El 31 de marzo es la fecha límite para abonar la totalidad del impuesto especial que corresponda a la declaración de bienes, o en su caso sustituir el pago con BONAR 2023.
El plazo para adherir al plan de Sinceramiento Fiscal lanzado por el gobierno nacional el año pasado vencerá el viernes 31 de marzo, con el que se apuesta a lograr un monto total superior a lo 120 mil millones de dólares, luego de que la primera etapa tuviera ingresos por 90 mil millones.
El director de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Alberto Abad, ratificó a principios de la semana pasada la fecha del 31 de marzo para sincerar los activos no declarados, pese a que varias entidades de profesionales se habían pronunciado a favor de una prórroga y ese día vence también la posibilidad de regularizar deudas impositivas vencidas al 31 de mayo de 2016.
Además, la AFIP confirmó el 31 de marzo como fecha límite para “abonar la totalidad del impuesto especial que corresponda a la declaración de bienes, o en su caso sustituir el pago con BONAR 2023”.
De todos modos, el organismo tributario decidió extender hasta el 17 de abril el plazo para presentar la documentación para la registración al régimen de sinceramiento fiscal.
“Luego del pago hay tiempo hasta el 17 de abril para incorporar las tasaciones en el caso de inmuebles a través del sitio web del organismo”, puntualizó.
La AFIP también advirtió mediante la Resolución General 4016 publicada en el Boletín Oficial, que “vencido el plazo del 31 de marzo no se podrá ampliar el valor de lo declarado”.
El organismo tributario recordó que “el impuesto especial a pagar es del 5 por ciento para los inmuebles, del 15 por ciento para el resto de los bienes, siempre y cuando se abone mediante transferencia bancaria nacional o internacional”.
Además puntualizó que “en caso de que se opte por la suscripción del BONAR 2023, deberán hacerlo por un monto equivalente a un tercio del total de fondos (cuentas bancarias) a sincerar”.