En la audiencia de cesura, la fiscal Florencia Salas solicitó que el joven inimputable que atropelló y mató a Francisco Murcia (33) y Pablo Augusto Pereira (38) realice un tratamiento dentro de una institución neuropsiquiátrica durante 8 años, además de que lo inhabilite para conducir. La querella pidió que permanezca internado 10 años y que, además, sea monitoreado con una tobillera con geolocalización. La defensa se opuso a todas las medidas.
En la audiencia de cesura por la causa de Santiago Aquindo, el joven declarado inimputable por un jurado popular por haber atropellado y matado a Francisco Murcia (33) y Pablo Augusto Pereira (38) durante un brote psicótico, la fiscal Florencia Salas solicitó una medida de seguridad de 8 años para que siga con un tratamiento dentro de la institución neuropsiquiátrica en la que hoy está internado.
La medida solicitada por la fiscal Salas contempla revisiones cada 90 días para evaluar el criterio de internación, es decir que podría ser externado si un consejo profesional así lo considera. Además, solicitó que Aquindo sea inhabilitado para conducir durante ese período.
Por su parte, los abogados de las familias de Francisco Murcia y Pablo Augusto Pereira pidieron que la medida de seguridad sea por 10 años, en los que Aquindo deba estar internado en un neuropsiquiátrico. Además, pidieron que se libre un oficio para la Municipalidad de General Pueyrredon para que en el que caso de que pida una licencia de conducir no se la otorguen.
Otra medida de seguridad que solicitaron los abogados querellantes es que se le coloque a Aquindo una tobillera electrónica con geo localización, para que pueda ser monitoreado.
Por su parte, la defensa de Aquindo, representado por Romina Merino y César Sivo, entendieron que no corresponde ninguna de estas medidas de seguridad y así se lo plantearon al juez Federico Wacker Schroder, en la audiencia que se realizó el pasado jueves y que duró unas 8 horas.
La abogada Merino consideró que no corresponde que se le otorgue a Aquindo una medida de seguridad, porque “quedó muy claro, y así lo dijeron las peritos oficiales, que no es riesgoso para sí ni para terceros actualmente, no hay un riesgo que sea cierto e inminente”. “Esto no significa que no siga internado hasta que le den el alta. No porque no le pongan una medida de seguridad no hará el tratamiento, bajo las condiciones que medicamente correspondan”, explicó la abogada.
Además, Merino solicitó que, en el caso de que el juez Wacker Schroder considere que se le tiene que aplicar a Aquindo una medida de seguridad, que el control lo realice un Tribunal de Familia, ya que ” tiene el equipo interdisciplinario más preparado para trabajar problemáticas de salud mental”.
Finalmente, la abogada defensora de Aquindo, pidió que se rechace la pretensión de inhabilitación para conducir, porque “es un inimputable no se le puede poner una pena accesoria” y también que se rechace la pretensión que mantenga el monitoreo, ya que “declarado inimputable, la medida no tiene justificación alguna”.
La sentencia se dará a conocer el próximo martes.
El caso
El miércoles 31 de octubre de 2018 a la madrugada, Aquindo circulaba en una camioneta Chevrolet Spin a una velocidad que alcanzó los 130 kilómetros por hora. En el cruce de Constitución y Roldán, cuando la motocicleta en la que iban Francisco Murcia (33) y Pablo Augusto Pereira (38) bajaba la velocidad al llegar al semáforo, fue impactada desde atrás por la Chevrolet Spin.
Murcia falleció de manera instantánea mientras que Pereira murió horas después en el HIGA. Tras causar el fatal choque, Aquindo se fue del lugar hasta la estación de servicios ubicada en Constitución y Tejedor, donde lo localizó la policía.
Aquindo, que según se confirmó se encontraba con un brote psicótico, se enfrentó a la policía: el joven estaba bajo la lluvia descalzo, en pantalón cortos y hasta intentó robar un arma reglamentaria. Además también se estableció que poco antes de la colisión había embestido levemente a un peatón y parecía conducir el vehículo de manera descontrolada.
La condición psiquiátrica de Aquindo fue verificada por peritos oficiales en la etapa del procesamiento y por esto fue considerado imputable al momento de producirse el siniestro.