de Sistemas de la Subsecretaría de Tecnología e Informática en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la ciudad de Buenos Aires).
El magistrado presentó la denuncia penal luego de conocida la noticia de su apartamiento, por parte de Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires, de la causa en la que se investigan posibles irregularidades en el uso de datos biométricos por parte de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del SRFP.
“La información recolectada incluso hasta este estado de la causa permite observar el posible uso indebido de los datos biométricos por parte de ciertos dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA”, sostuvo el juez Gallardo en el oficio que envió a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal con sede en Comodoro Py 2002.
En el oficio al que accedió Télam, el juez Gallardo recordó que “el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos será empleado únicamente para tareas requeridas por el Poder Judicial de la Nación, Provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también para detección de personas buscadas exclusivamente por orden judicial, registradas en la Base de Datos de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (Conarc)”.
También puso de relieve que, de acuerdo a la normativa vigente, “salvo orden judicial, se encuentra prohibido incorporar imágenes, datos biométricos y/o registros de personas que no se encuentren registradas en el Conarc”.
Según pudo reconstruir esta agencia, en lo últimos días el juez Gallardo había recibido los resultados del peritaje requerido a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en relación a los elementos secuestrados en la causa de la que fue apartado y allí se aseveraba que “existen personas que no deberían encontrarse en la base de datos del SRFP”.
En el mismo informe se señaló que “se estableció que las alertas emitidas por el SRFP a los distintos oficiales de policía, para la detención de las personas, son remitidas a través del programa de mensajería instantánea Telegram indicando que no existe en el propio un seguro para el tratamiento de los datos personales sensibles”.