La decisión la tomó la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo. Considera indefinidos los conceptos sobre los que se aplica el tributo. Alcanza un caso en particular.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo ratificó un fallo de primera instancia que declaró inconstitucional la Tasa de Servicios Urbanos (TSU) y ordenó a un contribuyente cobrarle la vieja ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza).
El fallo, que sólo alcanza el caso del denunciante, Alberto Omar Martínez, sostiene que son indefinidos los conceptos sobre los que aplica la TSU, creada en 2007, durante el gobierno de Daniel Katz.
En ese entonces, el secretario de Economía y Hacienda era, como ahora, Gustavo Schroeder. El fallo de primera instancia había sido apelado por la administración de Pulti, pero la Cámara lo ratificó.
El subsecretario legal y técnico, Gustavo Gil de Muro, aseguró que “este fallo tiene aplicación sólo sobre la cuenta del individuo” y enfatizó que “no tiene incidencias sobre la tasa actual”.