Lo confirmó el Ministerio de Turismo de la Nación. Aconsejan medidas de señalización, distanciamiento y espacio para el lavado de manos.
El Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, en conjunto con el Instituto de Calidad Turística Argentina (ICTA), la Cámara Argentina de Turismo (CAT) y las provincias a través del Consejo Federal de Turismo (CFT), elaboraron un “Protocolo para Balnearios” y, junto con el CFT, la “Guía de pautas y recomendaciones COVID-19 para la gestión de playas públicas”.
Ambos documentos aconsejan una señalización eficiente, que incluye colocar en lugares visibles información sobre las medidas de distanciamiento social, higiene, y las recomendaciones ante la presencia de síntomas sospechosos de COVID-19. Además, sugieren brindar información en formato digital, con código QR, a través de la página web y/o disponer de carteleras, atriles, pizarras o bien folletería plastificada que pueda ser limpiada y desinfectada fácilmente tras cada consulta.
La guía para la gestión de playas públicas está dirigida a los municipios del territorio nacional que cuenten con espacios públicos como playas de mar, río, lago, lagunas, arroyos u otra. Sus principales puntos:
En relación a la infraestructura e instalaciones, se debe garantizar el distanciamiento social obligatorio acorde a la legislación vigente. Se podrán utilizar líneas demarcatorias que delimiten los espacios para asegurar el cumplimiento de los límites de densidad de ocupación y de distancia mínima, promover una circulación en sentido único para el ingreso y egreso de la playa, entre otros.
Se recomienda que el municipio establezca los mecanismos necesarios para que las personas dispongan sus objetos personales (toallas, reposeras y otros) y permanezcan en la playa pública respetando el distanciamiento interpersonal de seguridad establecido. También se sugiere proveer espacios adecuados para la higiene de manos.
En aquellas playas que cuenten con unidades de sombra disponibles al público, se recomienda distribuirlas respetando la distancia social obligatoria, controlar que carpas y sombrillas de las y los turistas, así como la zona de circulación entre cada una de ellas se ubiquen de manera tal que respeten la distancia social mínima de seguridad vigente.
En caso de haber áreas de recreación, deberán respetar las medidas de limpieza, desinfección y distanciamiento. En relación a los espectáculos en playas públicas, se sugiere no realizarlos, a efecto de evitar el aglomeramiento de personas.
Los servicios turísticos en playas públicas, ya sean gestionados por el municipio o concesionados, deberán ser brindados en cumplimiento de los protocolos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes correspondientes a cada actividad.