Los camaristas Pablo Poggetto y Raúl Paolini coincidieron con la Justicia de Garantías en no restituir cogollos y plantas a una madre que hacía aceite de cannabis para su hijo enfermo.
La Sala III de la Cámara de Apelaciones ratificó el fallo del juez de garantías Saúl Errandonea que había dispuesto entregar a la Universidad Nacional de Mar del Plata cogollos y plantas de cannabis sativa para su estudio en lugar de restituírselo a la mujer que los tenía en su poder durante un allanamiento.
Los camaristas Pablo Poggetto y Raúl Paolini resolvieron de esa manera el recurso presentado por la Defensora Oficial, Carla Ostachi, quien representó a la mujer.
El caso había sido controversial desde su mismo inicio, el 31 de marzo de este año, cuando en un procedimiento dirigido a detener a un prófugo en el barrio Florencio Sánchez, la policía aprehendió a la moradora de una finca lindante.
En realidad, en el mismo domicilio legal había varias edificaciones y en una de ellas vivía una mujer con un hijo, el cual padecía trastornos de salud. La madre, en su afán por brindarle un paliativo, había decidido suministrarle aceite de cannabis y lo fabricaba en el mismo lugar. Por eso, al ingresar la policía, le encontró cogollos y plantas.
La mujer fue aprehendida por infracción a la ley de drogas pero luego se estableció que no había cometido ningún delito: el supuesto material infractor era para tenencia personal.
Al requerir la mujer que se le restituyera y de ese modo sostener el autotratamiento de su hijo, la Justicia lo negó, en primera instancia el fiscal Leandro Favaro -que había pedido el sobreseimiento- y posteriormente el juez Errandonea. Ante la imposibilidad de comprobar si los cogollos y las plantas habían perdido algunas de sus propiedades o el secuestro las había deteriorado, Favaro dijo que si había que decidir entre incinerar o darlo a la ciencia, prefería esto último.
Errandonea entendió lo mismo en perjuicio de la mujer, quien insistió en su reclamo con el recurso de apelación que llegó en las últimas horas a la Sala III.
Poggeto y Paolini coincidieron en sus fundamentos al decir que “el material, que se encuentra secuestrado desde fines del mes de marzo, y resulta dudosa su posibilidad de aprovechamiento, y más aún de que su consumo pueda ser beneficioso para la salud del niño”.
Por otro lado, indicaron que “no puede afirmarse que la devolución del material secuestrado sea beneficioso para la salud y vida del niño, debiendo justamente por su condición, extremar los recaudos al momento de decidir la devolución del material con el fin de que de aquél se extraiga y se le suministre al joven una sustancia procesada sin un previo control de organismos especializados, sin que esto signifique menospreciar la voluntad y fiel creencia de la madre de que los realiza eso en beneficio del menor”.