Muy buen registro gráfico para el Patrimonio Cultural.Los primeros relojes taxímetros introducidos en Argentina eran marca ” Tacheau “(Tachó pronunciado en español), de ahí que a los taxistas se los comenzó a llamar tacheros.
Los primeros taxis fueron idea de Franz Von Taxis (1459-1517) quien, siguiendo el ejemplo de los correos que había conocido en Mongolia, creó la primera línea regular de coches de posta entre Holanda y Francia. La idea nace a raíz de una petición en 1490 del Kaiser Maximiliano I (el abuelo del Emperador Carlos I de España) para transportar el correo entre sus residencias de Innsbruck y Bruselas. El que aceptó el encargo fue el ya citado Franz, que hizo tan buen trabajo que todos los servicios postales de la ciudad siguieron conectados con el nombre Thurn and Taxis.
Atte.: Enrique Mario Palacio.
Sr. Daniel Pilcic,le solicito dentro de sus posiblidades,si me podría informar, donde puedo obtener documentación precisa,sobre la mencionado en su comentario, con respecto a “Tacheau”, ya que es novedoso tanto para mí, como para otros historiadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con quienes intercambio datos.Hoy he tenido comunicación con sindicatos de taxistas ,y con antiguas casas de reparación de relojes para esos vehículos, tambien busqué en marcas y no tuve la suerte de encontrar ningún dato, solo me falta una información de la Academia Argentina del Lunfardo,que quizás muy pronto la obtenga.Si Ud. tiene esa información fidedigna,tendremos que corregir varios informes desarrollados por historiadores.En resumen lo que creemos que se denomina como Tachero, viene de que antiguamente los que arreglaban ollas o tachos, abollados tenían ese nombre, y se lo transfirieron a los autos taxis porque muchos de ellos eran viejos y tenían muchas abolladuras.A los choferes, lo llamaron por consiguiente tachero, y al reloj tachómetro.Yo no tengo la verdad, eso figura en diccionarios de argentinismos y otras publicaciones, así que quizás Ud. nos pueda hacer cambiar ese mote, de tantos años atrás. No confundir irse al tacho que es morirse, y proviene de los mismos recipientes, donde se cocinaba u otros tiraban restos de animales faenados que había en el barrio de la Boca, donde hoy está La Vuelta de Rocha, incluso la Av.Regimiento de Patricios se llamada la calle que va al puerto de los tachos, según plano de Feliciano Chiclana del 30-07-1849.
Uso de taxímetros en los automóviles, en la Municipalidad de Gral. Pueyrredón. Ordenanza del 30 de enero de 1924. El Art.1ro. dice antes del 30 de junio del corriente año los automóviles de alquiler que trabajen en la ciudad, deberán munirse de taxímetros, que marque el importe de los viajes, de acuerdo a la taria que esta misma ordenanza sanciona.El Art. 2do. se refiere a que los propietarios de los vehículos de alquiler deberan controlar el funcionamiento y cerrar los aparatos con sellos de plomo, que deberán permanecer siempre intactos y además de tener un certificado de buen funcionamiento otorgado pór la intendencia.El art. 4to. habla que fuera de la tolerancia de de la alteración de los aparatos y si perjudicara al público, serán pasibles de una multa de 10 pesos, la primera vez y el doble en todos los casos de reincidencia.Art. 5to. Los taxímetros deberán llevar en forma bien visibles la bandera que indique segín la posición, cuando estos estén libres u ocupados.este último artículo corresponden a la modificación de la ordenanza del 13 de septiembre de 1932.
Continuación de la Ordenanza del 13 de septiembre de 1932,El Art.6 dice, Tarifas Día, primera, desde las 5 hasta la 1,iniciación del viaje con bajada de bandera,1000 mts. O,50 ctvos moneda nacional.Por cada 200 mts, subsiguientes, O,10 ctvos.,por cada 2 minutos de espera, O,10 ctvos.Por la noche, denominada tarifa 2da., desde la 1 hasta las 5 horas, indicación del viaje con bajada de bandera,hasta 750 Mts. O,50 ctvos.por cada 150 mts. subsiguientes, 0,10 ctvos, lo mismo que por cada 2 minutos de espera.El Art.7.dice estos precios regirán para la planta urbana, ya establecida o a establecerse por esta ordenanza,como asi mismo para todas aquellas calles pavimentadas, y fuera del radio anteriormente determinado y en toda su extensión. Por los viajes que se realizen apartándose del radio y condiciones estipuladas en este artículo, la tarifa será convencional.
