En los años 1980/81, funcionaron temporalmente en el Hotel Majestic los Tribunales Ordinarios de Mar del Plata, pues el edificio de Brown y Tucumán había sido desalojado por problemas de estructura y posible derrumbre.
En la foto 3354,enviada por el Sr.Julio Benavidez,leemos en su epìgrafe:
“Así era la diagonal Alberdi en al década del 20.El edificio en ochava es el antiguo hotel Majestic (Diagonal y Santa Fe) donde hoy funciona el Polivalente de Arte. ”
-Arquitectos piden que se preserven los inmuebles de valor patrimonial:
Los profesionales aglutinados en el Colegio solicitan una modificación a la ordenanza que rige la preservación.Ofrecen alternativas viables para que los dueños de los chalets afectados no se vean obligados a venderlos.
-05/01/2007.El Colegio de Arquitectos de Mar del Plata pidió a la Municipalidad que modifique la ordenanza N° 10.075/95,que establece los parámetros para la protección patrimonial de los bienes inmuebles del distrito.Esta institución expresó su queja pública luego de conocer la noticia de la inminente declaración de desafectación que el Departamento Ejecutivo pronunciaría respecto al chalet Rodríguez Etcheto,ubicado en la intersección de avenida Colón y Catamarca,donde existiría un proyecto para demoler el inmueble y levantar una propiedad horizontal.En rechazo a la aprobación del proyecto-que se hizo efectiva el jueves 28 de Diciembre,en la última sesión de 2006 del Concejo Deliberante-la semana pasada se había llevado a cabo un abrazo solidario del cual participaron concejales que se oponen a la iniciativa,arquitectos,y representantes de ONG y de agrupaciones políticas.Los arquitectos piden una modificación en la ordenanza,para preservar el patrimonio,evitar las excepciones que se otorgan desde el municipio mediante las desafectaciones y,al mismo tiempo,brindar aire económico a los propietarios de estos inmuebles a través de exenciones impositivas y posibilidades de modificación de uso de suelo.Al mismo tiempo,solicitan que no se promulgue la ordenanza que permitirá la desafectación de la casa ubicada en Catamarca y avenida Colón.Para expresar la postura institucional,estuvieron en la redacción de LA CAPITAL José Luis Castorina y Graciela Gómez,secretario y presidenta,respectivamente,del Colegio de Arquitectos.En Junio de 2005 se había acordado con el municipio llamar a a una concertación,porque dentro de la ordenanza 10.075 se desafectó la casa Espósito,ubicada en Boulevard Marítimo y Matheu.Ahora ocurre lo mismo con el chalet Rodríguez Etcheto.En aquella oportunidad pedimos a la comuna la revisión en forma conjunta de esta ordenanza,con instituciones y actores relacionados al tema según el artículo 20°,pero nunca se convocó a la comisión honoraria.Pensamos que si hay algo que desafectar,tiene que contar con el aval de toda la comunidad,señaló José Luis Castorina,secretario del Colegio de Arquitectos y ex funcionario municipal durante la gestión de Elio Aprile.
A raíz de la polémica generada en torno a la posible desafectación -que debe determinar finalmente el intendente-,el Colegio de Arquitectos apunta a generar una mesa de diálogo para promover la actualización o modificación de esta ordenanza,incluyendo el listado de inmuebles declarados de interés patrimonial.Hay que ver si todos los inmuebles incluidos en el anexo tienen interés patrimonial o qué tipo de interés, manifestó Castorina.Hay que tener en cuenta que es una ordenanza de 12 años,del 95,estamos en el 2007 y la situación ha cambiado,explicó Graciela Gómez,presidenta de esta institución.Castorina informó que la ordenanza N° 10.075 es un instrumento normativo para preservar los bienes que tienen algún interés patrimonial,porque son representativos de un estilo o de una época.Pueden ser casos puntuales o barrios,como el estilo pintoresquista del barrio Stella Maris o Santa Cecilia.Entonces,ahí hay que preservar el conjunto.También han quedado casos particulares en el área del microcentro que son interesantes de preservar,lo mismo en la costa.Estos inmuebles están en riesgo,porque son los de mayor valor económico.Entonces,son los que los interesados tratan de demoler para hacer propiedades horizontales.Son negocios inmobiliarios-no digo que no deben existir-,pero pongámosles pautas y si hay edificios que merecen ser conservados,démosles los elementos para que al dueño no le sea tan oneroso conservarlo,porque si no deberá venderlo para que otro desafecte, demuela y construya un emprendimiento.Desde su óptica,Castorina admite que esta ordenanza es una restricción a la propiedad privada.Sin embargo, considero que si el municipio está de acuerdo con esta normativa,que deje que la desafectación la determine la justicia,como ha ocurrido en mi gestión.Por eso pedimos una modificación de la ordenanza.
