El tribunal marplatense rechazó la recusación que había formulado el abogado de Macri.
La Cámara Federal de Mar del Plata ratificó hoy al juez que mañana le tomará declaración indagatoria al ex presidente Mauricio Macri en la causa por presunto espionaje a familiares de las víctimas del submarino ARA San Juan.
El tribunal marplatense rechazó la recusación que había formulado el abogado de Macri, Pablo Lanusse, por temor de parcialidad contra el juez Martín Bava, quien subroga el juzgado federal de Dolores.
No obstante, la cámara exhortó al juez “para que en lo sucesivo guarde la mesura y adecuada compostura al resolver causas judiciales, en particular cuando ellas detentan repercusión social”.
Lanusse había sostenido que en el llamado a indagatoria a Macri, el juez había anticipado su postura frente al caso, formulando expresiones asertivas sobre la responsabilidad del ex presidente en el espionaje ilegal.
La Cámara consideró que se trata de apreciaciones “subjetivas”, pero le recomendó a Bava que evite “incurrir en expresiones de aquella naturaleza como las advertidas en la resolución en estudio, sorteando así la posible generación de equívocos que lleven a planteos generadores de innecesarios dispendios jurisdiccionales”.
La Cámara marplatense, con las firmas de los jueces Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza, subrayó que “este modo de proceder, si bien no puede ser objeto de encomio, no implica adelantar un juicio indebidamente”.
El abogado Lanusse había formulado la recusación porque “en este expediente, al fundamentar la citación del Sr. Ex Presidente de la Nación, el Juez de grado señala -entre otras expresiones- que se le imputa haber ordenado y posibilitado la realización de ciertas tareas de inteligencia ilegales, detallando puntualmente los hechos que son motivo de su citación”.
Esas y otras manifestaciones, según la defensa de Macri, “jaquean seriamente la suerte de este proceso, pues de las alegaciones expuestas se vislumbraría que el Dr. Bava posee un compromiso emocional, cognitivo y personal con relación a la hipótesis investigativa bajo estudio”.
La Cámara replicó que “la forma y el estilo empleado por el juzgador de grado tal vez no sean los apropiados o estén dotados de la técnica jurídica laudable a la que lógicamente se aspira y se desea de todo acto judicial, más ello no la invalida ni puede servir de fundamento para justificar el apartamiento del Juez Natural de la causa”.