Las distribuidoras podrán facturar con aumento y no tendrán que devolver los pagos realizados con los nuevos valores. En el Gobierno estudian cómo implementar la resolución hasta que la Justicia trate la cuestión de fondo porque el precio mayorista sigue
LA PLATA
Corresponsal
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de La Plata revocó el fallo que dictó el juez Luis Arias a través del cual declaró la nulidad de la resolución del Gobierno provincial que autorizó el aumento de la tarifa en las boletas de energía eléctrica. Los jueces de Cámara hicieron lugar a la queja del Poder Ejecutivo y concedieron el recurso de apelación durante la feria judicial “con efecto suspensivo”. Quiere decir que la Provincia podrá aplicar el aumento hasta que los jueces resuelvan la cuestión de fondo, la semana próxima cuando finalice la feria judicial.
La situación no deja de resultar compleja para los funcionarios del Ministerio de Infraestructura provincial y las empresas distribuidoras de energía. Otro fallo de la Justicia Federal frenó el precio mayorista que Cammesa les cobra a las distribuidoras, por el cual se explica la mayor parte del incremento. Y si las distribuidoras cobran con aumento a los hogares se estarían beneficiando de antemano. En el Gobierno de María Eugenia Vidal fuentes oficiales aseguran que no van a permitir que “se enriquezcan así como así” y señalaron que están diseñando posibles esquemas para evitarlo. Por ejemplo, habilitar el aumento hasta que se solucione la cuestión de fondo con la posibilidad de que, si se rechaza la suba, las empresas otorguen notas de crédito a los hogares.
La Resolución de la Cámara integrada por los jueces Claudia Angélica Milanta y Gustavo Juan De Santis (con Gustavo Daniel Spacarotel de licencia) fue firmada el martes pasado pero recién fue dada a conocer ayer, minutos después de que el Oceba finalizara la audiencia pública que tenía el objetivo de explicar los fundamentos técnicos, económicos, financieros y jurídicos de los nuevos valores tarifarios.
Los jueces atendieron la primera causa que trató el juez del fuero Contencioso Administrativo, Luis Arias, que se inició con la presentación de la Asociación Civil “Colectivo de Acción en la Subalternidad” (CIAJ) para que el Gobierno no aumente las tarifas. El 31 de mayo Arias dictó una medida cautelar que suspendió el aumento y el 13 de julio dictó el fallo definitivo de primera instancia.
El Gobierno bonaerense apeló ese fallo y la Cámara ayer dio a conocer la resolución en la que habilitó la feria judicial e hizo lugar a la queja del Ejecutivo, revocó la resolución de Arias y además concedió el recurso de apelación con efectos suspensivo. Esto último deja vía libre al Gobierno a ordenar a las distribuidoras eléctricas a facturar con el aumento, aunque la cuestión de fondo todavía no haya sido resuelta.
El abogado de Consumidores Argentinos, Elvis Toto, consideró que “la aplicación del aumento por parte de las empresas sería legal pero no legítimo en la cuestión de fondo”, y apeló a la razonabilidad puesto de que a ellas no se les está cobrando el precio mayorista.
Con esta resolución de la Cámara, las empresas distribuidoras tampoco tendrán que restituir los importes recibidos con aumento.
Para dar lugar al pedido del Ejecutivo, la juez Milanta consideró que Oceba realizó la convocatoria a la Audiencia Pública, “cuya omisión diera sustento, entre otros aspectos, al desenlace de la presente controversia”. Y aclaró que “lo expuesto no implica anticipo alguno de opinión sobre la cuestión planteada en el recurso de apelación a decidir oportunamente”.