El proyecto presentado por el Colegio de Arquitectos de General Alvarado en 2018, fue sancionado durante la sesión ordinaria desarrollada este miércoles de forma unánime por los concejales. La participación del organismo, será de carácter no vinculante.
MIRAMAR (Corresponsal). – El Concejo Deliberante aprobó durante la sesión ordinaria de este miércoles el proyecto de ordenanza que creó oficialmente el Consejo Asesor Urbanístico Ambiental.
Los ediles trataron y resolvieron previamente en comisión una serie de modificaciones, con respecto a la iniciativa presentada en 2018 por el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Bueno Aires, Distrito IX, Delegación General Alvarado, quienes observaron en ese momento la inexistencia de un Código de Ordenamiento Territorial.
Específicamente los cambios en el escrito estuvieron ligados a la integración del organismo, que será de carácter no vinculante, especialmente referidos a la intervención de centros y colegios de profesionales, como así también sociedades de fomento.
Dentro de los considerandos, el escrito establece que “la ciudad debe entenderse siempre como una construcción social, en tanto resulta de la interacción de los diversos grupos humanos en su interrelación con el medio ambiente”.
La realidad marca que el espacio urbano – ambiental se tornó cada vez más complejo y resulta fundamental que las normas que lo rijan surjan de la gestión democrática de la ciudad, dando participación a diferentes actores.
En este caso, la actividad será ad honorem a través de arquitectos, asociaciones, entidades intermedias y sociedades de fomento; de consulta obligatoria, aunque no vinculante en las decisiones políticas.
Otro de los factores que llevaron a presentar esta propuesta en su momento, era que “la planta de personal o funcionarios técnicos municipales es muy exigua y este consejo sin generar gastos, brindaría una opinión que el funcionario podría adoptar como propia o rechazarla, pero con una fundamentación”.
Aporte técnico
El asesoramiento técnico aportará la necesidad de superar la Delimitación de Áreas y Reglamento de Zonificación establecido por OM 026/79 y modificatorias como el único instrumento legal que regula, de manera rígida e incompleta, el desarrollo urbano en General Alvarado y avanzar estratégicamente hacia un Código de Ordenamiento Urbanístico – Ambiental, que a futuro deberá incluir entre otros nuevos instrumentos como la Ley de Acceso Justo al Hábitat.
Asimismo, el artículo 3 establece que tendrá intervención (como consultor), en ordenanzas de zonificación, ampliaciones o modificaciones de planta urbana, venta o adquisición de inmuebles municipales, elaboración de programas de desarrollo urbano, actualización del reglamento general de construcciones y cualquier otro tema que el Ejecutivo o el Concejo Deliberante crea conveniente.
En otro de los párrafos se deja en claro que, “el intendente municipal podrá concurrir al Consejo Asesor cuando lo desee. Además, tendrá voz y voto, pero en reemplazo de algún representante del Poder Ejecutivo”.
Además, el organismo manejará su propio reglamento interno de funcionamiento, según manifiesta el proyecto de ordenanza.