Crecieron las denuncias por usurpación, aún en el marco de la cuarentena, tanto de viviendas como de terrenos. Solicitan que los vecinos estén atentos y reporten las ocupaciones. Desde la Justicia desmintieron que no se puede desalojar a los usurpadores si hay menores involucrados.
En los primeros nueve meses del 2020 se receptaron 534 denuncias penales por usurpación de inmuebles o terrenos, una cantidad casi similar a la del mismo período del año pasado pero con la salvedad de que existen restricciones para la circulación.
Estos números significan cerca de 59 denuncias por mes, un registro importante por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) decretado por el gobierno nacional.
El porcentaje sufrió un leve ascenso con respecto al 2019: desde enero a septiembre del año pasado se recibieron “522 denuncias por el delito de usurpación de inmueble”, según informó la Fiscalía 12.
Aún lejos de las imágenes de ocupación de tierras que se observan en otros lugares del país, como el interior o el mismo conurbano, la problemática existe en Mar del Plata. “Hay un incremento de los delitos de usurpación”, reconocieron en la Fiscalía 12 y advirtieron que “por efecto del ASPO casi no hubo actividad durante dos meses”, en referencia a abril y mayo.
Formas
El derecho penal define a la usurpación como el delito de apoderarse “violentamente o con intimidación” de un inmueble o de un derecho de otra persona.
La mecánica para la usurpación de un inmueble o terreno es similar, ya que se ingresa a las propiedades de manera clandestina y violenta y se toma posesión cuando el propietario está ausente.
Por lo general se producen en barrios alejados del centro, como pueden ser Acantilados, San Jacinto, Playa Serena, Camet, o Sierra de los Padres, entre otros.
La usurpación es un delito excarcelable, pero generalmente suele estar acompañada de otros delitos como falsificación de documentos o robo, por lo que los usurpadores pueden terminar teniendo una condena de prisión efectiva.
Desde la vereda de enfrente la cuestión es más complicada, ya que ser víctima puede ser tedioso y prolongado: aunque la investigación se acelere, recuperar el inmueble puede llevar desde algunas semanas hasta varios meses. La Justicia de Garantías es la encargada de ordenar el desalojo del usurpador.
La Fiscalía recibe las denuncias de usurpación que le llegan de la policía, ya que el damnificado debe llamar al 911. Por eso, en la fuerza se difundió una instrucción general a todas las comisarías para saber cómo debe actuar ante una posible usurpación. Los uniformados deben respetar dos cuestiones clave: solicitar la documentación del inmueble o lote y realizar una buena inspección ocular.
Para llegar a ese punto es importante que la denuncia se haga con rapidez. “Lo que hay que tener en cuenta es que el delito de usurpación es instantáneo, pero de acuerdo a la ley nosotros tenemos 3 años para poder investigarlo. Luego de ese tiempo el delito prescribe”, explicaron desde la Fiscalía 12. En caso de que la ocupación sea anterior a esos tres años, la Justicia “ya no tiene posibilidades de hacer nada”.
“Para nosotros es importantísimo enterarnos inmediatamente porque la usurpación es un delito como todos: cuanto más pasa el tiempo, más complejo es obtener las pruebas”, detallaron.
Movimientos
“Acá, en el barrio, es una constante. Muchos alambran y después levantan una ‘parecita’ y le ponen un techito de lona y ya no los sacás más”, explicó a LA CAPITAL, Cecila, vecina del barrio Los Acantilados.
Ella -junto a sus vecinos- aseguró que “estamos todos los días atentos” a cualquier movimiento extraño, ya sea de personas o de tránsito vehicular porque “acá nos conocemos todos y si aparece alguien de afuera nos damos cuenta”. Asimismo, denunció que “muchos vienen tranquilos a ocupar los terrenos, porque alguien ya se los marcó como que no tienen dueño, entonces nadie los va a reclamar”.
A entender de la vecina, lo usurpadores ya llegan preparados porque “se instalan y hasta hacen los trámites, como la certificación de domicilio, y después empiezan con el pedido de los servicios. Por eso hay que estar vivos, atentos, para que no se instalen, porque después te salen con la usucapión”.
La usurpación o prescripción adquisitiva es un modo de adquirir derechos reales, como el dominio (propiedad), por el transcurso de un determinado tiempo fijado en la ley: 20 años. Después se ese período, siempre y cuando el “usurpador” haya pagado los impuestos y demostrarlos, tendrá derecho sobre el bien en cuestión.