Uso de taxímetros en los automóviles por Decreto del 31 de diciembre de 1924.Art.1ro. dice que queda prohibida la circulanción de automóviles de alquiler sin el correspondiente aparato y sin las condiciones exigidas por las leyes decretadas.como por el ejemplo lo ya referido anteriormente, los precintos sellados, el certificado etc.El Art. 3 refiere a que en la parte anterior o en su frente, el aparato taxímetro deberá tener una cortina metálica para cubrir el mecanismo,sobre la que habrá un vidrio. La cortina tendrá una abertura para marcar las tarifas diurnas y nocturnas,además del precio del viaje separando los pesos de los centavos, estas palab ras deberan estar dibujadas con carteles bien visibles y colores fuertes.Art.4 las dimensiones de los indicadores de pesos y centavos, deberán estar comprendidos entre los 9 y 20 mm de alto y 2 mm de espesor, y los de las tarifas tendrán de alto entre 15 y 25 mm y de 2 a 2 y medio de espesor.Todos los números deberán estar pintados de blanco y fondo negro o viceversa, sobre los números de pesos y centavos, habrá colocada una cortina metálica, de forma tal,que no funcionando, deberá cubrilo totalmente, y dejarlo en descubierto, en el momento de ponerlo en función, accionando la bandera.Art.5, Además de las aberturas anteriores,deberá tener, ya sea en el frente o en la parte posterior una abertura para las fichas que han caído de acuerdo con el recorrido.Las aberturas indicarán el kilometraje recorrido por el vehículo ocupado.(ex textual del decreto)
Continuación del Decreto del 31 de diciembre de 1924. Art. 6, Las banderas tendrán por dimensiones entre 5×9 cm a 9×15 cm,deberá estar pintado en color blanco la palabra Libre, sobre fondo rojo, debiendo esta palabra llenar totalmente la bandera, dejando solamente un cm de cada lado como margen.Art. 7,la caja que encierra el mecanismo del aparato deberá ser de metal resistente,y las dimensiones deberán estar comprendidas en una circunsferencia de 25 cm de diámetro o superficie equivalemte, no debiendo exceder de 12 kgs. el peso total del aparato.Art 8,al bajar la bandera el aparato indicará en la abertura correspondiente, a que tarifa pertenece a la 1ra. o 2da.(diurna o nocturna)Art.9 la conexión del taxímetro a las ruedas, deberán ser de alambre de acero flexible,que irá dentro de un caño metálico de protección, el cual se instalará de tal forma que de ninguna manera pueda alterarse el funcionamiento del aparato. El Art. 10 se refiere, a que una vez comprobnado todo lo solicitado la Inspección General procederá a sellarlo, y en el siguiente artículo dice que se le extenderá posteriormente el certificado de habilitación al comprobar que cumple con las normas previstas. En el Art. 12 dice que llevará un sello de plomo con el escudo municipal en un lugar bien visible y sujeto al aparato,como constancia del contralor, con un número de orden, además el sello será sujeto a su vez a un anillo de alambre .Art. 13 El aparato se colocará del lado contrario al volante de dirección, de tal forma que pueda ser visto desde el interior del vehículo y también por el conductor, debiéndo además ser alumbrado convenientemente por la noche,de manera que se pueda distinguir su funcionamiento.
El decreto consta de 23 artículos,el 17 se refiere a que en caso de en un viaje el aparato no marcara totalmente o lo hiciera en una forma irregular, se abonará la utilización del vehículo,cualquiera fuera su distancia recorrida,a razón de un peso por hora y proporcionalmente,las fracciones de las horas subsiguientes.El art.21 se refiere a que el conductor deberá bajar inmediatamente bajar la bandera al iniciar el viaje, hasta su posición horizontal, manteniéndola así, mientras esté ocupado. Los demas artículos en general trata las infracciones a este decreto. Y el 1ro, de enero de 1928, el Intendente por Ordenanza de al año anterior,del 9 de diciembre, prohibe la circulación total en el partido de Gral.Pueyrredón,a todo automóvil de alquiler que no esté provisto del respectivo taxímetro.