Desde el Colegio de Arquitectos proponen alternativas para desalentar la especulación inmobiliaria que,aseguran,existe en torno a estos inmuebles de valor arquitectónico y paisajístico.Si se reducen los indicadores urbanos,en casos puntuales,se genera otra restricción administrativa.Por ejemplo,la costa es R3,o sea se puede construir hasta 8 ó 10 metros de altura,o sea cinco pisos.Si se aclara este punto al emprendedor,éste se da cuenta que no le conviene comprar ese inmueble.Eso ocurre porque hay gente que compra una casa de valor patrimonial a un precio que es más bajo que el precio de plaza por esta condición.Después pide la desafectación al Concejo Deliberante y vende la propiedad a un precio más elevado.Entonces se queda con la plusvalía de diferencia;ésa es la especulación inmobiliaria,explicó Castorina.En más de una oportunidad se someten esos terrenos a una excepción como para tener todavía indicadores mayores,recordó, por su parte,Graciela Gómez.A continuación se detallan los inmuebles más significativos que figuran en el listado de bienes patrimoniales de la ordenanza 10.075:
-Chalet de Enrique Pueyrredon,Primera Junta 238/272
-Iglesia San José,Primera Junta y Salta
-Gruta de Lourdes/Hogar de Ancianos,12 de Octubre 4050
-Escuela Provincial N° 1,25 de Mayo entre San Luis y Mitre
-Escuela de Hotelería,9 de Julio 2717/San Luis 1385
-Golf Club Mar del Plata-chalet principal-Aristóbulo del Valle 3940
-Villa Alzaga Unzué,Alberti 543/7
-Estación del Ferrocarril Sud,ex Terminal de Omnibus Alberti 1600
-Chalet de Luis Ezcurra,Alem 2427 esquina Boulevard Marítimo
-Chalet de Jacinto Peralta Ramos,Alem 2886
-Cementerio de la Loma
-Almacén Condal,Alsina 2798
-Casino,Hotel Provincial y Rambla
-Muelle Club de Pesca
-Edificio de Belgrano 2790 y Mitre 1900 a 1936
-Capilla Santa Cecilia,Córdoba 1310
-EX HOTEL MAJESTIC DIAGONAL ALBERDI 2424
-Iglesia Don Bosco,Don Bosco 1885 y Rivadavia
-Asilo Saturnino Unzué,Félix U.Camet y Río Negro
-Chalet de Dardo Rocha-Villa Santa Paula-Garay 1802
-Palacio Municipal
-Teatro Colón y Club Español,Hipólito Yrigoyen 1661
-Cine Teatro Opera,Av.Independencia 1641
-Instituto Nacional de Epidemiología,ex Hotel de Inmigrantes,Ituzaingó 3520 y España
-Patronato de la Infancia e Iglesia San Carlos Borromeo,Av.Juan B.Justo 2000
-Iglesia Nueva Pompeya,Av.Libertad 4007/45
-Correo Central,Av.Luro 2490
-Estación Norte del Ferrocarril Sud,Av.Luro 4599
-Casa Bruzzone,María Curie 6193
-Villa Victoria,Matheu 1851
-Hotel Tourbillòn,Parque San Martín,San Lorenzo 49
-Pasaje Catedral,Pasaje Catedral entre San Martín y Rivadavia
-Casa del Arroyo-Casa del Puente-Quintana y Funes
-Iglesia Sagrada Familia,Rondeau 551
-Catedral de los Santos Pedro y Cecilia,San Martín 2776
-Chalet Los Troncos,Urquiza 3454 y Primera Junta 479
José Luis Castorina,uno de los voceros del Colegio de Arquitectos, propone estimular la preservación de los inmuebles afectados al régimen patrimonial promoviendo otros usos de suelo no contemplados en el distrito urbanístico de pertenencia.Lo que se puede hacer es otorgar normativas especiales para que se puedan habilitar como comercios.Ocurre en ciertos sectores,como en Olavarría y la Costa,o en ciertos comercios como Manolo,Piazza y la Trattoria,apuntó el profesional.Por su parte, Graciela Gómez,presidenta de la institución, comentó que la ordenanza N° 10.075 tiene las categorías 1,2 y 3,que determina el grado de conservación del estado original.La gran mayoría de los inmuebles son de categoría 3,que permite una intervención mayor en la restauración.
