La presente imagen esta archivada en su nueva localización de la British Library en su idioma original como:
-EAP638/1/1/159
-Torre Jorge de la-Ministro de Instrucción Pública [1930s]
.Argentina,South America
.Digitised by Fundación Simón Rodríguez-
.Digitisation funded by Endangered Archives Programme supported by Arcadia
.Description: See above description.Extent and format of original material: Newsapapers’ clippings and photos.
Ocupa el 37° lugar de un total de 117 en que consta la serie
-En su dorso se lee:
.En lápiz azul grueso: 1532/H
.En lápiz: “95 A”;”4″ (en un círculo)
1)Josefina Matienzo De la Torre;2)Carlota Bosch Mayol;3)Alcira Videla Iriondo
.Un recorte con el nombre de las 4 mujeres mencionadas y subrayada en azul: Josefina Matienzo de la Torre
.Un sello redondo con tinta celeste perteneciente al Archivo de la Empresa Editorial Haynes Lda. S.A.
Josefina Matienzo de la Torre,fue hija de:
(s.e.u.o)Agustín Nicolás Matienzo Frías,y Josefina de la Torre Díaz Allende,hermana del Dr. Jorge de la Torre Díaz,(1875/1953)abogado,quien fue Ministro de Justicia e Instrucción Pública del 8-8-1936 al 20-2-1938,en la presidencia de Agustín Pedro Justo,pertenecíó al Partido Demócrata Nacional.
Josefina Matienzo de la Torre falleció el 23 de Marzo de 2009.Se casó en 1951 con Mario Navarro Ocampo con el que tuvo 2 hijos:
.Mario Pedro Navarro Ocampo Matienzo
.María Navarro Ocampo Matienzo
Alcira Videla Iriondo,(s.e.u.o) nació en 1919,sus padres fueron:
Raúl Marcial Videla Cabal y Alcira de Iriondo Rodríguez.
Alcira se casó con Carlos A. Otero Monsegur hijo de:
Teótimo Martiniano Otero Oliva y María Elena Monsegur Iturraspe.
Del matrimonio de Alcira y Carlos nacieron 2 hijos:
.Luis Roque Otero Monsegur Videla
.Carlos Alberto Otero Monsegur Videla
Posteriormente se registra que Carlos A. Otero Monsegur,su 2do. matrimonio fue con Catalina Billoch Bunge,con la que tuvo una hija:
Alcira María Otero Monsegur Billoc
Carlota Claudia Bosch Mayol,(9-2-1920/22-4-1998) fue hija de:
(s.e.u.o.)Guillermo Santos Mariano Bosch Arana y María Susana Mayol Zapiola;tuvo 4 hermanos:
.Ernesto Guillermo Bosch Mayol
.Lucila Susana Bosch Mayol
.Susana Florencia Bosch Mayol
.Guillermo Luis Bosch Mayol
Se casó el 21-11-1944 con Marcelo Cornejo Torino (8-8-1912/2-3-2001),cuyos padres fueron:
José Emilio Cornejo Castellanos y María Torino Tezanos Pinto.
Del matrimonio Carlota Claudia y Marcelo nació:
.Guillermo Alfredo Cornejo Bosch,quien se casó con:
Ana María Eduarda García Mansilla Zavalía,con la que tuvo 3 hijos:
.Guillermo José Cornejo García Mansilla
.Carlota María Cornejo García Mansilla
.Rosario María Cornejo García Mansilla
Marcelo Cornejo Torino su 2do. matrimonio fue con:
María Elena Ovejero Velarde
Sobre el mencionado ministro en el primer comentario podemos ampliar diciendo que el decreto realizado por el mismo estuvo vigente durante décadas y fue debatido por distintas organizaciones políticas y estudiantiles.
-Se lee en la página 76 de la revista “Polifonías”,Año V-Nº 8 :
“El Estado y la regulación de la participación estudiantil: la normativa sobre Centros de Estudiantes Secundarios organizaciones pretendían articular las acciones del movimiento estudiantil nucleando a los Centros y asociaciones ya institucionalizados.La década del 30 marca el inicio de los intentos sistemáticos por parte de gobiernos –tanto militares como conservadores– por impedir la continuidad de las actividades políticas de los jóvenes y sus organizaciones.La denominada “Resolución de la Torre” en alusión al Ministro de Justicia e Instrucción Pública del presidente Agustín P. Justo,del 24 de Octubre de 1936,prohibía a los estudiantes y a los CES intervenir en asuntos que no sean parte,especialmente si se trataba de sanciones contra alumnos o empleados.El ministro J. de la Torre argumentaba,en los Considerando de la resolución,que por elementales razones de disciplina es inadmisible que los alumnos de los establecimientos de enseñanza intervengan,ni aún con peticiones a título de gracia,en asuntos cuya resolución incumbe a las autoridades respectivas o a la Superioridad y que,por lo tanto,era preciso dictar una disposición prohibitiva,expresa y terminante,sancionando la desobediencia”
La presente imagen esta archivada en su nueva localización de la British Library en su idioma original como:
-EAP638/1/1/159
-Torre Jorge de la-Ministro de Instrucción Pública [1930s]
.Argentina,South America
.Digitised by Fundación Simón Rodríguez-
.Digitisation funded by Endangered Archives Programme supported by Arcadia
.Description: See above description.Extent and format of original material: Newsapapers’ clippings and photos.
