La medida consiste en una reducción del 0,5% de la alícuota y alcanza a los contribuyentes "cumplidores".
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el mecanismo para acceder a la rebaja que tendrán los contribuyentes “cumplidores” en el Impuesto de Bienes Personales, contemplada en la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que consiste en una reducción del 0,5% de la alícuota de ese gravamen.
La resolución 5525/24 está publicada hoy en el Boletín Oficial establece que solo podrán acceder a esta medida aquellos ciudadanos que hayan cumplido correctamente con la presentación de las declaraciones juradas de los años 2020, 2021 y 2022.
También dispone que podrán acceder la rebaja del 0,5% los contribuyentes que se inscribieron en el blanqueo de capitales para regularizar los activos no declarados.
La AFIP sostiene que, para “calificar como contribuyente cumplidor, deberá haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022”.
De acuerdo a esa resolución, el beneficio se podrá aplicar para las declaraciones de bienes personales del 2023, 2024, y 2025.
También se establece una reducción para los responsables sustitutos de las pequeñas y medianas empresas del 0,375% de la alícuota que debe pagar establecida en la ley del Paquete Fiscal.
Para acceder a esta rebaja se deberá ingresar al sitio Web de la AFIP e ingresar a la tarjeta “Beneficio a Cumplidores”, con una clave fiscal con nivel de seguridad 3, o en el caso de los responsables sustitutos en caso de las pymes.