El ingreso y egreso a y desde el país de las personas participantes deberá ajustarse al procedimiento elaborado por la dirección de Migraciones. Las carreras, en tanto, se realizarán sin público presente y serán televisada por el canal público.
El Gobierno nacional autorizó este sábado la realización de eventos deportivos de carácter internacional y aprobó las recomendaciones para el reinicio de las competencias automovilísticas en el marco de la pandemia por el coronavirus.
La Decisión Administrativa 1582/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, exceptúa del aislamiento y de la prohibición de circular a las personas afectadas al desarrollo, en territorio nacional, de eventos deportivos de carácter internacional.
La norma lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro de Salud, Ginés González García y del ministro del Interior, Eduardo ‘Wado’ de Pedro.
El texto establece que el ingreso y egreso a y desde el país de las personas participantes deberá ajustarse al procedimiento dispuesto para los equipos deportivos, directivos, árbitros y personal involucrado, elaborado por la dirección de Migraciones.
En tanto, la Decisión Administrativa 1592/2020, también publicada hoy en el Boletín Oficial, con las firmas de Cafiero y González García, establece las recomendaciones para el reinicio de competencias automovilísticas.
En el anexo de la norma, se indica que “la carrera se realizará sin público presente y será televisada por el canal público”, en tanto la cantidad de personal respecto a la emisión de la carrera será “la mínima e indispensable”.
La totalidad del personal responsable de la actividad será de 30 personas -protegidos con tapabocas casero/barbijo-, de los cuales 15 serán camarógrafos.
Cada uno se situará disperso en los 4.000 metros que comprende el circuito y no tendrán personal a su alrededor, en un radio de más de 20 metros.
En tanto, las dos disposiciones establecen que se deberá garantizar la higiene, y la organización de turnos así como la tramitación del certificado correspondiente.
La Ciudad y las Provincias deberán realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias.