El fallo muestra el otro lado de las decisiones judiciales que van en contra del clamor popular de la "masiva liberación de presos". El abusador condenado tiene 74 años.
La sala I de la Cámara de Apelaciones anuló el fallo de un juez de primera instancia que le había concedido el arresto domiciliario a un abusador de 74 años sin que se le diera notificación previa a la víctima.
La resolución atendió así el recurso de apelación de la fiscalía general que días atrás se opuso al dictamen del juez Jorge Peralta, del Tribunal Oral y Criminal N°4 por la gravedad de los hechos imputados y la pena en expectativa, pero principalmente porque no habia sido la víctima “notificada previamente de la concesión del beneficio, ni protegido su interés, si quiera con un monitoreo electrónico”.
El imputado es un hombre de 74 años que había sido detenido en octubre de 2018 luego de que la nieta de su pareja lo denunciara por haber abusado sexualmente de ella. La gravedad del caso se manifiesta aún en la edad de la víctima: los ataques sexuales se iniciaran cuando tenía 8 años y al momento de la denuncia tenía 14.
El abusador había sido condenado por el Tribunal N°4 a 7 años de prisión el año pasado. Luego de que quedara detenido por la investigación del fiscal Rodolfo Moure, el imputado permaneció en el penal de Batán hasta que en la última semana el juez que lo tiene a disposición analizó la solicitud de arresto domiciliaria y resolvió a favor.
La fiscal María Florencia Salas (acompañada luego por el fiscal adjunto de la fiscalía general Marcos Pagella) apeló y sostuvo también que no podía solo ser la edad el fundamento de morigeración y que había que considerar que el domicilio fijado para cumplir ese arresto era uno usado para abusar de la menor, cuyos tutores no fueron consultados como lo dictamina la Ley de Víctimas.
También se planteó que el condenado no tenía necesidades de asistencia médica que el Complejo Penitenciario de Batán no pudieran brindarle.
Ante ello, los camaristas Marcelo Riquert y Esteban Viñas, resolvieron anular la resolución, mantener preso en Batán al condenado y “resguardar el estado de salud, en razón de su avanzada edad, del mejor modo posible”.