Para Castorina,Mar del Plata se está quedando sin historia.Hay que conservar algunos elementos de un tiempo en que la ciudad fue construida porque poseen valor simbólico y paisajístico.Tampoco vemos bien que haya un edificio del año 30 y al lado dos propiedades horizontales.Por eso ponemos mucho más énfasis en las áreas y conjuntos a preservar.Los convenios que se firman entre propietarios y la comuna,que determinan el interés patrimonial sobre un inmueble,permiten una desgravación impositiva que no llega al 100,pero se puede acercar de acuerdo a su grado de conservación y mantenimiento.Sin embargo,desde el Colegio de Arquitectos estimulan otras alternativas,además de la mencionada.Lo bueno es estimular otros usos que sean rentables y que no sean el habitacional, como el comercial.Por ejemplo,Barcelona tiene un parque modernista muy importante.Hasta hace 20 años estaban todas abandonadas.El Estado quiso que se restauren,les dio créditos a los propietarios para que restauren esos inmuebles y después se los cobró.O sea, otorgó un beneficio y generó una obligación.Ahora,la gente va a Barcelona a ver esa historia,ese patrimonio es parte del encanto que tiene la ciudad y se genera un movimiento turístico en torno a ello que deja divisas a la comunidad.
-Ordenanza 10.075
La normativa N° 10.075,promulgada el 28 de agosto de 1995 se denomina Código de Preservación Patrimonial y tiene por objeto establecer las acciones de preservación y protección de aquellos bienes muebles o inmuebles,públicos o privados,considerados componentes del patrimonio cultural,histórico,arquitectónico,urbanístico,paisajístico y ambiental, tutelado por las Constituciones Nacional y de la Provincia de Buenos Aires,y fijar el alcance de las declaraciones de interés patrimonial de aquéllos,según señala el artículo 1°.Para ello se toman en consideración aspectos históricos,simbólicos y sociales,el valor artístico,
arquitectónico y ambiental.La ordenanza propone que la Municipalidad tutele los bienes patrimoniales dentro del Partido de General Pueyrredon, así como también apunte a organizar acciones para que se realice el relevamiento,registro,inventario y valoración de edificios,sitios, conjuntos,monumentos,documentos y todos aquellos elementos que se consideren de valor testimonial,formular conjuntamente con los propietarios,las pautas jurídicas,económicas,técnicas y las que fueren de utilidad,con el objeto de lograr una adecuada preservación de los bienes; proponer la ejecución de programas de restauración,conservación, reutilización,refuncionalización,acciones de rescate,y todas aquellas que tiendan a preservar los bienes.De acuerdo al artículo 3º,la aplicación de la presente ordenanza quedará a cargo de una unidad de gestión,presidida por el secretario de Obras y Medio Ambiente e integrada por dos representantes del Ente de Cultura y dos de la Subsecretaría de Obras y Ordenamiento Territorial,la que convocará,cuando la naturaleza de los temas así lo requiera,a otras áreas municipales y a la Comisión Honoraria de Preservación Patrimonial prevista por la presente.Según el artículo 5°,la declaración de interés patrimonial de los bienes se realiza a través de ordenanza,previo dictamen del Departamento de Preservación Patrimonial Municipal;mismo requisito regirá para su desafectación.
