La familia del adolescente asesinado en el año 2010 fue notificada de manera informal del trámite y exige que se lo haga por los canales correspondientes que reserva la Ley de Víctimas. Adelantaron por medio de su abogado que se opondrán a cualquier atenuación de la pena.
Maximiliano José Corredera Legato, el hombre que asesinó de un disparo al adolescente Franco Castro en 2010 durante las celebraciones de San Patricio y que debía estar en prisión hasta el año 2034, solicitó a la Justicia el beneficio de un régimen abierto como es el programa Casas por Cárceles.
La solicitud, que será analizada en base a la ley de Ejecución Penal, llegó de manera informal a los padres de Castro lo que causó preocupación ya que no se ajusta al procedimiento indicado por la nueva Ley de Victimas. “Presenté un escrito para solicitar toda la información correspondiente, ya que como familiares de la víctima tenemos derecho a conocer todo los detalles de lo que el condenado pide y, por supuesto, la posición de los padres es oponerse a cualquier tipo de atenuación de la pena”, explicó Marcelo Savioli Coll, abogado de la familia Castro.
Fuera del formato legal que permite a las víctimas participar de cualquier incidente atenuante tanto en prisión preventiva como en cumplimiento de pena, desde la Fiscalía General se informó la solicitud de la Defensoría Oficial en favor de Corredera.
“Vengo a solicitar la incorporación de mi pupilo en el régimen abierto, programa casas por cárceles, de acuerdo a lo que a continuación se expondrá, así como también se practique el cómputo privilegiado de pena con respecto a la actividad educativa y laboral”, comienza el pedido de la defensora oficial.
Franco Castro.
“En ese sentido -continúa- Corredera ha sido condenado a la pena de 24 años de prisión, sanción que se agotará el 15 de marzo de 2034, siendo que a partir del mes de marzo de 2022 compurgará en detención la mitad de la sanción. No obstante ello, es que la variada actividad educativa y laboral desarrollada por mi presentado le permite acceder en estos momentos a los institutos previstos en la normativa de ejecución para la mitad de su condena, lo que motiva esta presentación. Sucede que Corredera también verifica una estricta observancia a los reglamentos carcelarios, manteniendo la mas alta calificación comportamental, todo lo cual impone la flexibilización en el régimen de encierro que padece”.
Savioli Coll presentó digitalmente un escrito en representación de los padres de Franco Castro en el que sostiene que quiere “manifestar al Sr. Juez que nos oponemos firmemente a que se le conceda al homicida del hijo de mis mandantes dicho beneficio. Solo pretenden que cumpla la totalidad de la pena que le fuera impuesta, restándole, aún, purgar 13 años de prisión. Es la única manera que se haga justicia. De permitírsele un regimiento abierto (del que históricamente sen escapado ingentes presidiarios) sin lugar a dudas que optará por fugarse y, así, volver a destrozar a lo que quedó de la familia de Franco Castro López”.
Franco Castro fue asesinado en la madrugada del 14 de marzo de 2010 cuando se dirigía, junto a a varios amigos, hasta la plaza del Agua. Quien lo atacó fue Corredera Legato, cuyo amigo Juan Manuel Riveros lo trasladó en automóvil para perpetrar el homicidio. Un solo disparo, con la pistola 9 milímetros apoyada en el maxilar, acabó con la vida del adolescente.
Los jueces Néstor Conti, Gustavo Fissore y Jorge Peralta condenaron a Corredera Legato a 24 años de prisión y a Riveros a 11.
El cómputo inicial de la pena señala como plazo de cumplimiento en 2034 pero la aplicación del principio progresivo hace posible la solicitud anticipada de la libertad y los beneficios de regímenes abiertos y semiabiertos.