Ocupa el 37° lugar de un total de 117 en que consta la serie
-En su dorso se lee:
.En lápiz azul grueso: 1532/H
.En lápiz: “95 A”;”4″ (en un círculo)
1)Josefina Matienzo De la Torre;2)Carlota Bosch Mayol;3)Alcira Videla Iriondo
.Un recorte con el nombre de las 4 mujeres mencionadas y subrayada en azul: Josefina Matienzo de la Torre
.Un sello redondo con tinta celeste perteneciente al Archivo de la Empresa Editorial Haynes Lda. S.A.
Josefina Matienzo de la Torre,fue hija de:
(s.e.u.o)Agustín Nicolás Matienzo Frías,y Josefina de la Torre Díaz Allende,hermana del Dr. Jorge de la Torre Díaz,(1875/1953)abogado,quien fue Ministro de Justicia e Instrucción Pública del 8-8-1936 al 20-2-1938,en la presidencia de Agustín Pedro Justo,pertenecíó al Partido Demócrata Nacional.
Josefina Matienzo de la Torre falleció el 23 de Marzo de 2009.Se casó en 1951 con Mario Navarro Ocampo con el que tuvo 2 hijos:
.Mario Pedro Navarro Ocampo Matienzo
.María Navarro Ocampo Matienzo
Alcira Videla Iriondo,(s.e.u.o) nació en 1919,sus padres fueron:
Raúl Marcial Videla Cabal y Alcira de Iriondo Rodríguez.
Alcira se casó con Carlos A. Otero Monsegur hijo de:
Teótimo Martiniano Otero Oliva y María Elena Monsegur Iturraspe.
Del matrimonio de Alcira y Carlos nacieron 2 hijos:
.Luis Roque Otero Monsegur Videla
.Carlos Alberto Otero Monsegur Videla
Posteriormente se registra que Carlos A. Otero Monsegur,su 2do. matrimonio fue con Catalina Billoch Bunge,con la que tuvo una hija:
Alcira María Otero Monsegur Billoc
Carlota Claudia Bosch Mayol,(9-2-1920/22-4-1998) fue hija de:
(s.e.u.o.)Guillermo Santos Mariano Bosch Arana y María Susana Mayol Zapiola;tuvo 4 hermanos:
.Ernesto Guillermo Bosch Mayol
.Lucila Susana Bosch Mayol
.Susana Florencia Bosch Mayol
.Guillermo Luis Bosch Mayol
Se casó el 21-11-1944 con Marcelo Cornejo Torino (8-8-1912/2-3-2001),cuyos padres fueron:
José Emilio Cornejo Castellanos y María Torino Tezanos Pinto.
Del matrimonio Carlota Claudia y Marcelo nació:
.Guillermo Alfredo Cornejo Bosch,quien se casó con:
Ana María Eduarda García Mansilla Zavalía,con la que tuvo 3 hijos:
.Guillermo José Cornejo García Mansilla
.Carlota María Cornejo García Mansilla
.Rosario María Cornejo García Mansilla
Marcelo Cornejo Torino su 2do. matrimonio fue con:
María Elena Ovejero Velarde
Sr. Somma, en origen, no encuentro el recorte de 4 mujeres mencionadas, será porque son “3 las mujeres”….. estoy en lo cierto o tiene otro dato.
Atte.: Enrique Mario Palacio
Sobre el mencionado ministro en el primer comentario podemos ampliar diciendo que el decreto realizado por el mismo estuvo vigente durante décadas y fue debatido por distintas organizaciones políticas y estudiantiles.
-Se lee en la página 76 de la revista “Polifonías”,Año V-Nº 8 :
“El Estado y la regulación de la participación estudiantil: la normativa sobre Centros de Estudiantes Secundarios organizaciones pretendían articular las acciones del movimiento estudiantil nucleando a los Centros y asociaciones ya institucionalizados.La década del 30 marca el inicio de los intentos sistemáticos por parte de gobiernos –tanto militares como conservadores– por impedir la continuidad de las actividades políticas de los jóvenes y sus organizaciones.La denominada “Resolución de la Torre” en alusión al Ministro de Justicia e Instrucción Pública del presidente Agustín P. Justo,del 24 de Octubre de 1936,prohibía a los estudiantes y a los CES intervenir en asuntos que no sean parte,especialmente si se trataba de sanciones contra alumnos o empleados.El ministro J. de la Torre argumentaba,en los Considerando de la resolución,que por elementales razones de disciplina es inadmisible que los alumnos de los establecimientos de enseñanza intervengan,ni aún con peticiones a título de gracia,en asuntos cuya resolución incumbe a las autoridades respectivas o a la Superioridad y que,por lo tanto,era preciso dictar una disposición prohibitiva,expresa y terminante,sancionando la desobediencia”