Fuertes beneficios para la ciudad en la ley de turismo aprobada en el Congreso
Facilidades impositivas, fiscales y crediticias, además de una preventa de paquetes turísticos con reintegros de un 50% para usar en otros viajes por el país en 2021. Programas para incentivar el turismo de personas mayores y hasta un bono vacacional para algunas familias.
Luego de una sesión marcada por el debate en torno a su modalidad, hecho que llevó a Juntos por el Cambio a anticipar que pedirá su impugnación ante la Justicia, la Cámara de Diputados aprobó en la madrugada de este miércoles un importante proyecto de ley orientado a auxiliar a la industria del turismo, duramente golpeada por el impacto de la pandemia.
Con 127 votos afirmativos y 2 abstenciones, la Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística se convirtió en un hecho y su reglamentación y aplicación será clave para Mar del Plata, uno de los destinos turísticos más importantes del país.
El proyecto tiene por objeto la implementación de medidas para el sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional, por el término de 180 días, prorrogable por el mismo plazo por el Poder Ejecutivo.
Entre las principales medidas impositivas, fiscales y crediticias aprobadas esta madrugada, se incluye la incorporación de los ATP (Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción) hasta 31 de diciembre de 2020 para todo el sector turístico, aportes no reembolsables para las micro y pequeñas empresas de hasta dos salarios mínimos, la prórroga por 180 días de todos los impuestos existentes y un incentivo para la preventa de paquetes turísticos nacionales, entre otros beneficios.
Actividades comprendidas
Del texto que obtuvo el visto bueno de los legisladores nacionales, se desprende el amplio de abanico de actividades vinculadas al turismo que serán alcanzadas por la nueva normativa.
En este sentido, serán beneficiados los servicios de alojamiento (hoteles, campings, cabañas, etc), las agencias de viaje, las empresas de transporte (aerocomercial de cabotaje, terrestre de larga distancia y de servicios de excursiones con fines turísticos), los profesionales de licenciados en turismo y técnicos en turismo e instructores de algún deporte vinculado a la actividad.
También estarán incluidos los centros vinculados estrictamente al turismo (de esquí, de pesca deportiva, de turismo salud o termal y similares); los locales de alquiler de bienes como bicicletas, motocicletas, equipos de esquí y otros artículos vinculados a la actividad turística; bodegas, parques nacionales y recreativos y museos y edificios históricos.
Los servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones, así como locales gastronómicos y actividad comercial en terminales de aeropuertos, parques nacionales y zonas francas que dependan de la actividad turística también serán alcanzados por la ley.
Completan el listado los servicios de salones de baile y discotecas en territorios cuyo principal ingreso es la actividad turística; empresas que elaboren productos regionales (chocolates, alfajores, cervezas artesanales, etc) y las salas de cine, producción de espectáculos teatrales y musicales.
Los beneficios
Entre los beneficios impositivos, fiscales y crediticios que otorgará la vigencia de la ley está la reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del 95% para todas las actividades alcanzadas por la normativa.
También se establece el salario complementario abonado por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto (no pudiendo ser éste mayor dos salarios mínimos vital y móvil).
A su vez, la ley pretende prorrogar por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse, que graven el patrimonio, los capitales, o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley.
En cuanto a las medidas crediticias, el texto indica al Poder Ejecutivo, mediante el organismo que establezca, la implementación de “una reducción en las alícuotas del impuesto sobre los créditos y débitos de cuentas bancarias y otras operatorias hasta el 31 de diciembre de 2021”.
También se ordenará al Banco Nación la creación de una línea de créditos destinados al pago de servicios públicos, capital de trabajo y/o cualquier otro costo fijo que las empresas deban soportar durante la vigencia de las restricciones generadas por la pandemia. Estos se otorgarán con un plazo máximo de 36 meses y con 6 meses de gracia para el pago de capital. Esta línea también tendrá una tasa del 0% de intereses durante los primeros 12 meses de vigencia y del 20% para el tiempo restante de financiación.
El proyecto de ley también instruye al Banco Central la disposición de líneas de créditos para municipios cuya actividad principal sea el turismo que cuenten con garantía de coparticipación federal de impuestos, de fondos propios afectados a fideicomisos que garanticen el pago o garantizados por las propias provincias.
Programa de Preventa
Entre los puntos de la ley que mayor expectativas generó entre los operadores turísticos está el régimen de “Incentivos a la Preventa de Servicios Turísticos Nacionales”, el programa impulsado por el Gobierno que busca fomentar y potenciar la demanda del turismo interno a través de un reintegro crediticio del 50% de los gastos que un turista realice en la preventa, los cuales podrán ser gastados en futuros viajes realizados por el país durante 2021.
El beneficio se trata de un crédito por parte del Estado nacional equivalente al 50% del monto por cada operación de compra de servicios turísticos a ser brindados dentro del territorio nacional, debidamente facturada por parte de las empresas y establecimientos correspondientes a la actividad turística.
Según se detalla en el documento, las actividades en concepto de preventa deberán hacerse antes del 31 de diciembre de 2020 y los servicios adquiridos deberán ser usufructuados durante 2021 para la adquisición de servicios turísticos brindados dentro del territorio nacional ofrecido por parte de las empresas o establecimiento alcanzados por esta ley.
El tope máximo del crédito será determinado por la autoridad de aplicación.
Programa bono fiscal vacacional
Otros de los beneficios que se desprenden de la ley es la creación de un “Programa del Bono Fiscal Vacacional”, que establece un aporte a favor de las familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a 4 salarios mínimos vitales y móviles, mediante el otorgamiento de un bono fiscal emitido bajo modalidad electrónica, destinado exclusivamente al pago de servicios ofrecidos dentro del país por empresas habilitadas vinculadas al turismo (alojamiento, transporte, gastronómico).
Sobre este punto se aclara que será el Poder Ejecutivo el que determinará las condiciones de solicitud, otorgamiento y montos de aportes.
Programa para personas mayores
Como otra manera de incentivar el turismo durante 2021, la normativa también busca abordar el turismo para personas mayores, con el objetivo de sostener la actividad turística de los destinos del país durante las temporadas bajas, en el marco de la realización de viajes como actividad preventiva de la salud y para el bienestar de las personas mayores.
El programa será coordinado entre el Ministerio de Deportes y Turismo de la Nación y la Anses, que serán los organismos que licitarán paquetes turísticos previamente definidos junto al Consejo Federal de Turismo y la actividad privada del sector. El Poder Ejecutivo aportará hasta el 21% del valor de los viajes licitados, una vez facturados los mismos.