He concurrido a la Academia Porteña del Lunfardo,y he llegado a la siguiente conclusión, luego de chequear en libros como el de José Gobello , “Diccionario del Habla de Bs.As. y el de Horacio Cerrato ,entre otros, vemos que lo comentado por el Sr.Pilcic, no figura, por lo menos en ningún archivo del hablar porteño o del resto del país, que sería según lo manifestado, la derivación de la palabra Tacheau.Los tachos era un puerto como lo expliqué anteriormente, en la Boca, donde se usaba para desperdicios o a veces fabricaban en ellos, con el sebo,jabón. Al reloj se le llama también “tacho”, por consiguiente, la palabra tachero,era por que lo llevaba en el coche el conductor,y también un eufemismo, de llamar en 1950 a los taxis, porque no había fabricación nacional y debían traerlos importados y era muy complicado conseguirlos, los que se usaban estaban un poco deteriorados y al verlos la gente, exclamaba parecen tachos abollados. También encontramos algo que les va a servir a muchos de este blog, cuando mencionan los Lanceros de Bengala,lo correcto serían Los Tacheros o Cosacos, que era la policía que en Bs.As. en épocas de revolución o violentas como en la semana trágica, sacaban a relucir los sables para castigar a la gente, y usaban además un casco de metal.
Perdón que me meta en un tema viejo; pero tenía entendido que lo de Tachero viene de que los primeros taxímetros eran importados y se llamaban “Tachymeter”. Nunca pude comprobar la veracidad de ésto…
El automóvil de la fotografía es un Mercedes Benz 170 SD. Lo reconozco por el tablero, dado que mi padre (que trabajaba en Mercedes Benz), tuvo uno.
Estos modelos eran de los años 53, 54 y 55, y muy populares entre los taxistas, dado el excelente rendimiento.
En la foto, de manera borrosa se alcanza a divisar la base de la estrella(insignia de la marca), que era a la vez tapa del radiador.
Muy buen registro gráfico para el Patrimonio Cultural.Los primeros relojes taxímetros introducidos en Argentina eran marca ” Tacheau “(Tachó pronunciado en español), de ahí que a los taxistas se los comenzó a llamar tacheros.
Daniel: Seguimos aprendiendo. Gracias
Los primeros taxis fueron idea de Franz Von Taxis (1459-1517) quien, siguiendo el ejemplo de los correos que había conocido en Mongolia, creó la primera línea regular de coches de posta entre Holanda y Francia. La idea nace a raíz de una petición en 1490 del Kaiser Maximiliano I (el abuelo del Emperador Carlos I de España) para transportar el correo entre sus residencias de Innsbruck y Bruselas. El que aceptó el encargo fue el ya citado Franz, que hizo tan buen trabajo que todos los servicios postales de la ciudad siguieron conectados con el nombre Thurn and Taxis.
Atte.: Enrique Mario Palacio.
Sr. Daniel Pilcic,le solicito dentro de sus posiblidades,si me podría informar, donde puedo obtener documentación precisa,sobre la mencionado en su comentario, con respecto a “Tacheau”, ya que es novedoso tanto para mí, como para otros historiadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con quienes intercambio datos.Hoy he tenido comunicación con sindicatos de taxistas ,y con antiguas casas de reparación de relojes para esos vehículos, tambien busqué en marcas y no tuve la suerte de encontrar ningún dato, solo me falta una información de la Academia Argentina del Lunfardo,que quizás muy pronto la obtenga.Si Ud. tiene esa información fidedigna,tendremos que corregir varios informes desarrollados por historiadores.En resumen lo que creemos que se denomina como Tachero, viene de que antiguamente los que arreglaban ollas o tachos, abollados tenían ese nombre, y se lo transfirieron a los autos taxis porque muchos de ellos eran viejos y tenían muchas abolladuras.A los choferes, lo llamaron por consiguiente tachero, y al reloj tachómetro.Yo no tengo la verdad, eso figura en diccionarios de argentinismos y otras publicaciones, así que quizás Ud. nos pueda hacer cambiar ese mote, de tantos años atrás. No confundir irse al tacho que es morirse, y proviene de los mismos recipientes, donde se cocinaba u otros tiraban restos de animales faenados que había en el barrio de la Boca, donde hoy está La Vuelta de Rocha, incluso la Av.Regimiento de Patricios se llamada la calle que va al puerto de los tachos, según plano de Feliciano Chiclana del 30-07-1849.
