El beneficio incluye a jubilados y trabajadores que perciban una remuneración menor a dos salarios mínimos. También a micro, pequeñas y medianas empresas afectadas. Hay tiempo de adherir hasta el 31 de marzo.
La Empresa Distribuidora de Energía Atlántica (EDEA) anunció este viernes que los usuarios alcanzados en el beneficio del decreto de emergencia sanitaria y tengan facturas impagas desde marzo de 2020 a la fecha podrán formalizar un convenio de pago de hasta 30 cuotas.
De acuerdo a lo dispuesto por el Organismo de Control de la Electricidad de Buenos Aires (Oceba) rige una regulación especial de intereses por mora y financiación al 50% de los vigentes en los contratos de concesión.
El beneficio, que entre otros incluye a los jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que ganan menos de dos salarios mínimos (hoy establecido en $ 33.000), estará vigente hasta el 31 de marzo, por lo que EDEA recomendó a adherir “lo antes posible” para evitar perjuicios como el vencimiento de las facturas o “la posibilidad, a partir de la fecha informada, de producirse la suspensión del suministro por mora”.
Los usuarios residenciales alcanzados son además los que perciben la Asignación Universal por Hijo y Embarazo, los que reciben pensiones no contributivas no superiores a dos salarios mínimos y los incluidos en el monotributo social. También los que perciben el seguro de desempleo, los empleados de casas particulares, los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere los dos salarios mínimos, los exentos en el pago de la Tasa de Servicios Urbanos (Alumbrado Barrido y Limpieza para los que son de Mar del Plata) y los electrodependientes.
Por su parte, los usuarios no residenciales incluidos en los beneficios son las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) afectadas en la emergencia, las cooperativas de trabajo y empresas recuperadas afectadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes), las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas, y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.
Para suscribir al convenio, deberán ingresar en la oficina virtual desde su página web: www.edeaweb.com.ar, con el número de cuenta o DNI del titular.
Otros usuarios no contemplados en la norma podrán solicitar ante el Oceba su inclusión a través del formulario que con carácter de declaración jurada se encuentra disponible en su página web.
Pueden incorporarse los usuarios particulares que acrediten una merma del 50% o más en su capacidad de pago, los monotributistas C y D (que acrediten la misma merma en su facturación mensual) y los clubes de barrio, centros de jubilados, sociedades de fomento y centros culturales.