Citados por la fiscal María Isabel Sánchez, se remitieron a sus declaraciones previas. Con este acto se cerraría la instrucción y solo resta que la fiscal pida la elevación a juicio.
Matías Farías, Juan Pablo Offdani y Alejandro Maciel, los tres imputados por la muerte de la menor Lucía Pérez (16), se remitieron a sus declaraciones anteriores al presentarse esta mañana en tribunales por una citación de la fiscal María Isabel Sánchez.
Las audiencias duraron unos pocos minutos y estuvieron motivadas en el cambio que realizó Sánchez a las acusaciones después de haber recibido los resultados de la junta médica de la Suprema Corte.
Ahora la fiscal deberá preparar la elevación a juicio, plazo que se vence para esa solicitud dentro de 10 días.
Asimismo, la defensora oficial María Laura Solari presentó un pedido de cese de detención para Maciel, por considerar que quedó establecido que no existió el hecho que se le imputa.
Tal como lo define el Código Procesal, Sánchez se vio en la obligación de citar a indagatoria (artículo 308) a los tres por cambiar las imputaciones principales y agregar acusaciones alternativas. Farías fue notificado de la imputación de abuso sexual con suministro de estupefacientes agravado por el resultado muerte y femicidio en concurso ideal, artículo 124 y 80 inciso 11. Antes Farías estaba acusado de abuso sexual seguido de muerte en concurso con femicidio.
A Offidani se le mantuvo el rol de partícipe necesario, por considerar que tuvo incidencia decisiva para que el hecho imputado a Farías se consumara, mientras que a Maciel también se le mantuvo la acusación de encubrimiento agravado.
Esto significa que, a pesar de las conclusiones de la junta médica, la fiscal Sánchez entendió que los peritajes anteriores –Adalberto Bonvicini y perito Claudia Carrizo de Policía Científica- son los que aportan la verdad científica acerca del abuso sexual.
Lo novedoso es la acusación alternativa, ya que mantiene la misma para Farías pero cambia las de Offidani y Maciel por “abandono de persona seguida de muerte”. Aquí la fiscal entiende que, si Offidani no participó ni siquiera como partícipe de lo sucedido entre Farías y Lucía, y que Maciel no lavó el cuerpo, incurrieron en abandono de persona. Esto es porque no pusieron en conocimiento de ninguna autoridad de salud y que su demora obturó cualquier posibilidad de auxilio sanitario.
La causa que investiga la muerte de Lucía Pérez se transformó en un laberinto con sorpresas a cada vuelta de esquina. La hipótesis inicial que refería que la menor había sido drogada en contra de su voluntad hasta quitarle la conciencia, luego abusada sexualmente, en ese contexto empalada para causarle la muerte y luego lavada para borrar huellas ya no puede ser sostenida.
Por lo pronto la fiscal reconoce en parte a los peritos médicos de la Suprema Corte y entiende, ahora sí, que la muerte no fue por empalamiento, tampoco por sofocación, tal como lo había impulsado el perito Bonvicini. Confirma lo de la asfixia por causas tóxicas.
En este nuevo escenario, la fiscal Sánchez reconstruye el hecho diferente: Farías y Offidani le suministraron droga a la menor y el consumo causó un estado en el que se produjo el abuso sexual. La fiscal habla que el acto sexual fue brusco y violento. Luego, estima que la muerte ocurrió por la congestión y edema pulmonar.
El desafío de entender este complejo expediente judicial pasará en los próximos días a manos del juez de garantías, Gabriel Bombini, quien deberá resolver cuando le llegue la elevación a juicio. Lo más probable es que considere que la mejor instancia para echar luz sea el debate, donde tendrán un rol principal los peritos: los dos en los que se apoya la fiscal para mantener la imputación y los cinco que dicen que los hechos no sucedieron de esa manera.
Lucía Pérez murió el sábado 8 de octubre del año último después de pasar toda la mañana en la casa de Farías, a quien había conocido el día anterior en ocasión de comprarle estupefacientes.