Plantearon su preocupación por la media sanción de un proyecto en la Legislatura que modifica el monto por el que se condena al empleador. A raíz de ello, solicitaron una mesa de trabajo “urgente” con senadores bonaerenses para detener la “expansión de la industria del juicio” y las posibles "graves consecuencias para las pymes locales".
La Unión del Comercio, la Industria y la Producción de Mar del Plata (UCIP) y las cámaras hotelera y gastronómica de Mar del Plata plantearon su “honda” preocupación por la media sanción que le dio la Cámara de Diputados bonaerense al proyecto de ley que modifica la fórmula para establecer las indemnizaciones laborales.
Se trata de una modificación de la forma en que se calculan los intereses en las sentencias por juicios de este tipo, a través de un cambio en el artículo 48 de la ley 11.653 de Procedimiento Laboral.
El proyecto establece que el monto indemnizatorio por el que se condene al empleador se deberá actualizar según el CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) + 6% anual. El cálculo de tiempo se deberá computar desde la fecha de cese de la relación laboral hasta el efectivo pago de la indemnización correspondiente.
El sistema de actualización, que ya se ha utilizado en los juicios laborales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), “ha conllevado a un resultado manifiestamente desproporcionado que prescinde de la realidad económica de las empresas demandadas”, planteó la UCIP.
El CER implica una indexación basada en el índice de precios al consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) y contiene su fórmula de capitalización diaria, “con lo cual contrariaría la legislación vigente en cuanto a la prohibición del art. 770 del Código Civil y también de los art. 7 y 10 de la ley 23.928 (en versión Ley 25.561)”.
“Corresponde advertir que la naturaleza del CER fue la de índice en lugar de tasa propiamente dicha, cuyo origen incluyó la conversión forzosa de depósitos bancarios en moneda extranjera a pesos. Es decir, que se interpreta erróneamente considerar que la simple regulación por parte del Banco Central convierte esta herramienta financiera en una ‘tasa’. Y, aún más, en una tasa adecuada para la actualización de créditos laborales”, resaltó la organización que conduce Blas Taladrid.
La aplicación de la actualización prevista en la reforma del artículo 48 de la Ley 11.653 “no solo es un fracaso en encontrar una solución a la problemática original y derivada (depreciación de los créditos laborales), sino que continúa generando un resultado desproporcionado y de significativo impacto para las empresas, comprometiéndolas a su cierre y/o reducción”.
“Es por ello que entendemos que el parámetro de la tasa debe ser modificado concretamente por uno que se encuentre dentro del sistema bancario y sin una actualización extra, ya que la misma se encuentra incluida en la misma tasa”, apuntó la UCIP.
A raíz de esta situación, la entidad exhortó a los senadores provinciales a convocar “una mesa de diálogo urgente con el sector empresario para evitar esta modificación legislativa que traerá graves consecuencias para las pymes locales”.
“Además, expresamos muchísima preocupación por el reciente fallo ‘Barrios’ de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires del 17 de abril del 2024, cuyo criterio sienta un precedente de actualización de CER+6%, al igual que lo que hoy se intenta legislar. Por eso solicitamos a los miembros del tribunal que revean este parámetro tan perjudicial para las pymes y la creación de empleo. Y que beneficia a la expansión de la industria del juicio”, concluyó la UCIP.
Al igual que las organizaciones mencionadas, adhieren al reclamo la Cámara de Empresarios de Balnearios, Restaurantes y afines de la Costa de Mar del Plata, la Cámara de la Recreación, la Cámara Textil de Mar del Plata, la Cámara de Permisionarios del Nuevo Centro Comercial del Puerto de Mar del Plata y el Centro de Constructores y Anexos.