Según el artículo 11º, en bienes declarados de interés patrimonial, podrán admitirse en concepto de reconocimiento a su preservación, actividades no contempladas en el distrito de pertenencia,así como indicadores urbanísticos especiales,previo dictamen técnico favorable del área competente.En el artículo 18 se señala que los bienes sobre los que se hayan formalizado los convenios podrán estar libres de tasas y derechos municipales.En tanto,el artículo 20º dice que el Departamento Ejecutivo constituirá con carácter permanente una Comisión Honoraria de preservación patrimonial que tendrá status consultivo y participativo. Para ello se invitará a integrarla a representantes de instituciones relacionadas con la temática y a personalidades de reconocida idoneidad y actuación.Asimismo,el artículo 21º anuncia la creación de un Fondo para la Preservación Patrimonial,que estará integrado por:
los ingresos provenientes de lo recaudado en concepto de las sanciones contemplados en la presente; las partidas que se creen con ese destino;y los recargos previstos en el artículo 21º bis,el cual se refiere a casos de demolición total o parcial de inmuebles afectados por declaración de interés patrimonial del artículo 4º.
En Obras Privadas: según informó una fuente consultada del área de Obras Privadas de la Municipalidad,desde este sector administrativo de la comuna partió un informe técnico que no alentaba la desafectación del chalet Rodríguez Etcheto,ubicado en Catamarca 3091.De todos modos,en la última sesión de 2006 del Concejo Deliberante se aprobó la ordenanza,que deberá promulgar el Departamento Ejecutivo.(Fuente: Diario La Capital)
Viendo la foto de la Déc. del 20 del Sr. Julio Benavídes sugerida por el Lic. Somma veo que antiguamente tenia dos pisos fue reformado agregando uno mas y ademas en sus frentes ponen el nombre, por suerte las grabaciones están hoy día y es un lindo recuerdo. Atte. Saluda José Alberto Lago.
Mediante las fotografías indicadas se puede seguir el desarrollo de los arboles de la veredas, en este caso las del hotel. El tema, generalizado, daría para hablar mucho.
En los años 1980/81, funcionaron temporalmente en el Hotel Majestic los Tribunales Ordinarios de Mar del Plata, pues el edificio de Brown y Tucumán había sido desalojado por problemas de estructura y posible derrumbre.
Podemos agregar a la presente,otra imagen del citado hotel,en la foto 6685,enviada por el Sr.Carlos Alberto de Adà.
http://www.lacapitalmdp.com/contenidos/fotosfamilia/fotos/6695
En la foto 3354,enviada por el Sr.Julio Benavidez,leemos en su epìgrafe:
“Así era la diagonal Alberdi en al década del 20.El edificio en ochava es el antiguo hotel Majestic (Diagonal y Santa Fe) donde hoy funciona el Polivalente de Arte. ”
http://www.lacapitalmdp.com/contenidos/fotosfamilia/fotos/3554
-Arquitectos piden que se preserven los inmuebles de valor patrimonial:
Los profesionales aglutinados en el Colegio solicitan una modificación a la ordenanza que rige la preservación.Ofrecen alternativas viables para que los dueños de los chalets afectados no se vean obligados a venderlos.
-05/01/2007.El Colegio de Arquitectos de Mar del Plata pidió a la Municipalidad que modifique la ordenanza N° 10.075/95,que establece los parámetros para la protección patrimonial de los bienes inmuebles del distrito.Esta institución expresó su queja pública luego de conocer la noticia de la inminente declaración de desafectación que el Departamento Ejecutivo pronunciaría respecto al chalet Rodríguez Etcheto,ubicado en la intersección de avenida Colón y Catamarca,donde existiría un proyecto para demoler el inmueble y levantar una propiedad horizontal.En rechazo a la aprobación del proyecto-que se hizo efectiva el jueves 28 de Diciembre,en la última sesión de 2006 del Concejo Deliberante-la semana pasada se había llevado a cabo un abrazo solidario del cual participaron concejales que se oponen a la iniciativa,arquitectos,y representantes de ONG y de agrupaciones políticas.Los arquitectos piden una modificación en la ordenanza,para preservar el patrimonio,evitar las excepciones que se otorgan desde el municipio mediante las desafectaciones y,al mismo tiempo,brindar aire económico a los propietarios de estos inmuebles a través de exenciones impositivas y posibilidades de modificación de uso de suelo.Al mismo tiempo,solicitan que no se promulgue la ordenanza que permitirá la desafectación de la casa ubicada en Catamarca y avenida Colón.Para expresar la postura institucional,estuvieron en la redacción de LA CAPITAL José Luis Castorina y Graciela Gómez,secretario y presidenta,respectivamente,del Colegio de Arquitectos.En Junio de 2005 se había acordado con el municipio llamar a a una concertación,porque dentro de la ordenanza 10.075 se desafectó la casa Espósito,ubicada en Boulevard Marítimo y Matheu.Ahora ocurre lo mismo con el chalet Rodríguez Etcheto.En aquella oportunidad pedimos a la comuna la revisión en forma conjunta de esta ordenanza,con instituciones y actores relacionados al tema según el artículo 20°,pero nunca se convocó a la comisión honoraria.Pensamos que si hay algo que desafectar,tiene que contar con el aval de toda la comunidad,señaló José Luis Castorina,secretario del Colegio de Arquitectos y ex funcionario municipal durante la gestión de Elio Aprile.
