Estuvo detenido durante dos años, luego de ser acusado por los delitos de asociación ilícita, lavado de dinero, extorsión reiterada y coacción agravada.
La Cámara Federal de la Plata le otorgó hoy la prisión domiciliaria a Juan Pablo “Pata” Medina, ex titular de la UOCRA de la capital bonaerense, tras un pedido de su abogado a raíz de los cambios implementados en el nuevo Código Procesal Penal.
El sindicalista estuvo detenido en la cárcel de Ezeiza durante dos años, luego de ser acusado por los delitos de asociación ilícita, lavado de dinero, extorsión reiterada y coacción agravada.
En noviembre del año pasado, su abogado, César Albarracín, pidió la excarcelación del dirigente sindical ante el Juzgado Federal de Quilmes a raíz de los cambios en el Código Procesal Penal -que limitan el uso de la prisión preventiva- pero el magistrado Luis Armella rechazó la solicitud.
El pedido de la defensa remarcaba que el sindicalista tenía problemas de salud derivados de una huelga de hambre que había realizado, así como otras patologías, y que el “Pata” Medina permanecería en su casa de Villa del Plata, en la localidad de Ensenada, junto a su esposa y sus hijos.
La misma solicitud tuvo una respuesta favorable este martes por parte de la Cámara Federal de La Plata que, como medidas adicionales, ordenó que Medina entregue los documentos de viaje, le prohibió salir del país y también realizar cualquier actividad gremial.
Asimismo, el dirigente tampoco puede aglomerar personas alrededor del domicilio en el que vivirá ni comunicarse por sí o por terceros con miembros de la gestión anterior, actual o futura, de la UOCRA Seccional La Plata u otras seccionales.
Para la Cámara, la realización de cualquiera de estas actividades será causal suficiente para revocar el arresto domiciliario que le fue otorgado.
Los magistrados tomaron la decisión tras evaluar las consecuencias en la salud que podría tener permanecer en prisión para el acusado.
Según los jueces, en el informe médico de Medina se “constata obesidad mórbida, diabetes tipo II, hipertensión arterial con leve compromiso hemodinámico, síndrome sensitivo con parestesias e hipoestesia en región de ambos miembros inferiores a nivel pies y antecedente de ACV isquémico de larga data”.
Además, la prisión preventiva le fue otorgada a raíz de los cambios en el nuevo Código Procesal Penal.
La nueva legislación limita las medidas de prisión preventiva, al enunciar parámetros diferentes a los actuales y enfocarse en si existe o no peligro procesal por posible fuga o entorpecimiento, además de anteponer una serie de medidas antes de la prisión.