El juez Gómez Urso le aplicó una pena de 4 años y 9 meses de prisión pero no ordenó la detención ya que no fue solicitado por el Ministerio Público Fiscal.
Un hombre de 61 años fue condenado a la pena de 4 años y 9 meses de prisión por confirmarse que atacó con extrema violencia a su pareja a fines del 2017 en la vivienda que compartían en el Bosque Peralta Ramos.
El juez Facundo Gómez Urso aceptó la acusación fiscal y dio por probado los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, lesiones graves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas por un hombre contra una mujer mediando violencia de género y amenazas simples en concurso ideal.
Sin embargo el miembro del Tribunal Oral N°1 no hizo efectiva la detención debido a que no fue solicitada por la fiscal del caso Graciela Trill, quien entendió que como el imputado llegó en libertad al proceso y no lo había entorpecido previamente debía seguir en esa condición. Eso sí se ordenó la prohibición absoluta de acercamiento de Paredes a menos de 200 metros del domicilio de la víctima o en cualquier otro lugar, siempre que ello fuero ostensible y conocido por el imputado. También el juez Gómez Urso prohibió la salida del país sin previa autorización.
El caso se registró el 18 de diciembre de 2017 en la casa que Carlos Paredes compartía desde hacía seis con la víctima Ivana Kokotailo. En esa madrugada la mujer regresó de ver un espectáculo de baile flamenco en el que participaba una amiga y Cáceres la interceptó en la entrada misma del domicilio. A partir de ese momento y por un par de horas, la agresión física y psicológica sufrida por Kokotailo quedó corroborada en la investigación. Además los informes médicos confirmaron “traumatismo de cráneo, tumefacción en región frontal, hematoma en dígito presión brazo derecho y glúteo izquierdo.También se le diagnosticó hipoacusia mixta, con debilitación permanente del sentido de audición”.
Varios testigos, incluso de vecinos que intentaron intervenir para evitar el prolongado ataque, declararon en detalle la situación vivida por la mujer, lo cual sumó elemento de convicción al juez Gómez Urso.
El imputado, tanto en su comparecencia durante la instrucción como en el juicio, se orientó en desprestigiar a la víctima según el fallo y en ese sentido remarcó que era una a mujer que tomaba alcohol, fumaba marihuana e inclusive, en un pasaje del debate, empezó a ventilar cuestiones de la intimidad personal.
Los representantes de Kokotailo, los abogados Marcelo Peralta y David Sorribas Loubet, adelantaron que analizarán la sentencia y, si bien admitieron que la pena es buena, intentarán en la siguiente instancia hacer que la prisión sea efectiva.