El máximo tribunal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal pedido por la querella por considerarlo "inadmisible" y sostuvo el fallo del juicio por jurados en el que se resolvió que los tres imputados de abuso sexual eran "no culpables".
Tras años de un proceso judiciales lleno de idas y vueltas, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechazó un recurso extraordinario federal pedido por la querella y la causa conocida como “Camping el Durazno” no irá a la Corte Suprema de la Nación y se sostiene que los tres imputados de abuso sexual son “no culpables” y no volverán a ser juzgados.
El pasado 21 de marzo, el máximo tribunal de la Provincia de Buenos Aires había reafirmado que los juicios por jurados no pueden ser apelados y revocó el fallo de Casación que ordenaba la realización de un nuevo juicio por el caso del Camping El Durazno, en el que tres jóvenes fueron acusados de abusar de una menor de edad.
De esta manera, se confirmó la decisión de no culpabilidad que habían tomado los 12 miembros de un jurado popular en diciembre de 2021 respecto a Lucas Pitman, Tomas Jaime y Juan Cruz Villalba.
La inconsistencia del pronunciamiento de Casación, que no analizó adecuadamente la intervención de la Asesora de Incapaces ni la presencia de un perjuicio efectivo durante la declaración de la víctima, la falta de correlación entre las normas citadas en la decisión de Casación y lo efectivamente fallado, especialmente considerando que se objetaba un veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular y la omisión de considerar la inconstitucionalidad del juzgamiento por jurados en casos como éste y la normativa que impide a los particulares damnificados impugnar fueron algunos de los principales argumentos de la Suprema Corte para este fallo.
Tras el fallo de los jueces María Florencia Budiño, Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres y Daniel Soria, la querella, representada por el abogado Maximiliano Orsini, presento un recurso extraoridnario federal, para elevar la causa a la Suprema Corte de la Nación.
Sin embargo, la Corte de la Provincia de Buenos Aires consideró inadmisible el recurso planteado por Orsini, ya que el abogado “no demostró la existencia de una relación directa e inmediata entre las infracciones alegadas y lo efectivamente debatido y resuelto por esta Corte en el caso“.
El 23 de diciembre del 2021, los jueces Ricardo Borinsky y Víctor Horacio Violini de la Sala III de Casación declararon nulo el veredicto del 17 de septiembre en el que un jurado popular había declarado no culpables a Lucas Pitman, Tomás Jaime y Juan Cruz Villalba. Para fundar la medida, el tribunal tuvo en cuenta la falta de intervención de la Asesora de Menores durante la declaración de la menor en el proceso. En ese mismo fallo, los magistrados ordenaron que se realizara un nuevo debate.
Sin embargo, la Suprema Corte falló en sentido del planteo de Noelia Agüero, la defensora de Pitman, rechazó el fallo de Casación y sostuvo la sentencia del juicio por jurados, en el que declararon “no culpables” a los tres imputados.
El caso
El polémico caso ocurrió en el camping “El Durazno” de Miramar durante la madrugada del 1 de enero de 2019 y alcanzo repercusión en la prensa nacional.
Tras los festejos por el Año Nuevo, cerca de las 6 de la mañana la adolescente de 14 años fue buscada por su padres, quienes estaban alarmados porque no había regresado al sitio donde se alojaba la familia, y encontrada en el interior de una carpa azul ubicada junto a una combi marca Renault Traffic.
Según la denuncia posterior, la menor estaba acompañada de más de un joven. No trascendió entonces cuántos eran. Desde las primeras horas los cinco marplatenses quedaron detenidos, pero semanas más tarde, con el arribo de los estudios de ADN (y el relato de los imputados), dos de ellos quedaron en libertad y los sobreseyeron.
La ciencia forense determinó que había semen de Pitman en el cuerpo o prendas de la menor, quien a su vez reconoció a Villalba como otro de los que había tenido relaciones sexuales con ella. Respecto a Jaime, fue él mismo el que admitió -como Pitman- que había participado pero que el contacto había sido consentido.
El 22 de enero siguiente, al vencerse el plazo para solicitar la prisión preventiva de los imputados, la Justicia decidió que dos de ellos recuperasen la libertad y fueran sobreseídos y apartados de la causa. En tanto, tres meses después concedieron el arresto domiciliario a Jaime, Pitman y Villalba.
En septiembre de 2021, se llevó a cabo el juicio por jurados, modalidad elegida por los tres acusados, y doce ciudadanos civiles concluyeron que eran “no culpables”.