El exintendente reclama millonarios haberes por el período de descanso no gozado. Montenegro ya había rechazado administrativamente la solicitud.
El municipio le pidió a la Justicia que rechace la compensación millonaria que reclama el exintendente Carlos Arroyo por las vacaciones no gozadas durante su gestión.
Lo solicitó el viernes pasado en una presentación realizada ante el juez en lo Contencioso Administrativo N°2, Marcelo Fernández. “Es un abuso desmedido”, consideraron desde el Gobierno comunal.
Arroyo había presentado una demanda judicial para cobrar vacaciones no gozadas en 2018 y 2019, luego de que el intendente Guillermo Montenegro rechazara en febrero de 2021, por medio del Decreto 241/21, el trámite administrativo.
Entre los argumentos expuestos en la reciente presentación, el municipio consideró que se “incurriría en un abuso desmedido si se permitiera que los exfuncionarios dejen de gozar de sus licencias para luego cobrar indemnizaciones exorbitantes, causándole un perjuicio económico, directo a cada uno de nuestros vecinos que abona todos los emolumentos con el pago de sus impuestos”.
Asimismo, puntualizó que “no existe duda alguna” de que las vacaciones como regla general deben ser gozadas y no compensadas en dinero. “Si bien es cierto que en el instituto del derecho laboral argentino aquellas personas que son despedidas por el empleador tienen derecho a percibir las vacaciones no gozadas correspondientes al período en que se produce, ahora bien, ello no sucede con un cargo político. Carlos Fernando Arroyo conocía plenamente que su mandato comenzaba el 10 de diciembre de 2015 y que concluía el 10 de diciembre de 2019, por lo cual debió prever la situación”, amplió.
“Es un abuso desmedido”, consideraron desde el Gobierno comunal sobre el pedido de Arroyo.
Por otra parte, el dictamen de la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa señala que “no existe constancia que Carlos Arroyo solicitó las licencias en cuestión”.
“A lo dicho, agrego que, habiendo consultado el Registro de normativa del Concejo Deliberante, no surge acto administrativo alguno emanado de ese cuerpo legislativo, autorizando licencias solicitadas por el exintendente, como tampoco denegatorias por razones de servicio”, argumentó. Tras considerar que “no existe ilegitimidad ni arbitrariedad, de la administración”, el municipio sostuvo que los argumentos bastan por sí solos para rechazar de plano la acción”.
Arroyo presentó en junio de 2021 una demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad para que se le abonen las vacaciones no gozadas durante el último año de gestión. Con esa acción, el exjefe comunal busca que se revoque en sede judicial el decreto 246/2021 del 5 de febrero, mediante el que el municipio rechazó su reclamo.
Arroyo consideró que la decisión de la comuna fue “un acto administrativo viciado de legitimidad y arbitrariedad manifiestas” que afecta sus derechos “subjetivos y patrimoniales”. Y argumentó que “el no goce en forma efectiva de la licencia por descanso anual no fue una decisión voluntaria para obtener un beneficio económico, sino la consecuencia necesaria de las exigencias de la función que impidieron por razones de servicio gozar en forma efectiva de ese beneficio”.