Uso de taxímetros en los automóviles, en la Municipalidad de Gral. Pueyrredón. Ordenanza del 30 de enero de 1924. El Art.1ro. dice antes del 30 de junio del corriente año los automóviles de alquiler que trabajen en la ciudad, deberán munirse de taxímetros, que marque el importe de los viajes, de acuerdo a la taria que esta misma ordenanza sanciona.El Art. 2do. se refiere a que los propietarios de los vehículos de alquiler deberan controlar el funcionamiento y cerrar los aparatos con sellos de plomo, que deberán permanecer siempre intactos y además de tener un certificado de buen funcionamiento otorgado pór la intendencia.El art. 4to. habla que fuera de la tolerancia de de la alteración de los aparatos y si perjudicara al público, serán pasibles de una multa de 10 pesos, la primera vez y el doble en todos los casos de reincidencia.Art. 5to. Los taxímetros deberán llevar en forma bien visibles la bandera que indique segín la posición, cuando estos estén libres u ocupados.este último artículo corresponden a la modificación de la ordenanza del 13 de septiembre de 1932.
Continuación de la Ordenanza del 13 de septiembre de 1932,El Art.6 dice, Tarifas Día, primera, desde las 5 hasta la 1,iniciación del viaje con bajada de bandera,1000 mts. O,50 ctvos moneda nacional.Por cada 200 mts, subsiguientes, O,10 ctvos.,por cada 2 minutos de espera, O,10 ctvos.Por la noche, denominada tarifa 2da., desde la 1 hasta las 5 horas, indicación del viaje con bajada de bandera,hasta 750 Mts. O,50 ctvos.por cada 150 mts. subsiguientes, 0,10 ctvos, lo mismo que por cada 2 minutos de espera.El Art.7.dice estos precios regirán para la planta urbana, ya establecida o a establecerse por esta ordenanza,como asi mismo para todas aquellas calles pavimentadas, y fuera del radio anteriormente determinado y en toda su extensión. Por los viajes que se realizen apartándose del radio y condiciones estipuladas en este artículo, la tarifa será convencional.
Uso de taxímetros en los automóviles por Decreto del 31 de diciembre de 1924.Art.1ro. dice que queda prohibida la circulanción de automóviles de alquiler sin el correspondiente aparato y sin las condiciones exigidas por las leyes decretadas.como por el ejemplo lo ya referido anteriormente, los precintos sellados, el certificado etc.El Art. 3 refiere a que en la parte anterior o en su frente, el aparato taxímetro deberá tener una cortina metálica para cubrir el mecanismo,sobre la que habrá un vidrio. La cortina tendrá una abertura para marcar las tarifas diurnas y nocturnas,además del precio del viaje separando los pesos de los centavos, estas palab ras deberan estar dibujadas con carteles bien visibles y colores fuertes.Art.4 las dimensiones de los indicadores de pesos y centavos, deberán estar comprendidos entre los 9 y 20 mm de alto y 2 mm de espesor, y los de las tarifas tendrán de alto entre 15 y 25 mm y de 2 a 2 y medio de espesor.Todos los números deberán estar pintados de blanco y fondo negro o viceversa, sobre los números de pesos y centavos, habrá colocada una cortina metálica, de forma tal,que no funcionando, deberá cubrilo totalmente, y dejarlo en descubierto, en el momento de ponerlo en función, accionando la bandera.Art.5, Además de las aberturas anteriores,deberá tener, ya sea en el frente o en la parte posterior una abertura para las fichas que han caído de acuerdo con el recorrido.Las aberturas indicarán el kilometraje recorrido por el vehículo ocupado.(ex textual del decreto)
