Rechazó una medida cautelar iniciada por un contribuyente por considerar “inviable la existencia de confiscación patrimonial” pese a haberse incrementada el valor de la TSU.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo N°1 falló a favor del municipio y rechazó una medida cautelar iniciada por un contribuyente con la finalidad de suspender la cobranza de la Tasa de Servicios Urbanos (TSU).
Para el juez Simón Isaach es “inviable la existencia de confiscación patrimonial” pese a haberse incrementada el valor en la ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante y promulgada por el Departamento Ejecutivo Municipal el pasado 23 de enero.
Por esas circunstancias, la vigencia de la TSU actual mantiene su legalidad y aplicación tal como se derivan de los concordantes decisorios judiciales fundado en normas sustanciales y constitucionales.
El defensor del Pueblo, Fernando Rizzi, había acompañado el reclamo del contribuyente por considerar que el aumento de la Tasa de Servicios Urbanos es “inconstitucional” y había instado al municipio de “analizar seriamente” una modificación.