El juez Alfredo López consideró que su impulsor, Gustavo Vera, carece de la representatividad del Estado nacional que invocó en la presentación.
El juez federal Alfredo López rechazó in límine el recurso de amparo presentado por el titular del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas, Gustavo Vera, que pretendía frenar la vigencia de la ordenanza que regula la Zona Roja.
El magistrado consideró que la Secretaría de Coordinación Presupuestaria y Planificación del Desarrollo –que tiene bajo su órbita al Comité– carece de la representatividad del Estado nacional, debido a que depende de la Jefatura de Gabinete de la Nación, por lo que debió ser esa dependencia la impulsora de la medida cautelar.
López no se pronunció sobre la ordenanza aprobada por mayoría en el Concejo Deliberante el 24 de junio, sino que marcó inconsistencias en la presentación judicial. Puntualizó, por caso, que no identifica debidamente al demandado: en algunos tramos habla de la Municipalidad y en otros menciona al Concejo Deliberante.
El juez reveló además que, apenas se formalizó el amparo, estaba vencido el nombramiento de Vera, por lo que otorgó 20 días para subsanar ese inconveniente administrativo. Luego dio vista a la Fiscalía y emitió su resolución.
La ordenanza en cuestión creó el Programa Zonas Seguras de Protección Integral “a fin de promover medidas focalizadas para la prevención de la violencia y los delitos en las zonas del Partido de General Pueyrredon donde se ejerza la prostitución”.
Estableció que la oferta y/o demanda de sexo en la vía pública solo podrá llevarse a cabo en los lugares y horarios específicamente habilitados por el Departamento Ejecutivo Municipal, y aclaró que “no podrá llevarse a cabo en lugares en los que hubiere vecinos frentistas con residencia domiciliaria”.
Determinó un plazo de 45 días corridos, a partir de la publicación de la norma, para la recepción de solicitudes o la realización de reuniones para la determinación de los lugares y horarios en que se podrá ejercer la prostitución en la vía pública. Vencido dicho plazo, el Departamento Ejecutivo Municipal los determinará sin más trámite.
De acuerdo con la reglamentación de la norma, el plazo para definir el lugar se extenderá hasta el 8 de septiembre. Según trascendió, la zona en la que se ubican los cementerios Parque y Colinas de Paz, en el sur de Mar del Plata, es una de las principales opciones que evalúa el municipio para trasladar la denominada Zona Roja.
Fuentes oficiales admitieron que la calle 10 de Febrero, a 100 metros de la avenida Antártida Argentina, es uno de los lugares donde pondría desarrollarse la actividad de oferta sexual en la vía pública, aunque aclararon que todavía no hay una definición concreta.
De verificarse la oferta y/o demanda de sexo en lugares u horarios no habilitados, se impondrá a los incumplidores una multa de 1000 a 5000 Unidades Fijas (que se calcula por el valor de la nafta) o un arresto de entre cinco y 30 días.