"Contradicción que supone definir como salami a un producto que es vegetariano y que carece de carne", indica el fallo.
Los alimentos producidos para consumidores vegetarianos o veganos han ingresado rápidamente en el mercado, pero no todos lo hicieron de la misma manera. En algunos casos, quizás los más polémicos, han utilizado la denominación de otros productos que “pertenecen” al reino animal. Un ejemplo de ello son las hamburguesas de lentejas y los salames vegetarianos.
En este caso, y reavivando la polémica sobre las nomenclaturas de estos productos, el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca (España) emitió una sentencia en la que sanciona a una empresa por el uso del término de venta “salami” para un producto cuya denominación es “embutido vegetariano”, según publicó el sitio Infocampo.
El juzgado argumentó que es una “contradicción que supone definir como ‘salami’ a un producto que es vegetariano y que carece de carne. Emplear un término de uso social admitido como es el de ‘embutido’ o el de ‘salami’ para describir aquello que no lo es”.
Según la sentencia, “emplear tales términos cuando el contenido carece de los elementos esenciales que lo integran, conforme la regulación, está incluido en el tipo sancionador aplicado, sin que se haga necesario, ni sea conforme a derecho, el utilizar terminología propia del uso social y referida a la carne para identificar productos que, por definición, carecen de la misma, infringiendo las condiciones establecidas para tales productos“.