Vidal oficializó el decreto para rebajar las tarifas de luz, agua y gas
Elimina alícuotas y adicionales que pagan actualmente los bonaerenses en las facturas por consumo de energía eléctrica, gas y agua.
LA PLATA (Correponsalía).- El gobierno provincial publicó esta mañana el Decreto 2018-351 que elimina alícuotas y adicionales que pagan actualmente los bonaerenses en las facturas por consumo de energía eléctrica, gas y agua.
Se trata de la anulación, por un lado, de los porcentajes establecidos en los decretos-ley 9038/78 y 7290/67 -que se traducirán en rebajas en las boletas de luz y agua- y de la eliminación de un adicional que figura en la Ley 8474 y que se paga en la factura de gas.
Vale destacar que los decretos-leyes emitidos durante dictaduras militares ya habían sido suspendidos en mayo de 2016 por una cautelar y vueltos a incluir en las boletas enero de este año a pedido del gobierno de María Eugenia Vidal.
Según se argumenta en la medida publicada en el Boletín Oficial de hoy, “en consonancia con la política de reducción de la carga tributaria de los sectores productivos, corresponde del mismo modo reducir la carga fiscal que recae sobre los usuarios residenciales”.
Vale recordar que el lunes pasado, en conferencia de prensa, la gobernadora prometió descuentos del 15,7% en la tarifa de electricidad, del 6,3% para el gas y del 6,2% en el costo del agua.
Además de los decretos, son necesarios cambios legislativos -que ya están en marcha- para avanzar con las reducciones.
El detalle
En la medida impulsada por Vidal se explica que “el Decreto Ley N° 7.290/67 y sus Leyes modificatorias grava, con destino al ‘Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires’, los consumos de electricidad en territorio provincial con alícuotas del 10% para usuarios residenciales y del 20% para los usuarios industriales y comerciales”.
También se detalla que “el régimen establecido por el Decreto Ley N° 9.038/78 y sus Leyes modificatorias grava dichos consumos con una alícuota del 5,5%, sin distinción de categorías, con destino al ‘Fondo Especial de Grandes Obras Eléctricas Provinciales’” y que “el régimen establecido por la Ley N° 8474 y modificatorias, crea el ‘Fondo Especial para Obras de Gas’ el cual se nutre con un adicional del 9% sobre el valor total facturado por la venta de gas natural y/o licuado, libre de todo gravamen”.
A partir de ahora, las alícuotas y adicionales mencionados quedarán anulados.
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