A raíz de la polémica generada en torno a la posible desafectación -que debe determinar finalmente el intendente-,el Colegio de Arquitectos apunta a generar una mesa de diálogo para promover la actualización o modificación de esta ordenanza,incluyendo el listado de inmuebles declarados de interés patrimonial.Hay que ver si todos los inmuebles incluidos en el anexo tienen interés patrimonial o qué tipo de interés, manifestó Castorina.Hay que tener en cuenta que es una ordenanza de 12 años,del 95,estamos en el 2007 y la situación ha cambiado,explicó Graciela Gómez,presidenta de esta institución.Castorina informó que la ordenanza N° 10.075 es un instrumento normativo para preservar los bienes que tienen algún interés patrimonial,porque son representativos de un estilo o de una época.Pueden ser casos puntuales o barrios,como el estilo pintoresquista del barrio Stella Maris o Santa Cecilia.Entonces,ahí hay que preservar el conjunto.También han quedado casos particulares en el área del microcentro que son interesantes de preservar,lo mismo en la costa.Estos inmuebles están en riesgo,porque son los de mayor valor económico.Entonces,son los que los interesados tratan de demoler para hacer propiedades horizontales.Son negocios inmobiliarios-no digo que no deben existir-,pero pongámosles pautas y si hay edificios que merecen ser conservados,démosles los elementos para que al dueño no le sea tan oneroso conservarlo,porque si no deberá venderlo para que otro desafecte, demuela y construya un emprendimiento.Desde su óptica,Castorina admite que esta ordenanza es una restricción a la propiedad privada.Sin embargo, considero que si el municipio está de acuerdo con esta normativa,que deje que la desafectación la determine la justicia,como ha ocurrido en mi gestión.Por eso pedimos una modificación de la ordenanza.
Desde el Colegio de Arquitectos proponen alternativas para desalentar la especulación inmobiliaria que,aseguran,existe en torno a estos inmuebles de valor arquitectónico y paisajístico.Si se reducen los indicadores urbanos,en casos puntuales,se genera otra restricción administrativa.Por ejemplo,la costa es R3,o sea se puede construir hasta 8 ó 10 metros de altura,o sea cinco pisos.Si se aclara este punto al emprendedor,éste se da cuenta que no le conviene comprar ese inmueble.Eso ocurre porque hay gente que compra una casa de valor patrimonial a un precio que es más bajo que el precio de plaza por esta condición.Después pide la desafectación al Concejo Deliberante y vende la propiedad a un precio más elevado.Entonces se queda con la plusvalía de diferencia;ésa es la especulación inmobiliaria,explicó Castorina.En más de una oportunidad se someten esos terrenos a una excepción como para tener todavía indicadores mayores,recordó, por su parte,Graciela Gómez.A continuación se detallan los inmuebles más significativos que figuran en el listado de bienes patrimoniales de la ordenanza 10.075:
-Chalet de Enrique Pueyrredon,Primera Junta 238/272
-Iglesia San José,Primera Junta y Salta
-Gruta de Lourdes/Hogar de Ancianos,12 de Octubre 4050
-Escuela Provincial N° 1,25 de Mayo entre San Luis y Mitre
-Escuela de Hotelería,9 de Julio 2717/San Luis 1385
-Golf Club Mar del Plata-chalet principal-Aristóbulo del Valle 3940
-Villa Alzaga Unzué,Alberti 543/7
