La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente. Esto se cumplirá "sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto".
El Gobierno nacional estableció este viernes que será justificada la inasistencia de los trabajadores y las trabajadoras que se ausenten en su jornada laboral el día en que tengan asignado el turno para la aplicación de la vacuna contra el coronavirus.
La Resolución 92/2021 publicada en el Boletín Oficial establece que “será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19”.
La medida aclara que esto se cumplirá “sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto”.
Del mismo modo, se indica que “la constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo”.
“Que la Ley Nøÿ27.491 entiende a la vacunación como una estrategia de salud pública preventiva y altamente efectiva y la considera como bien social, sujeta a principios de gratuidad, interés colectivo, disponibilidad y amplia participación, declarándola de interés nacional”, destaca el texto oficial.
La decisión lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.