Busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social.
La AFIP extendió el plazo para que las empresas multinacionales que operan en el país, presenten los informes y formularios donde deben demostrar la “correcta determinación” de los precios en las transacciones internacionales realizadas con firmas vinculadas.
La Resolución General N°4759, que será publicada la semana próxima en el Boletín Oficial, “busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio”, subrayó el organismo.
Esa resolución extenderá los plazos para la presentación de los distintos formularios que están obligadas a presentar las firmas multinacionales, en el marco de los nuevos regímenes de información.
Según lo dispuesto, el formulario de declaración jurada F.2668 y el Estudio de Precios de Transferencia, correspondientes a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en las siguientes fechas:
— De diciembre de 2018 a noviembre de 2019, en agosto de 2020.
— De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020.
La AFIP recordó que en mayo de este año reforzó sus facultades de control y fiscalización en materia de transacciones internacionales entre empresas de un mismo grupo económico, a los fines de la determinación del impuesto a las Ganancias.
La normativa introdujo mecanismos para mejorar la capacidad de fiscalización de las operaciones internacionales.