-Estación del Ferrocarril Sud,ex Terminal de Omnibus Alberti 1600
-Chalet de Luis Ezcurra,Alem 2427 esquina Boulevard Marítimo
-Chalet de Jacinto Peralta Ramos,Alem 2886
-Cementerio de la Loma
-Almacén Condal,Alsina 2798
-Casino,Hotel Provincial y Rambla
-Muelle Club de Pesca
-Edificio de Belgrano 2790 y Mitre 1900 a 1936
-Capilla Santa Cecilia,Córdoba 1310
-EX HOTEL MAJESTIC DIAGONAL ALBERDI 2424
-Iglesia Don Bosco,Don Bosco 1885 y Rivadavia
-Asilo Saturnino Unzué,Félix U.Camet y Río Negro
-Chalet de Dardo Rocha-Villa Santa Paula-Garay 1802
-Palacio Municipal
-Teatro Colón y Club Español,Hipólito Yrigoyen 1661
-Cine Teatro Opera,Av.Independencia 1641
-Instituto Nacional de Epidemiología,ex Hotel de Inmigrantes,Ituzaingó 3520 y España
-Patronato de la Infancia e Iglesia San Carlos Borromeo,Av.Juan B.Justo 2000
-Iglesia Nueva Pompeya,Av.Libertad 4007/45
-Correo Central,Av.Luro 2490
-Estación Norte del Ferrocarril Sud,Av.Luro 4599
-Casa Bruzzone,María Curie 6193
-Villa Victoria,Matheu 1851
-Hotel Tourbillòn,Parque San Martín,San Lorenzo 49
-Pasaje Catedral,Pasaje Catedral entre San Martín y Rivadavia
-Casa del Arroyo-Casa del Puente-Quintana y Funes
-Iglesia Sagrada Familia,Rondeau 551
-Catedral de los Santos Pedro y Cecilia,San Martín 2776
-Chalet Los Troncos,Urquiza 3454 y Primera Junta 479
José Luis Castorina,uno de los voceros del Colegio de Arquitectos, propone estimular la preservación de los inmuebles afectados al régimen patrimonial promoviendo otros usos de suelo no contemplados en el distrito urbanístico de pertenencia.Lo que se puede hacer es otorgar normativas especiales para que se puedan habilitar como comercios.Ocurre en ciertos sectores,como en Olavarría y la Costa,o en ciertos comercios como Manolo,Piazza y la Trattoria,apuntó el profesional.Por su parte, Graciela Gómez,presidenta de la institución, comentó que la ordenanza N° 10.075 tiene las categorías 1,2 y 3,que determina el grado de conservación del estado original.La gran mayoría de los inmuebles son de categoría 3,que permite una intervención mayor en la restauración.
Para Castorina,Mar del Plata se está quedando sin historia.Hay que conservar algunos elementos de un tiempo en que la ciudad fue construida porque poseen valor simbólico y paisajístico.Tampoco vemos bien que haya un edificio del año 30 y al lado dos propiedades horizontales.Por eso ponemos mucho más énfasis en las áreas y conjuntos a preservar.Los convenios que se firman entre propietarios y la comuna,que determinan el interés patrimonial sobre un inmueble,permiten una desgravación impositiva que no llega al 100,pero se puede acercar de acuerdo a su grado de conservación y mantenimiento.Sin embargo,desde el Colegio de Arquitectos estimulan otras alternativas,además de la mencionada.Lo bueno es estimular otros usos que sean rentables y que no sean el habitacional, como el comercial.Por ejemplo,Barcelona tiene un parque modernista muy importante.Hasta hace 20 años estaban todas abandonadas.El Estado quiso que se restauren,les dio créditos a los propietarios para que restauren esos inmuebles y después se los cobró.O sea, otorgó un beneficio y generó una obligación.Ahora,la gente va a Barcelona a ver esa historia,ese patrimonio es parte del encanto que tiene la ciudad y se genera un movimiento turístico en torno a ello que deja divisas a la comunidad.
