Gustavo Arrativel (59) recibirá la próxima semana la sentencia de un juez en un particular juicio de una sola audiencia. El magistrado deberá resolver si Arrativel es internado compulsivamente o puede quedar sometido a un tratamiento psiquiátrico voluntario.
Un juez resolverá el próximo viernes si Gustavo Arrativel (59), el hombre que causó el incendio en la distribuidora Torres y Liva a fines de 2019, debe ser internando compulsivamente en un centro psiquiátrico o si se le puede dar el derecho a un tratamiento voluntario.
Juan Manuel Sueyro, integrante del Tribunal Oral N°3, dirigirá el singular juicio previsto desde hace meses aunque reducido solo a una audiencia en la que se tomará la decisión en base a los informes de los peritos psiquiátricos.
Desde el momento en que el fiscal Juan Pablo Lódola solicitó la realización del debate se aclaró que solo se hacía con el objeto de, en ese marco, dictar la inimputabilidad de Arrativel. Tanto Lódola como la defensora oficial Victoria Sosa estimaron que no había dudas sobre la materialidad de los hechos ni la autoría penalmente responsable de Arrativel, un hombre en situación de calle que en diciembre de 2019 decidió iniciar un incendio en los medidores de luz de la distribuidora ubicada en Rivadavia y 20 de septiembre.
En principio se iba a llevar a cabo un juicio con la presencia solamente de los peritos psiquiatras y psicológicos, quienes debían cumplir el clave papel de explicar la condición de salud mental de Arrativel.
Sin embargo, en los últimos días Lódola y Sosa coincidieron en lo innecesario también de ello y aceptaron incorporar por lectura las conclusiones periciales. Esa determinación, aceptada por el tribunal, derivó en que el juicio solamente quedará limitado a una audiencia en la que el juez Sueyro tendrá contacto directo con Arrativel antes de tomar una determinación.
A diferencia de lo que sucedía con anteriores versiones del Código Penal, ahora un juez, ante un escenario de inimputabilidad (es cuando el acusado no pudo haber comprendido la criminalidad de sus actos ni el proceso al que se lo somete), puede dictar una medida de seguridad por un plazo no mayor al máximo de la pena prevista por el delito. En este caso, el tope de pena es de 15 años por el delito de “incendio agravado por peligro de muerte para las personas y daño en concurso material entre sí”.
El juez se basará en los informes de peritos para saber si Arrativel es peligroso para sí o para terceros que justifiquen esa medida. En cambio si no lo es, no dispondrá medida de seguridad y se pondrá a Arrativel bajo la tutela de un Juzgado de Familia que podrá dictar una internación voluntaria.
Vale recordar que el 15 de diciembre de 2019 un incendio destruyó las instalaciones de la distribuidora y afectó a varios edificios y domicilios de la manzana comprendida entre las calles Rivadavia, San Martín, 14 de Julio y 20 de septiembre.
En un primer momento se pensó en un siniestro accidental o causado por algún desperfecto, pero la investigación del fiscal Rodolfo Moure y la policía local dieron con un “iniciador” del fuego en los medidores de luz. Luego fue el fiscal Lódola (el caso salió de la órbita de los hechos culposos y pasó a los dolosos) el que en una minuciosa tarea dio con Arrativel.
Hechos anteriores en otros puntos del centro de Mar del Plata, cámaras de videos, testimonios y los elementos secuestrados entre sus escasas pertenencias, transformaron a Arrativel en imputado. El análisis posterior de la prueba confirmó que se trataba del autor del incendio, aunque su condición mental impidió que declarara.