La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó la resolución general 4.540 sobre nota de créditos, y pospuso para el 1 de julio próximo la entrada en vigencia de la misma.
El organismo público de recaudación modificó, a través de la resolución general 4701/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, el artículo 6 de la norma original que establecía que la entrada en vigencia de la norma era 1 de octubre de 2019.
La decisión porque “las cámaras empresariales representativas de distintos sectores han manifestado a este organismo inconvenientes en el desarrollo de las adecuaciones en sus sistemas informáticos, requeridas para la implementación de las disposiciones contenidas en la citada resolución general, en la fecha prevista”.
Asimismo, se estableció en dicho artículo que cuando se trate de “operaciones documentadas en el marco del “Régimen de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” con anterioridad a la fecha para el cálculo del monto neto negociable del título ejecutivo, sólo se considerarán las notas de crédito y/o débito emitidas por el sujeto emisor de la respectiva factura de crédito electrónica”.