Continuación del Decreto del 31 de diciembre de 1924. Art. 6, Las banderas tendrán por dimensiones entre 5×9 cm a 9×15 cm,deberá estar pintado en color blanco la palabra Libre, sobre fondo rojo, debiendo esta palabra llenar totalmente la bandera, dejando solamente un cm de cada lado como margen.Art. 7,la caja que encierra el mecanismo del aparato deberá ser de metal resistente,y las dimensiones deberán estar comprendidas en una circunsferencia de 25 cm de diámetro o superficie equivalemte, no debiendo exceder de 12 kgs. el peso total del aparato.Art 8,al bajar la bandera el aparato indicará en la abertura correspondiente, a que tarifa pertenece a la 1ra. o 2da.(diurna o nocturna)Art.9 la conexión del taxímetro a las ruedas, deberán ser de alambre de acero flexible,que irá dentro de un caño metálico de protección, el cual se instalará de tal forma que de ninguna manera pueda alterarse el funcionamiento del aparato. El Art. 10 se refiere, a que una vez comprobnado todo lo solicitado la Inspección General procederá a sellarlo, y en el siguiente artículo dice que se le extenderá posteriormente el certificado de habilitación al comprobar que cumple con las normas previstas. En el Art. 12 dice que llevará un sello de plomo con el escudo municipal en un lugar bien visible y sujeto al aparato,como constancia del contralor, con un número de orden, además el sello será sujeto a su vez a un anillo de alambre .Art. 13 El aparato se colocará del lado contrario al volante de dirección, de tal forma que pueda ser visto desde el interior del vehículo y también por el conductor, debiéndo además ser alumbrado convenientemente por la noche,de manera que se pueda distinguir su funcionamiento.
El decreto consta de 23 artículos,el 17 se refiere a que en caso de en un viaje el aparato no marcara totalmente o lo hiciera en una forma irregular, se abonará la utilización del vehículo,cualquiera fuera su distancia recorrida,a razón de un peso por hora y proporcionalmente,las fracciones de las horas subsiguientes.El art.21 se refiere a que el conductor deberá bajar inmediatamente bajar la bandera al iniciar el viaje, hasta su posición horizontal, manteniéndola así, mientras esté ocupado. Los demas artículos en general trata las infracciones a este decreto. Y el 1ro, de enero de 1928, el Intendente por Ordenanza de al año anterior,del 9 de diciembre, prohibe la circulación total en el partido de Gral.Pueyrredón,a todo automóvil de alquiler que no esté provisto del respectivo taxímetro.
He concurrido a la Academia Porteña del Lunfardo,y he llegado a la siguiente conclusión, luego de chequear en libros como el de José Gobello , “Diccionario del Habla de Bs.As. y el de Horacio Cerrato ,entre otros, vemos que lo comentado por el Sr.Pilcic, no figura, por lo menos en ningún archivo del hablar porteño o del resto del país, que sería según lo manifestado, la derivación de la palabra Tacheau.Los tachos era un puerto como lo expliqué anteriormente, en la Boca, donde se usaba para desperdicios o a veces fabricaban en ellos, con el sebo,jabón. Al reloj se le llama también “tacho”, por consiguiente, la palabra tachero,era por que lo llevaba en el coche el conductor,y también un eufemismo, de llamar en 1950 a los taxis, porque no había fabricación nacional y debían traerlos importados y era muy complicado conseguirlos, los que se usaban estaban un poco deteriorados y al verlos la gente, exclamaba parecen tachos abollados. También encontramos algo que les va a servir a muchos de este blog, cuando mencionan los Lanceros de Bengala,lo correcto serían Los Tacheros o Cosacos, que era la policía que en Bs.As. en épocas de revolución o violentas como en la semana trágica, sacaban a relucir los sables para castigar a la gente, y usaban además un casco de metal.
Perdón que me meta en un tema viejo; pero tenía entendido que lo de Tachero viene de que los primeros taxímetros eran importados y se llamaban “Tachymeter”. Nunca pude comprobar la veracidad de ésto…
El automóvil de la fotografía es un Mercedes Benz 170 SD. Lo reconozco por el tablero, dado que mi padre (que trabajaba en Mercedes Benz), tuvo uno.
Estos modelos eran de los años 53, 54 y 55, y muy populares entre los taxistas, dado el excelente rendimiento.
En la foto, de manera borrosa se alcanza a divisar la base de la estrella(insignia de la marca), que era a la vez tapa del radiador.