Suspenden por un año las medidas judiciales de desalojo de habitantes de las villas
El gobierno provincial suspendió, por el plazo de un año, el desalojo de personas que habitan en villas o asentamientos precarios.
LA PLATA (C)
El gobierno bonaerense promulgó la Ley 14.875 que suspende, por el plazo de un año las medidas judiciales o administrativas que impliquen el desalojo de las personas que habitan en villas o asentamientos precarios que estuvieran previamente inscriptos en el Registro Público de Villas y Asentamientos de la provincia de Buenos Aires.
La norma publicada en el Boletín Oficial propone algunas modificaciones a la Ley 14.449 –de Acceso Justo al Hábitat- y exceptúa de la suspensión a los desalojos “que estuviesen fundados en la existencia de un peligro real e inminente para la seguridad e integridad física de las personas, basado en factores socio-sanitarios, ambientales y/o en un riesgo de derrumbe”.
“En estos casos –reza la nueva legislación- se deberá proceder a la relocalización de las personas”, y el Estado deberá promover “una solución habitacional definitiva para las personas y/o familias afectadas a través de los distintos instrumentos previstos en la presente Ley”.
En el Boletín también se publicó la Ley 14.876 que establece la obligatoriedad de que las policías de la provincia de Buenos Aires se formen y capaciten con perspectiva de género, y la Ley 14.859 que adhiere a la norma nacional 26.689 que promueve el cuidado integral de las personas con Enfermedades Poco Frecuentes (EPOF).
Finalmente, se publicó la Ley 14.866 que prorroga, a partir de su vencimiento y por un año, “la emergencia en materia de seguridad pública y de política y salud penitenciaria en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires”.
Todas las leyes fueron aprobadas a fines de noviembre pasado por la Legislatura provincial.