por Maximiliano Abad
Imaginemos que un vecino de Balcarce, por ejemplo, ve que le instalan un silo en un área urbana. Sabe que eso está prohibido por ley, pero no sabe por qué ley. Quiere defender sus derechos, que están protegidos, pero no está al tanto de qué organismo es el responsable de velar por sus intereses. Entonces, tiene que empezar a investigar a dónde dirigirse para hacer la denuncia, informarse qué ley lo ampara y en base a eso averiguar qué ministerio o instancia administrativa específica regula su problema. Es muy probable que, si no abandona en el camino, encuentre criterios diferentes para aplicar sanciones, además de mucha burocracia.
Hoy la regulación de las faltas ambientales está incluida dentro de leyes específicas de cada tema, por ejemplo la Ley 13592 regula la gestión de residuos sólidos urbanos en el ámbito de provincia. Pero funciona en paralelo con la ley de autorización para industrias, por ejemplo, que plantea otro criterio de faltas y sanciones; o con la Ley de RAES (residuos de aparatos electrónicos), que también tiene sanciones puntuales, diferentes a las anteriores.
El caso del tratamiento de los residuos sólidos urbanos es muy cercano a los marplatenses: como ocurre en muchos municipios, General Pueyrredon terceriza la recolección y disposición final de residuos. Pero además debe tener un plan integral de residuos, que incluya los basurales a cielo abierto, que es un tema que preocupa por su proliferación en diferentes barrios de la ciudad. Si hubiera infracción por parte de la empresa privada, como por ejemplo, si desviara el lugar de disposición, o si utilizara tecnología no autorizada; o si un vecino comienza a tirar basura en lugares no permitidos y perjudica a un barrio, o a toda una zona, el municipio tiene que poder activar el sistema de faltas y sanciones administrativas: hoy, ese mecanismo existe en una ley que tiene más de 25 años.
Cuando se unifican todas las faltas en un código ambiental se logra la revisión de esas leyes que fueron sancionadas en diferentes momentos históricos, y que en muchos casos son obsoletas, y se le da coherencia en los criterios que se implican para las sanciones. Esto contribuye tener una política provincial ambiental unificada, que abarque todo el sistema de leyes que hoy están separadas.
Por otro lado, el código prevé la creación de tribunales para llevar adelante la sanción, que son administrativos, y no judiciales. Esto permite que una sola persona aplique todas las sanciones, y no diferentes carteras que tengan criterios diversos. También permite regular el término de las prescripciones del delito, para evitar que caigan los procedimientos sancionatorios por el paso del tiempo administrativo, como así también tratar la reincidencia, y aplicar accesorias. En síntesis, mejora la seguridad jurídica, porque el privado que quiera venir a invertir a la provincia ve que tiene todo el procedimiento y sanciones en un solo lugar, con las reglas muy claras desde el comienzo.
Por eso propusimos en la Cámara de Diputados que se apruebe la comisión redactora del código de faltas ambientales unificado, para que Buenos Aires sea la primera provincia argentina en tener una norma de este tipo: es un sistema mucho más avanzado que el actual, que tiene separadas las sanciones para acciones que en la realidad no están tan separadas, y que podría a los bonaerenses a la vanguardia en legislación ambiental. Este tema tiene que ser una política a largo plazo, porque los desafíos que enfrentan las ciudades y las zonas rurales imponen planificación y claridad en las normativas. Tenemos que protegernos mejor de los excesos contra el ambiente. De esto también depende el mundo en el que van a crecer nuestros hijos.
(*): (*): Diputado provincial por Cambiemos.