Cámaras empresariales de la ciudad denuncian que la medida que beneficia a los puertos patagónicos perjudica de manera directa a las exportaciones locales. Argumentan que los reembolsos violan la Constitución y que pueden generar controversias en la OMC.
Cámaras empresarias pertenecientes a distintos rubros -particularmente del sector pesquero- junto a varias firmas prestadoras de servicios de Mar del Plata, están a la espera de que el gobierno nacional actúe frente a la particular situación de competencia comercial generada por el decreto de necesidad y urgencia de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner que dispuso otorgarles reembolsos a las exportaciones que se efectúan a través de los puertos patagónicos.
Para distintas entidades la medida es “discriminatoria” ya que coloca en una situación de clara desventaja a la industria local, por privarle la posibilidad de competir de igual a igual en el mercado exterior con las empresas radicadas en el sur del país.
En las últimas semanas representantes de cámaras marplatenses pertenecientes a distintos rubros y operadores portuarios acercaron nuevos argumentos para persuadir al gobierno sobre la necesidad de analizar el resultado de la aplicación del controvertido DNU .
Entre los principales planteos figura la advertencia de que a causa de los reembolsos, Argentina corre el riesgo cierto de sufrir sanciones por parte de la Organización Mundial del Comercio (OMC), debido a que esta clase de beneficios figuran entre las “subvenciones prohibidas” por la institución.
“Si cualquier país formulara una denuncia la Argentina se vería envuelta en una controversia. Los países que se consideren afectados por estos reembolsos podrían implementar impuestos compensatorios y perjudicar así a la totalidad de las ventas argentinas al exterior”, explicaron a LA CAPITAL técnicos en comercio exterior.
Otro de los planteos en contra de los reembolsos, consistió en exponer los antecedentes por los cuales el ex presidente Néstor Kirchner prefirió en su momento no reimplantar este beneficio.
En rigor, los reembolsos para las exportaciones patagónicas estuvieron vigentes durante varios años hasta que en 1998 Argentina se comprometió ante la OMC a eliminarlos progresivamente.
Cuando esto finalmente ocurrió, el presidente Néstor Kirchner consideró la posibilidad de volver a ponerlos en vigencia a través de una ley, cosa que finalmente no sucedió debido a los numerosos informes elaborados por distintos organismos de Gobierno que aconsejaron lo contrario.
Uno de ellos fue redactado por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía.
Esta dependencia advirtió que por tratarse de una “subvención prohibida” la reimplantación del beneficio podría provocar que “cualquier miembro de la OMC que se viera afectado pudiera efectuar un reclamo e iniciar un proceso de controversia” que podría terminar afectando al conjunto de las exportaciones argentinas.
Ese argumento convenció a la administración de entonces de no avanzar con el tema.
Pero el año pasado, pocos meses antes de que concluyera su mandato, la presidenta Cristina Fernández dispuso restituir el beneficio mediante un DNU defendido en el Senado por el rionegrino Miguel Angel Pichetto y su compañero de bloque Juan Manuel Abal Medina (FpV).
En la práctica la medida provoca que las empresas que exportan a través de los puertos ubicados al sur del Río Colorado reciban un reintegro del Estado de entre el 8% y el 13% del monto total de sus ventas al exterior.
De este modo, la aplicación del decreto actúa también como una subvención del Estado argentino a los compradores externos que adquieren mercadería entre las empresas patagónicas, lo que le resta capacidad de negociación las compañías radicadas en la provincia de Buenos Aires.
Pero el efecto no se agota en la pesca sino que impacta sobre otras industrias como por ejemplo la metalmecánica y perjudica también a quienes prestan servicios en el puerto marplatense, los que la medida provocaría una reducción en su volumen de trabajo.
Las presentaciones formuladas desde Mar del Plata también marcan que los reembolsos hasta podrían ser considerados inconstitucionales toda vez que, para la opinión de algunos especialistas, contradicen el artículo 16 de la Carta Magna, que señala que la aplicación de impuestos y de cargas públicas debe estar regida por la “igualdad”.
En tanto que el artículo 12 parece ser todavía más claro al respecto, ya que en él se señala que “los buques destinados de una provincia a otra no serán obligados a entrar, anclar y pagar derechos por causa de tránsito, sin que en ningún caso puedan concederse preferencias a un puerto respecto de otro, por medio de leyes o reglamentos de comercio”.