Una ordenanza aprobada ayer por el Concejo Deliberante establece que deberá haber lugares para fumadores y para no fumadores. Las sanciones se aplicarán después del tercer año de vigencia.
El Concejo Deliberante aprobó ayer una ordenanza que establece que tanto en las playas públicas como en los balnearios concesionados por el municipio deberá haber, desde la temporada 2023/2024, lugares para fumadores y no fumadores.
La norma, que fue impulsada por la radical Marianela Romero, implica una restricción: hasta ahora no había legislación local que impidiera fumar en las playas. “Es una tendencia mundial. Mar del Plata debe ir en esa dirección”, dijo la autora de la iniciativa a LA CAPITAL, y puntualizó que, por ejemplo, en los próximos días comenzará la veda en Miami Beach.
“La intención es trabajar en la conciencia social, en el cambio cultural”, agregó Romero, y dijo que por eso la aplicación de la norma no es inmediata. Las sanciones tampoco: empezarán a regir después del tercer año de vigencia.
La ordenanza establece que en las Unidades Turísticas Fiscales (UTF) administradas por el estado municipal, concesiones de prestación de servicios turísticos otorgadas por otros niveles jurisdiccionales y balnearios del sector privado se deberá disponer de espacios libre se humo de tabaco “debidamente señalizados” y “espacios adecuados para fumadores”, en los cuales deberá haber al menos dos recipientes para arrojar las colillas de cigarrillos. La autoridad de aplicación (es decir el municipio) determinará “las dimensiones y características de dichos espacios”.
El Departamento Ejecutivo “podrá disponer de espacios libres de humo de tabaco debidamente señalizados y de espacios adecuados para fumadores en las playas públicas del partido, en los cuales deberá instalar recipientes adecuados para la disposición de las colillas”, agrega la ordenanza.
Además, señala que el gobierno municipal “elaborará un plan de acción para la aplicación gradual de la normativa en las playas públicas, desarrollando acciones tendientes a alcanzar a la totalidad” de las del distrito.
En los sitios en que rija la excepción de fumar, “se deberá informar en lugar visible en su entrada acerca de tal permisividad”, agrega la norma.
Marianela Romero (UCR), autora del proyecto que ayer se convirtió en ordenanza.
Entre los argumentos de la iniciativa, que databa de junio de 2020, Romero había reflejado que las colillas de cigarrillos son la principal causa de basura en los océanos y playas, según un informe de la ONG estadounidense Ocean Conservancy.
El dato se condice “con la información aportada por el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma), que enumera a las colillas de cigarrillos entre los polímeros plásticos más comunes encontrados en la basura marina”, apuntó.
Además, arguyó que “diversos estudios indican que cada colilla puede contaminar entre 8 y 10 litros de agua del mar y hasta 50 litros de agua dulce, afectándose no solamente la calidad del agua, los hábitats, los ecosistemas y la biodiversidad, sino que perjudica también el desarrollo de actividades económicas como la navegación, la pesca, la acuicultura, el turismo y la recreación”.