Los servicios penitenciarios federales de Ezeiza y Marcos Paz impidieron su alojamiento en una cárcel común por no tener cupo, y el provincial tampoco aceptó recibirlo. "Está viviendo en una oficina hace dos meses", describió el letrado Mauricio Varela.
La Justicia Federal rechazó en las últimas horas un posible arresto domiciliario para el pastor Roberto Luis Justo Tagliabue (58), detenido desde agosto por estar acusado de explotación laboral y reducción a la servidumbre de adictos que frecuentaban su templo del barrio Santa Rita, y tras recibir el revés judicial su abogado interpuso un recurso de habeas corpus.
“Está viviendo en una oficina hace dos meses”, describió el letrado Mauricio Varela, quien además le contó a LA CAPITAL que su cliente no pudo ser trasladado a los penales de Ezeiza y Marcos Paz porque el Servicio Penitenciario Federal manifestó que ninguno tiene cupo. En tanto, el provincial tampoco aceptó recibirlo, por lo que el profesional reclamó que continúe aguardando el desarrollo del proceso preventivamente encerrado en su casa.
Según Varela, la salud mental de su representado “corre riesgo” y la Justicia “no da respuestas”. “Mi defendido desde el momento en que ha sido privado de su libertad –habiendo acontecido aquello el día 3 de agosto- ha sido alojado en el Destacamento de la Policía Aeroportuaria, concretamente dentro de una oficina del lugar. Se encuentra atravesando un agravamiento de las condiciones de detención, toda vez que como el de total conocimiento, el recinto donde es alojado actualmente mi pupilo, no cuenta con la habilitación para ello”, señaló el abogado en el documento.
Y añadió: “No posee las condiciones correspondientes para proceder con un encierro –ya sea de carácter precautorio como el que deviene transitando mi ahijado procesal, ni así tampoco definitivo. (Es) un establecimiento no preparado para ello, ya deviene ser sumamente excesivo. La situación de mi ahijado procesal, es a todas luces contraria a todos los derechos que no sólo nuestra Constitución Nacional prevé, sino así también el Derecho Internacional”.
El letrado precisó que Tagliabue “resulta ser una persona con una enfermedad crónica incurable, denominada diabetes -la cual al día de la fecha se encuentra sumamente avanzada en su humanidad, pero la cual ha podido ser exitosamente tratada, sólo si cumple las pautas indicadas clínicamente-, razón por lo cual, requiere de actividad física diaria, a los fines de evitar desmejoras en su condición”. “Como puede observarse, la situación de encierro actual, no sólo vulnera el derecho de mi defendido, en ser detenido dentro de un recinto habilitado para tal fin, sino que también, los efectos de esta privación de la libertad, han comenzado a afectar otros derechos fundamentales, como en este caso, el derecho a la salud e integridad física”, indicó.
Según el abogado, los efectos del actual alojamiento dentro del Destacamento de la Policía Aeroportuaria han impactado negativamente sobre Tagliabue, quien se encuentra imposibilitado de realizar cualquier tipo de actividad, ya sea deportiva o recreativa.
“El agravamiento de las condiciones de encierro que deviene sufriendo el Sr. Tagliabue, configura una clara violación a todas las garantías constitucionales vigentes, así como también a todo derecho fundamental. Recordemos que en caso de recaer condena, o en este caso el objeto del encierro precautorio, tiene el sólo efecto de privar a la persona de su libertad ambulatoria, siendo imposible afectar demás derechos, puesto que de lo contrario, nos encontraríamos frente a una flagrante violación de todo derecho humano En ese orden, se recuerda que las penas no deben ser humillantes, ni degradantes, sino por el contrario, encontrarse orientas a la resocialización del sujeto condenado o encerrado preventivamente”, concluyó.
El caso
La detención de Tagliabue se registró el miércoles 3 de agosto pasado en su vivienda de Génova al 8000, después de que se avanzara con una investigación que se desarrolló en los últimos meses. El operativo fue realizado entonces por el personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), que también allanó luego el templo de la calle Brumana.
Vale destacar que en la casa del imputado también funcionaba un hogar para hombres de la calle y en la planta baja un almacén. En la vereda opuesta, el pastor tenía una forrajería y algunos de los denunciantes, personas que habían recibido alojamiento, aseguraron que eran obligados a trabajar en dichos comercios.
La causa había comenzado de una manera singular en 2021, cuando un joven fue detenido en esa despensa por un supuesto intento de asalto. En ese momento otros dos hombres que estaban en el lugar evitaron esa maniobra y lo castigaron duramente, para ponerlo a disposición de la policía. Sin embargo, al declarar, el acusado dijo que había asistido al lugar por un llamado del pastor y que allí recibió una feroz golpiza y que eso sucedía porque había contado que el pastor sometía a los hombres alojados en el hogar.
Dicha declaración alertó a las autoridades federales que abrieron un expediente para investigar si era cierto o no, y finalmente se reunió prueba suficiente que justificó los allanamientos de este miércoles. Tras ello, se ordenó la clausura del almacén y de la forrajería, aunque las autoridades judiciales permitieron que continuara en funcionamiento el hogar de contención, ya que había personas alojadas allí. En tanto, el templo del barrio Santa Rita fue clausurado.
Con la asistencia del abogado defensor Mauricio Varela, Tagliabue declaró ante el juez Inchausti y los representantes del Ministerio Público Fiscal Federal, y juró su inocencia. “¿Qué estoy haciendo yo acá, juez?”, dijo. Y enseguida agregó: “Yo ayudo desde la fe”.
El detenido explicó que realiza un trabajo social, de “ayuda al prójimo” ya que a su templo acuden familias que tienen hijos con problemas de consumo, adicciones y en condiciones de vulnerabilidad. Ante esta situación, el pastor señaló que realizó un curso de “rehabilitación a través de la fe” y que incluso también acoge a personas bajo que se encuentran bajo prisión domiciliaria con tobillera electrónica, y que son derivadas por diferentes juzgados.
Tagliabue indicó que el hogar, que funciona frente a su casa arriba de una forrajería, posee jerarquías entre las personas que ingresan y se van recuperando. Al ingresar, las personas están 45 días incomunicadas, sin poder tener celular ni manipular dinero.
En el hogar, a la mañana hacen las oraciones, “reciben la palabra de Dios” y se reparten tareas de limpieza y para mantener el lugar. Luego, Tagliabue explicó que les inculca “el hábito del trabajo”, por lo que les da “changas” como la venta ambulante.
Este es el punto que los acusadores entienden como la autoría del delito de “trata de personas”, ya que el pastor le retiene el dinero a los jóvenes que se encuentran con problemas con adicciones. Según el imputado, se los cuida para dárselo después, pero para el Ministerio Público Fiscal y el juez Inchausti, se los retiene porque los explota y somete.
“No hay trata laboral, es inocente”, consideró el abogado Varela luego de aquella audiencia, en la que las autoridades ordenaron que Tagliabue permaneciera detenido. En ese sentido, el letrado agregó: “Hay mucha gente que me llama, padres de chicos que se recuperaron gracias al pastor que quieren hablar. Dicen que esto desalienta a la gente que intenta ayudar a personas con problemas gravísimos de adicciones”.