El patrimonio del secretario de Economía, un misterio. El funcionario no respeta una ordenanza que está en vigencia hace más de 20 años.
Desde hace más de 20 años existe una ordenanza municipal que establece la obligatoriedad que tienen los funcionarios de presentar sus declaraciones juradas. Al mismo tiempo, la Municipalidad está adherida a la ley provincial que regula el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales. Sin embargo, en lo que constituye un doble incumplimiento, de los más de 220 funcionarios que conforman el Ejecutivo y el Concejo Deliberante, solo hay uno que jamás presentó su declaración: Hernán Mourelle.
Esta situación no pasó inadvertida para el Tribunal de Cuentas, que al observar en detalle el ejercicio 2017 constató que para entonces ni el secretario de Hacienda ni el actual director general de Protocolo, Hernán Tillous, habían presentado sus declaraciones juradas.
Ante los incumplimientos, el Tribunal formuló observaciones al intendente Arroyo (quien también se había resistido a presentar su declaración jurada en la primera etapa de gestión), a Mourelle y a Tillous.
Aunque tarde (a mediados de 2018) el director de Protocolo terminó ajustándose a la ordenanza y presentó su declaración jurada, en la que constan un inmueble y dos vehículos.
No obstante, el Tribunal de Cuentas dejó en claro que “las presentaciones del 2018 no subsanan las omisiones y falencias verificadas en el ejercicio 2017” y por eso realizó observaciones sobre el proceder de Tillous.
Pero el organismo hizo foco en el único funcionario que jamás puso a disposición pública su declaración jurada. Al día de hoy, a menos de ocho meses para finalizar la gestión, Mourelle sigue sin presentarla.
Pese a haber sido notificado, “Hernán Mourelle nada responde sobre el presente tema” y debido a que en 2018 el funcionario tampoco presentó su declaración jurada, “la Relatoría del Tribunal de Cuentas confirma el incumplimiento” que derivaría en futuras sanciones al hombre que administra y gestiona las finanzas municipales, paradójicamente el único que jamás blanqueó sus bienes, en infracción a la ordenanza municipal y la ley provincial que establece la obligatoriedad del proceso.