-Ordenanza 10.075
La normativa N° 10.075,promulgada el 28 de agosto de 1995 se denomina Código de Preservación Patrimonial y tiene por objeto establecer las acciones de preservación y protección de aquellos bienes muebles o inmuebles,públicos o privados,considerados componentes del patrimonio cultural,histórico,arquitectónico,urbanístico,paisajístico y ambiental, tutelado por las Constituciones Nacional y de la Provincia de Buenos Aires,y fijar el alcance de las declaraciones de interés patrimonial de aquéllos,según señala el artículo 1°.Para ello se toman en consideración aspectos históricos,simbólicos y sociales,el valor artístico,
arquitectónico y ambiental.La ordenanza propone que la Municipalidad tutele los bienes patrimoniales dentro del Partido de General Pueyrredon, así como también apunte a organizar acciones para que se realice el relevamiento,registro,inventario y valoración de edificios,sitios, conjuntos,monumentos,documentos y todos aquellos elementos que se consideren de valor testimonial,formular conjuntamente con los propietarios,las pautas jurídicas,económicas,técnicas y las que fueren de utilidad,con el objeto de lograr una adecuada preservación de los bienes; proponer la ejecución de programas de restauración,conservación, reutilización,refuncionalización,acciones de rescate,y todas aquellas que tiendan a preservar los bienes.De acuerdo al artículo 3º,la aplicación de la presente ordenanza quedará a cargo de una unidad de gestión,presidida por el secretario de Obras y Medio Ambiente e integrada por dos representantes del Ente de Cultura y dos de la Subsecretaría de Obras y Ordenamiento Territorial,la que convocará,cuando la naturaleza de los temas así lo requiera,a otras áreas municipales y a la Comisión Honoraria de Preservación Patrimonial prevista por la presente.Según el artículo 5°,la declaración de interés patrimonial de los bienes se realiza a través de ordenanza,previo dictamen del Departamento de Preservación Patrimonial Municipal;mismo requisito regirá para su desafectación.
Según el artículo 11º, en bienes declarados de interés patrimonial, podrán admitirse en concepto de reconocimiento a su preservación, actividades no contempladas en el distrito de pertenencia,así como indicadores urbanísticos especiales,previo dictamen técnico favorable del área competente.En el artículo 18 se señala que los bienes sobre los que se hayan formalizado los convenios podrán estar libres de tasas y derechos municipales.En tanto,el artículo 20º dice que el Departamento Ejecutivo constituirá con carácter permanente una Comisión Honoraria de preservación patrimonial que tendrá status consultivo y participativo. Para ello se invitará a integrarla a representantes de instituciones relacionadas con la temática y a personalidades de reconocida idoneidad y actuación.Asimismo,el artículo 21º anuncia la creación de un Fondo para la Preservación Patrimonial,que estará integrado por:
los ingresos provenientes de lo recaudado en concepto de las sanciones contemplados en la presente; las partidas que se creen con ese destino;y los recargos previstos en el artículo 21º bis,el cual se refiere a casos de demolición total o parcial de inmuebles afectados por declaración de interés patrimonial del artículo 4º.
En Obras Privadas: según informó una fuente consultada del área de Obras Privadas de la Municipalidad,desde este sector administrativo de la comuna partió un informe técnico que no alentaba la desafectación del chalet Rodríguez Etcheto,ubicado en Catamarca 3091.De todos modos,en la última sesión de 2006 del Concejo Deliberante se aprobó la ordenanza,que deberá promulgar el Departamento Ejecutivo.(Fuente: Diario La Capital)
Otra muy interesante vista de este sitio en una imagen enviada por el Sr.Julio Benavídez.
http://www.lacapitalmdp.com/contenidos/fotosfamilia/fotos/3554
Y aquí otra enviada por el Sr. de Adá.
http://www.lacapitalmdp.com/contenidos/fotosfamilia/fotos/6695
Prof. Julián Mendozzi
En la Temporada 1941/42,el Hotel Majestic,indica en su publicidad que posee 67 habitaciones y sus telèfonos son: 1240;1379 y 3085.
Viendo la foto de la Déc. del 20 del Sr. Julio Benavídes sugerida por el Lic. Somma veo que antiguamente tenia dos pisos fue reformado agregando uno mas y ademas en sus frentes ponen el nombre, por suerte las grabaciones están hoy día y es un lindo recuerdo. Atte. Saluda José Alberto Lago.
Mediante las fotografías indicadas se puede seguir el desarrollo de los arboles de la veredas, en este caso las del hotel. El tema, generalizado, daría para hablar mucho.
MUY BUENA FOTO PARA LA HISTORIA