La Ley sancionada la semana pasada por la Legislatura bonaerense busca crear conciencia sobre los cuerpos reales. La medida alcanza a publicaciones y publicidades gráficas.
LA PLATA (Corresponsal).- Una Ley aprobada por el Senado bonaerense establece que todas las publicaciones y publicidades gráficas estáticas en las que se exhiban cuerpos humanos retocados digitalmente deberán contar con una leyenda que aclare sobre el uso de fotoshop.
La iniciativa que se trató en la sesión legislativa de la semana pasada busca -sobre todo- “generar conciencia acerca de cuáles son los cuerpos humanos reales y cuáles están alterados artificialmente”, aseguró la autora del proyecto, diputada Lucía Portos (Frente para la Victoria).
En diálogo con LA CAPITAL, la legisladora explicó que a partir de la sanción de esta norma “todas las publicaciones y publicidades gráficas que circulen en el territorio de la provincia de Buenos Aires deberán aclarar con una leyenda cuando utilicen figuras humanas retocadas artificialmente”.
La Ley, que prevé multas y sanciones para los infractores, comprende a las publicidades callejeras y a diarios y revistas, pero sólo a los de tirada exclusivamente provincial.
Por eso la idea del bloque del FpV es llevar el proyecto al Congreso para que se incluya también a todas las publicidades y publicaciones de tirada nacional.
Mayor impacto en la adolescencia
Los medios gráficos –sobre todo las revistas- exhiben a personas delgadas, sin arrugas ni marcas en el rostro, sin estrías ni flaccidez; el retoque tecnológico es tal que se han llegado incluso a borrar ombligos y rodillas.
El uso del fotoshop es particularmente cruel con el cuerpo de las mujeres. “Hay videos en los que se ve cómo estiran digitalmente las imágenes de las modelos para hacerles ‘crecer’ 20 centímetros”, señaló la diputada Portos.
Y consideró que “todas y todos sentimos en algún punto el peso de los estereotipos, pero en las y los adolescentes esto tiene otro impacto que incluso puede derivar en enfermedades como los trastornos en la alimentación”.
Para su implementación, la Ley deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo provincial.
La aplicación estará a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense.
Una ley destinada a los productores de imagen
La Ley redactada por la diputada Lucía Portos establece que “toda publicidad estática difundida en vía pública y/o medios gráficos de cualquier tipo en el territorio de la provincia de Buenos Aires, en la que aparezca una figura humana que haya sido retocada digitalmente debe exhibir con tipografía visible y clara la leyenda: ‘Esta imagen ha sido retocada y/o modificada digitalmente, Ley XXX’”.
“Las personas físicas o jurídicas alcanzadas por esta Ley son los productores de la imagen editada por medios digitales, que alteran la imagen original con fines publicitarios y/o comerciales”, se agrega en la flamante norma.