El presidente y el director suplente del frigorífico Cabañas al Sur S.A. evadieron cerca de 4.000.000 de pesos. El Tribunal Federal destacó al hacerlo “se impidió que ese dinero fuera destinado al alivio de las necesidades de los sectores más vulnerados”.
La Justicia Federal condenó a dos empresarios del frigorífico Cabañas al Sur S.A. por haber evadido impuestos por montos millonarios gracias a declaraciones juradas fraudulentas.
El juez de Cámara Roberto Falcone destacó que “a través de las maniobras desplegadas por los imputados, se impidió que el ente recaudador obtenga los ingresos que luego son destinados al alivio de las necesidades de los sectores más vulnerados de la sociedad, perfeccionándose de esta forma la lesión al bien jurídico protegido”.
En un juicio abreviado, el presidente de Cañanas del Sur S.A., Marcos Daniel Munyo fue condenado a 3 años de prisión en suspenso, mientras que Aníbal Daniel Munyo, director suplente de la firma, a 2 años y 8 meses de prisión en suspenso.
Según lo expuesto por el fiscal Juan Manuel Pettigiani, los imputados evadieron el pago de tributos al fisco nacional, mediante declaraciones engañosas, respecto al impuesto al valor agregado por los períodos fiscales de agosto 2007 a marzo 2008 por la suma de $2.077.167,43; período fiscal abril 2009 a marzo 2010 por la suma de $3.654.337,62; y período fiscal abril 2008 a marzo 2009 por una suma superior a 400.000 pesos pero menor de 4.000.000 pesos.
En relación a los montos evadidos consolidados, se pudo demostrar que durante el período fiscal investigado –años 2007 a 2010-, la firma Cabañas al Sur SA tuvo actividad comercial e ingresos por distintas operaciones que llevó adelante con diversas firmas, circunstancia que no sólo se desprende de las declaraciones testimoniales de los sujetos que se desempeñaron como empleados de la empresa, sino también de distintos sujetos que fueron proveedores o clientes de la misma. Con los elementos reseñados, se probó que no resultaron ajustadas a la realidad las declaraciones juradas presentadas por la contribuyente ante la AFIP en relación a los impuestos y períodos fiscales cuestionados, de las que se desprende que no había tenido actividad comercial ni ingresos derivados por la comercialización de sus productos y subproductos de los animales vacunos y, en consecuencia, no habría tenido la obligación de ingresas los montos del impuesto al valor agregado.
Todo ello fue evaluado por la AFIP, junto a pericias contables realizadas por el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Corte, siendo contundentes ambas intervenciones al sostener que la empresa Cabañas al Sur SA, mediante declaraciones engañosas y ocultaciones maliciosas, evadió el pago de tributos al fisco nacional.
Los imputados, director y director suplente de la empresa evasora, son los sujetos que colocados ahí por el ordenamiento jurídico, tenían el deber de evitar el quebranto patrimonial experimentado por las arcas públicas, y por tales omisiones caben ser reprochados penalmente.