Provincia

Pulti: “El DNU viola la Constitución y Espert, la ley”

La Legislatura aprobó dos proyectos del diputado provincial. Uno repudia el Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/23 y, el otro, la rebelión fiscal que impulsó el legislador libertario.

La Legislatura bonaerense aprobó dos proyectos de repudio que impulsó el diputado provincial Gustavo Pulti (Unión por la Patria).

Uno de los proyectos repudia el DNU 70/23 y, el otro, cuestiona el llamado a la rebelión fiscal que hizo meses atrás el diputado nacional José Luis Espert.

Pulti señaló en la sesión que “las consecuencias del decreto están a la vista en los números: la industria manufacturera cayó en marzo un 21,2% y la construcción un 42,2%”. Mientras que los empleos en este sector cayeron “en 48.000 puestos desde diciembre hasta febrero”.

El diputado provincial también refirió: “Nos llama la atención que un decreto que provoca un cambio masivo en la estructura normativa de la Argentina no tenga todavía una manifestación de la Corte. Porque el artículo 3 de la Constitución Nacional señala que ‘el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”.

Y agregó: “Se modificaron 87 leyes y se derogaron 30 en la cara de todos los argentinos. Hay una alteración democrática”.

Pulti remarcó que “además de la violación formal, hay transgresiones sustanciales”, porque la Constitución recoge una visión mayoritaria. “El centro de las preocupaciones, de las acciones y de todas las políticas es el ser humano, y los mercados son instrumentos. En este decreto, con este modelo, este presidente está invirtiendo esto: se protege a los mercados”, planteó.

Repudio a las declaraciones de Espert

Con respecto a las declaraciones del diputado nacional que convocaron a la rebelión fiscal en la provincia de Buenos Aires, Pulti remarcó que “la democracia se construye cumpliendo la ley”. Y añadió: “Con la aprobación de esta iniciativa dejamos en claro que no se puede decir cualquier cosa siendo diputado nacional”

“El proceder de Espert fue una violación al artículo 36 de la Constitución Nacional y puede ser encuadrado en el artículo 230 inciso 2 del código penal, siendo pasible de pena de prisión”, concluyó Pulti.

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