Policiales

Crimen del balneario: dictaron la prisión preventiva para Piero Pinna

El juez de garantías Saúl Errandonea dictó la prisión preventiva a Piero Pinna, tal como lo había solicitado la fiscal María Florencia Salas.

Piero Pinna (34), el exrugbier tucumano acusado del asesinato de Mauricio Rihl durante una fiesta de cumpleaños en el balneario Horizonte del Sol, deberá permanecer en prisión por el resto del proceso luego de que la Justicia de Garantías hiciera lugar a la prisión preventiva solicitada por la fiscal del caso.

El juez Saúl Errandonea entendió que “en función de las constancias probatorias agregadas a esta investigación, entiendo de momento, que la autoría penalmente responsable del encausado se encuentra acreditada a los fines de imponer fundadamente la medida de coerción que ha sido peticionada por parte del sr Agente Fiscal”.

Pinna fue detenido por disparar contra Rihl en el estacionamiento del balneario donde se celebraba la fiesta de cumpleaños del empresario Mauricio Ríos. De acuerdo a lo que pudo probarse, Pinna mantuvo una pelea dentro del salón con Ariel Nuñez al considerar que le había faltado el respeto a su novia Romina Ulloa. Luego de “noquear ” a Nuñez y causarle la fractura de una pierna, Pinna se dirigió a su automóvil para retirarse pero fue seguido por Rihl, amigo de Nuñez.

En esas circunstancias, Pinna extrajo un arma calibre 9 milímetros y realizó varios disparos, cuatro de los cuales impactaron en el cuerpo de Rihl. Pinna aseguró que se defendió de los disparos que efectuó Rihl, pero para la fiscal y y para el juez esos disparos iniciales no existieron.

“Si bien uno puede coincidir con la defensa que pudo haber mediado una persecución hacia el imputado y su novia por parte de tres o cuatro personas, en oportunidad de dirigirse hacia el playón de estacionamiento, creer darse en un principio este primer requisito de agresión ilegítima, esta sin dudas queda a mi criterio neutralizada en el mismo momento en que tanto el imputado como su novia, ya sin riesgo para sí, logran ingresar el automóvil marca Toyota en el cual se desplazaban, el que cabe recordar ya estaba encendido cuando recién se aproximó a la víctima”, dice Errandonea.

“En efecto -prosigue el juez- esta reconstrucción surge del relato del propio imputado. En consecuencia con ello entiendo que con el auto en marcha, sumado a que ambos ya estaban en su interior, y que conforme al estado ‘deplorable’ que tenía presuntamente Rihl -conforme a la descripción del propio imputado- sin mayores posibilidades de generar una situación peligrosa, bien pudo el imputado a mi juicio emprender la retirada, impidiendo que su pareja se baje del auto como así también evitar el presunto enfrentamiento que alude y que debió repeler”.

“El imputado, lejos de retirarse del lugar -agrega- optó por cargar el arma y descender del rodado para enfrentar a tiros al presunto agresor. Es decir, tuvo tiempo suficiente de llegar hasta el auto, subir junto a su novia al mismo, encenderlo, y del luego de tomar el arma de fuego que se encontraba al costado del asiento y el cargador que estaba en la mochila, cargarla, descender del rodado y enfrentarse al agresor”.

La defensa, a cargo de Wenceslao Méndez, argumentó que el ataque a tiros de Rihl está probado porque un dermotest determinó que en su mano derecha había vestigios de deflagración de un arma de fuego. También porque se encontró un proyectil en el sitio desde el cual disparó Pinna y que es imposible que haya sido una munición disparada por él.

El crimen de Rihl ocurrió el 26 de junio en horas de la madrugada. Tras recibir los disparos Rihl fue trasladado a una sala de salud donde se constató su fallecimiento. Rihl tenía un disparo en la muñeca derecha, otro en la rodilla derecha, otro en el tobillo izquierdo y el último en la zona lumbar, lo que le causó la muerte.

Pinna, en tanto, escapó hacia la provincia de Tucumán, de donde es oriundo, y allí se entregó a las autoridades policiales.

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